Publicado en la Web del Ministerio de Justicia:
23 mayo 2025
ACUERDO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO POR EL QUE SE PUBLICA LA RELACIÓN DE PERSONAS ASPIRANTES CON LA VALORACIÓN PROVISIONAL DE MÉRITOS DE LA FASE DE CONCURSO.
May 23 2025
Publicado en la Web del Ministerio de Justicia:
23 mayo 2025
ACUERDO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO POR EL QUE SE PUBLICA LA RELACIÓN DE PERSONAS ASPIRANTES CON LA VALORACIÓN PROVISIONAL DE MÉRITOS DE LA FASE DE CONCURSO.
Enlace permanente a este artículo: https://stajandalucia.es/staj-informa-facultativos-intcf-convocatoria-orden-pjc-443-2024-relacion-provisional-de-meritos
May 20 2025
Publicado en la Web del Ministerio de Justicia:
20 mayo 2025
Nueva relación de aprobados del proceso selectivo de estabilización – Gestión JUS/1288/2022.
Se requiere a aquellos aspirantes que aparecen en esta relación complementaria y que no figuraban en la lista publicada el 20 de diciembre de 2024 para que, en el plazo de 5 días hábiles desde la publicación en la página web, presenten la documentación acreditativa en el modo establecido en la Base 8. Se debe remitir la documentación a la dirección de correo electrónico: procesos.selectivos@mjusticia.es
Las personas opositoras afectadas que concurran por ámbitos territoriales que tengan establecida la valoración de la lengua oficial propia o Derecho Civil Vasco, serán convocadas, en su caso, a la realización de la prueba optativa, si la hubieran solicitado en su instancia, o les será incorporada la puntuación que corresponda a la acreditación documental que hubieran aportado.
Enlace permanente a este artículo: https://stajandalucia.es/staj-informa-gestion-p-a-estabilizacion-concurso-convocatoria-orden-jus-1288-2022
May 20 2025
Publicado en la Web del Ministerio de Justicia:
CONVOCATORIA DE BOLSA DE TRABAJO DE FUNCIONARIOS INTERINOS DE LOS CUERPOS ESPECIALES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN EL INSTITUTO NACIONAL DE TOXICOLOGÍA Y CIENCIAS FORENSES DE SEVILLA
Cuerpos convocatoria:
Facultativo del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Técnico Especialista de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Ayudante de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Provincia: Sevilla
Fecha de inicio de presentación de instancias: 20/05/2025 0:00:00
Fecha de fin de presentación de instancias: 09/06/2025 23:55:
CONVOCATORIA:
Instancia Bolsa 2025:
Enlace permanente a este artículo: https://stajandalucia.es/staj-informa-convocatoria-bolsa-interinos-cuerpos-especiales-intcf-sevilla
May 20 2025
Publicado en BOE de 21 de mayo:
Enlace permanente a este artículo: https://stajandalucia.es/staj-informa-letrados-a-j-promocion-interna-convocatoria-orden-pjc-307-2025-nombramiento-tribunal-calificador
May 19 2025
Por la Secretaría General de Servicios Judiciales se ha dictado la siguiente circular informativa relativa al proceso de acoplamiento a los nuevos puestos de trabajo de la oficina judicial. No dudes en contactar con nuestros delegados para aclarar cualquier duda sobre el proceso de acoplamiento (editado 20-05-2025, con rectificación):
ESTRUCTURA DE LAS OFICINAS JUDICIALES.
La Administración de la Junta de Andalucía ha determinado la siguiente estructura de las oficinas judiciales del territorio de la Comunidad Autónoma:
El servicio común de tramitación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en los partidos judiciales de Granada, Málaga y Sevilla.
El servicio común de tramitación de la Audiencia Provincial El servicio común de tramitación del Tribunal de Instancia.
El servicio común de ejecución. El servicio común general.
Las relaciones de puestos de trabajo determinarán la estructuración de dichos centros de destino en áreas o en equipos.
Asimismo, la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública está elaborando la relación de puestos de trabajo de la Secretaría de Gobierno.
RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO.
La ordenación del personal funcionario de los Cuerpos generales al servicio de la Administración de Justicia y su integración en las distintas unidades se realizará a través de las relaciones de puestos de trabajo que se aprueben.
Las relaciones de puestos de trabajo contendrán la dotación de todos los puestos de trabajo de las distintas unidades e indicarán su denominación, ubicación, los requisitos exigidos para su desempeño, el complemento general de puesto y el complemento específico.
En cada partido judicial se aprobarán las siguientes relaciones de puestos de trabajo:
CENTROS DE DESTINO:
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 521 de la LOPJ, en el proceso de acoplamiento asociado al desligue de los tribunales de instancia, son centros de destino:
a) En el ámbito de la oficina judicial:
b)Cada una de las Oficinas Generales de Registro Civil
c) Cada una de las Oficinas de Justicia en los municipios
De acuerdo con el artículo precitado, la Secretaría de Gobierno tienen la consideración de centro de destino.
TIPOS DE PUESTOS:
Las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales podrán integrarse por puestos singularizados, puestos genéricos diferenciados, y puestos genéricos. Cada categoría de puestos en cada una de las unidades estará identificado por un código.
Dentro de los puestos genéricos existe una categoría denominada “puestos genéricos diferenciados”, que son retribuidos con un complemento específico superior pero, que a diferencia de los puestos singularizados, no tienen un contenido funcional individualizado.
Estos puestos son los de violencia sobre la mujer, los de actos de comunicación y los del servicio de apoyo.
Tanto los puestos genéricos como los genéricos diferenciados se cubrirán por el procedimiento de concurso genérico.
Las relaciones de puestos de trabajo identificarán de forma independiente a los puestos de trabajo con funciones de guardia.
En las relaciones de puestos de trabajo elaborados en la Comunidad Autónoma de Andalucía son puestos singularizados: las jefaturas de área, las jefaturas de equipo, los gestores de apoyo al registro civil y las secretarías personales de la presidencia de la audiencia provincial, de la Secretaría de Gobierno y de las Secretarías de Coordinación Provincial.
Estos puestos se cubrirán por el sistema de libre designación o de concurso específico, en función de lo que determine la relación de puestos de trabajo.
PROCESO DE ACOPLAMIENTO.
a) Principios.
Los principios que deben regir el proceso de acoplamiento se regulan en la disposición transitoria primera del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.
Una vez aprobadas las relaciones de puestos de trabajo, se procederá al acoplamiento del todo el personal al servicio de la Administración de Justicia con destino definitivo en el partido judicial. El personal adquirirá destino definitivo en los centros de destino que se constituyan en su municipio.
El personal funcionario no verá disminuidas las retribuciones complementarias fijas que viniere percibiendo en el momento de iniciarse el proceso de acoplamiento.
Si con ocasión de dicho proceso el personal funcionario no pudiese ser confirmado en un puesto con similares características y pasase a desempeñar un puesto de trabajo genérico con retribuciones complementarias inferiores, seguirá percibiendo las retribuciones del puesto anterior, que se mantendrán mientras no se produzca un cambio de puesto de trabajo de forma voluntaria. Si posteriormente se produce una vacante en un puesto con las características de su puesto de origen, se le ofrecerá a dicho funcionario o funcionaria para que manifieste si quiere ser ser reordenado o reasignado, en cuyo caso se procederá de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 65 y siguientes del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre. Si manifiesta que opta por permanecer en el puesto que tiene retribuciones inferiores, pasará a percibir las retribuciones de dicho puesto.
Si en el proceso de acoplamiento un funcionario o funcionaria, en contra de su voluntad, no fuere confirmado en un puesto que lleve aparejado la realización del servicio de guardia que hasta ese momento tuviere derecho a prestar, no perderá la retribución por el mismo, si bien estará obligado a su realización conforme a los turnos que se establezcan, salvo que renunciare expresamente a su retribución. El mantenimiento de esa situación se mantendrá mientras no se produzca un cambio de puesto de trabajo de forma voluntaria. Si posteriormente se produce una vacante en un puesto con guardia se le ofrecerá a dicho funcionario o funcionaria para que manifieste si quiere ser ser reordenado o reasignado, en cuyo caso se procederá de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 65 y siguientes del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre. Si manifiesta que opta por permanecer en el puesto sin guardia, dejará de realizar dicho servicio.
Tales turnos de guardia permitirán que los funcionarios que tienen derecho a realizar el servicio continúen haciéndolas con la misma frecuencia, salvo que un incremento en el número de efectivos obligue a modificar esa frecuencia, por estar suficientemente garantizado el servicio.
En las fases de libre designación y concurso específico la adjudicación de las plazas no conlleva reserva de retribución.
b) Fases
El proceso de acoplamiento seguirá el orden sucesivo de fases descrito a continuación, de forma que la obtención de un puesto tras la resolución de una fase excluye la participación en las demás.
Primero. Convocatoria del procedimiento de libre designación.
Segunda. Convocatoria de los concursos específicos.
Tercera. Identificación de puestos de los servicios comunes que deban ser provistos por confirmación Cuarta. Procedimiento de confirmación.
Quinta Identificación de puestos de trabajo que no se hayan cubierto en las fases anteriores
Sexto. Reordenación de efectivos,
Séptimo. Identificación de puestos de trabajo que no se hayan cubierto en las fases anteriores Octavo. Reasignación forzosa.
La adscripción a puestos de trabajo por los procedimientos de confirmación, reordenación y reasignación forzosa se considerará realizada con carácter no voluntario. En estos casos de confirmación y reordenación, el cómputo del tiempo de antigüedad en el nuevo destino se iniciará desde la fecha de la resolución por la que se accedió a su destino de procedencia, tanto si se trata de personal de nuevo ingreso como de concurso de traslado.
Procedimientos de libre designación
Podrán proveerse por este sistema los puestos directivos y aquéllos para los que, por su especial responsabilidad y dedicación, así se establezca en las relaciones de puestos de trabajo.
En dicho proceso pueden tomar parte funcionarios de otros ámbitos territoriales.
Al tratarse de una provisión de puestos en proceso de acoplamiento solo podrá participar el personal funcionario que esté en servicio activo o con reserva de puesto de trabajo.
El procedimiento será convocado en el BOJA y en el BOE, con indicación de la denominación del puesto, localización y retribución, así como, en su caso, de los requisitos mínimos exigibles. Caso de no poder publicarse simultáneamente, los términos y plazos establecidos se contarán en todo caso a partir de la publicación en el BOE.
Las solicitudes se dirigirán al órgano convocante, en el plazo establecido en la convocatoria.
El nombramiento requiere informe previo del responsable del puesto y deberá hacerse en un máximo de dos meses desde que termine el plazo de solicitudes (prorrogable un mes más en casos excepcionales).
Las resoluciones de nombramiento deben estar motivadas.
Los puestos de trabajo de libre designación que quedaran vacantes no se cubrirán en las fases de reordenación y reasignación de efectivos. La Administración competente ofertará estos puestos en nueva convocatoria.
Los funcionarios en puestos de libre designación pueden ser cesados libremente o renunciar si llevan al menos un año en el puesto .
En caso de cese o renuncia, serán adscritos provisionalmente a otro puesto en el mismo municipio.
Los funcionarios cesados o que hayan renunciado a un puesto de libre designación gozarán de derecho preferente para ocupar, la primera vez que se anuncien a concurso, puestos de trabajo genéricos en la misma localidad donde servían cuando se produjo su cese, debiendo solicitar todos los puestos de trabajo que se convoquen en aquélla. De no participar en dicho concurso, o no obtener ninguno de los solicitados, se les adjudicará con carácter definitivo cualquiera de los puestos no adjudicados.
Convocatoria del Concurso específico.
Los puestos singularizados para los que no se prevé la cobertura por libre designación, se cubrirán por concurso específico.
Por una sola vez, podrán participar en exclusiva los funcionarios destinados en el municipio deban desempeñarse los puestos ofertados.
Los méritos específicos valorables serán adecuados a las características de cada puesto.
En su caso, la memoria consistirá en un análisis de las tareas del puesto y de los requisitos, condiciones y medios necesarios para su desempeño a juicio del candidato, con base en la descripción contenida en la convocatoria.
Las entrevistas versarán sobre los méritos específicos adecuados a las características del puesto, de acuerdo con lo previsto en la convocatoria y, en su caso, sobre la memoria, pudiendo extenderse a la comprobación de los méritos alegados.
• Se selecciona al aspirante con mayor puntuación total. En caso de empate, se prioriza la mayor antigüedad en el cuerpo.
Otros aspectos clave
Confirmación.
a) Aspectos generales.
Una vez determinados qué funcionarios son los adjudicatarios de los puestos singularizados se acomete el proceso de confirmación.
Los puestos de trabajo susceptibles de ser cubiertos por el procedimiento de confirmación serán aquellos con funciones de similar contenido, aun con distinta denominación, a los que viniese desempeñando el personal funcionario con destino en algún órgano judicial o servicio común incluido en el proceso de implantación.
En este procedimiento de asignación de puestos primará, en la medida de lo posible, la voluntariedad del personal implicado en el acoplamiento, pero esta voluntariedad debe conjugarse con la garantía de continuidad en la prestación del servicio en los nuevos servicios comunes. Por tanto, la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, adjudicará de oficio los puestos de trabajo de los centros de destino cuyas funciones y competencias tengan carácter de continuidad en la nueva estructura organizativa, si existe un número igual o menor de funcionarios destinados en puestos de origen que puedan ser acoplados en los nuevos puestos de trabajo.
El el cómputo del criterio de antigüedad en el puesto se iniciará desde la fecha de la resolución por la que se accedió al destino de procedencia
Si la plantilla actual tiene más efectivos que la prevista en la rpt, tendrá preferencia para ser confirmado el personal funcionario con mayor antigüedad en el puesto de origen. Si no hay suficiente personal interesado en la asignación de puestos por confirmación, serán adjudicados al personal funcionario de menor antigüedad en el puesto de origen hasta completar el número total de puestos a confirmar. En ambos supuestos, en caso de empate en la antigüedad en el puesto, se acudirá al criterio de antigüedad en el cuerpo.
En caso de ofertar para confirmación puestos que conlleven la realización del servicio de guardia tendrá preferencia para su adjudicación el personal funcionario que proceda de los órganos judiciales con funciones de guardia, aplicándose el criterio de mayor antigüedad en el puesto origen previo al acoplamiento.
El resto de los funcionarios deberán optar a los puestos vacantes de los demás servicios comunes, que les serán adjudicados en la fase de reordenación o reasignación de efectivos.
b) Desarrollo del proceso de confirmación.
1.- La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública identificará el número de puestos de cada cuerpo general susceptible de ser cubierto por el procedimiento de confirmación.
La asignación de puesto de trabajo por el procedimiento de confirmación comenzará por aquellos puestos genéricos diferenciados, es decir, aquellos que en la estructura origen y destino tengan reconocido un complemento específico superior (puestos VSM, actos de comunicación y servicio de apoyo) o que tengan asociado el servicio de guardia.
En aquellos partidos judiciales donde previamente a la implantación no existieran puestos equiparables a los puestos genéricos diferenciados y en su rpt se hubiesen creado disminuyendo la dotación de los puestos genéricos, se procederá de la siguiente manera: como dichos puestos no pueden ser objeto de confirmación al ser de nueva creación, se ofertarán al personal implicado que ocupase puestos genéricos para su asignación por el procedimiento de reordenación de efectivos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 52 del Real Decreto 249
2 – Se dotarán los puestos del registro civil, para ello se solicitará a los funcionarios del juzgado con funciones de registro civil (salvo en Estepa y Puente Genil, partidos en los que el juzgado del registro civil es el de violencia) que manifiesten quien quiere ser confirmado en el registro civil. Para la confirmación se aplicará la regla de antigüedad en el puesto. En caso de empate en la antigüedad en el puesto, se acudirá al criterio de antigüedad en el cuerpo.
3.- Resto de puestos:
a)En los partidos judiciales cuya estructura se integra únicamente por un servicio de tramitación o por un servicio de tramitación y un servicio general, el personal será confirmado en los puestos genéricos de la relación de puestos de trabajo.
b) En los partidos judiciales cuya estructura tiene además un servicio de ejecución, se solicitará a los funcionarios que manifiesten su preferencia sobre el centro de destino. Los funcionarios serán confirmados en el servicio de tramitación y reordenados o reasignados en el resto de servicios comunes.
Para la confirmación se aplicarán la regla de antigüedad en el puesto.
4.- Se prevén las siguientes equivalencias entre puestos de origen y puestos de trabajo de las unidades organizativas de la nueva estructura:
Reordenación de efectivos en puestos no cubiertos en las fases anteriores
Mediante la reordenación de efectivos se cubrirán los puestos que no se hayan cubierto por el procedimiento de confirmación.
En caso de ofertar puestos que conlleven la realización del servicio de guardia, tendrán preferencia las funcionarias y los funcionarios con destino de procedencia en alguno de los órganos judiciales incluidos en el proceso de implantación con funciones de guardia.
El resto de los puestos de trabajo ofertados se adjudicarán igualmente teniendo en cuenta la mayor antigüedad en el cuerpo, de conformidad con el artículo 52 del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero.
Reasignación forzosa
Mediante la reasignación forzosa se cubrirá los puestos de las diferentes unidades de la oficina judicial que hayan quedado vacantes tras la resolución de los procedimientos anteriores. Únicamente afectará a las personas destinadas en algún órgano incluido en la implantación de la correspondiente oficina judicial que no hubieran obtenido puesto mediante los procedimientos anteriores.
Se realizará la reasignación forzosa mediante la adjudicación definitiva de los puestos incluidos en las relaciones de puestos de trabajo y no cubiertos, aplicando el criterio de antigüedad en el cuerpo.
Provisión de puestos vacantes tras finalizar el proceso de acoplamiento. A) Plazas titularizadas:
El personal interino nombrado para la cobertura de puestos de trabajo reservados a personal funcionario con destino definitivo en puestos genéricos que se encuentre en situaciones que den derecho a la reserva de puesto, será asignado a los puestos de trabajo adjudicados al funcionario o funcionaria titular con reserva de puesto.
Los funcionarios que ocupen provisionalmente puestos de trabajo por el procedimiento de sustitución, se mantendrán en esta situación mientras se mantenga la causa que dio origen a la convocatoria del procedimiento.
B) Plazas vacantes:
Una vez resuelto el procedimiento de acoplamiento, los puestos vacantes que pudieran existir serán ofrecidos a los funcionarios en comisión de servicio, en sustitución o interinos que los vinieran ocupando, dando preferencia al mantenimiento de las comisiones de servicio y a las sustituciones, manteniéndose en los puestos que sean continuidad de los que venían ocupando si existen en la nueva estructura con similares funciones aun con distinta denominación, siempre que no hayan sido cubiertos por personal funcionario en las anteriores fases mediante los procedimientos de confirmación, reordenación o reasignación previstos en este documento.
En caso de que hubiera más interinos de puestos de plantilla que puestos vacantes, se mantendrán los que tengan más antigüedad en el puesto vacante.
Los puestos de trabajo que continúen cubiertos mediante comisión de servicios, sustitución o por personal interino, se considerará como fecha de nombramiento la resolución de adjudicación a los efectos previstos en la normativa vigente sobre cobertura de puestos con carácter temporal y de interinos.
Enlace permanente a este artículo: https://stajandalucia.es/staj-informa-circular-informativa-proceso-acoplamiento
May 19 2025
Tal y como ya informamos mediante nota durante el transcurso de la pasada mesa del 14 de mayo, la Consejería de Justicia acaba de dictar Resolución por la que se suspende la Convocatoria de Comisiones de Servicio y sustituciones de la Fase I y II de la implantación de los Servicios Comunes de los Tribunales de Instancia.
Dicha Resolución dispone lo siguiente:
Primero. Quedan suspendidas las convocatorias de puestos para ser cubiertos mediante comisiones de servicios y sustituciones (horizontales y verticales), en aquellos órganos judiciales afectados por las fases I y II de implantación de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, que se recogen en el Anexo I, reguladas en la Resolución de 2 de febrero de 2024 de esta Secretaría General, para el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad de Andalucía.
Segundo. La suspensión se extenderá desde el día de la firma de esta resolución hasta que se produzca el acoplamiento del personal al nuevo modelo de Oficina Judicial y resto de unidades que configurarán la nueva organización judicial, de las fases I y II.
Tercero. En aplicación de lo anterior se hacen las siguientes aclaraciones:
1.- Queda también suspendida la concesión de comisiones de servicios otorgadas como consecuencia de los expedientes de movilidad por razones de salud, recogidas en el artículo 12 de la Resolución de 2 de febrero de 2024. Por tanto, quedan suspendidas temporalmente las sesiones de la Comisión Paritaria de Movilidad por razones de salud.¨
2.- Aquellas personas que se encuentren actualmente desempeñando una comisión de servicio o una sustitución horizontal o vertical, seguirán desempeñando las mismas hasta la finalización del plazo máximo establecido, es decir, un año prorrogable por otro en el caso de las comisiones de servicios, o hasta la incorporación del titular en el caso de las sustituciones. No obstante, las sustituciones verticales que se estén desempeñando en puestos vacantes, tendrán la misma limitación temporal que las comisiones de servicio.
3.- No se emitirán por parte de la Secretaría General de Servicios Judiciales, informes favorables para que el personal de la Administración de Justicia en Andalucía desempeñe comisiones de servicios en otros ámbitos territoriales.
Cuarto. Finalizado el proceso de acoplamiento en estas dos fases, se reanudarán las convocatorias de cobertura de puestos mediante comisiones de servicios y sustituciones en los términos de su regulación vigente.
Por ultimo, recordaros que respecto a la Fase III, no se han suspendido -por ahora-, las convocatorias de dichas Comisiones de Servicio y/o Sustituciones.
Enlace permanente a este artículo: https://stajandalucia.es/staj-informa-suspension-temporal-convocatorias-de-comisiones-de-servicio-y-sustituciones-en-los-municipios-afectados-por-fase-i-y-fase-ii-de-implantacion-de-los-tribunales-de-instancia
May 19 2025
Publicado en BOE de hoy 19 de mayo:
Enlace permanente a este artículo: https://stajandalucia.es/staj-informa-estabilizacion-concurso-meritos-personas-con-discapacidad-relacion-definitiva-admitidos-y-excluidos-nombramiento-tribunales-delegados
May 16 2025
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Este miércoles 14 de mayo se ha celebrado mesa sectorial de Justicia en Andalucía en la que se ha dado por finalizada la negociación de la Orden de estructura de la Oficina judicial, Relaciones de Puestos de Trabajo de la Oficina judicial y Registro Civil de los municipios incluidos en la Fase II de implantación de los Tribunales de Instancia, y se ha culminado la redacción de la circular informativa relativa al proceso de acoplamiento.
Resolución de estructura.-
Hemos de resaltar que Andalucía será el único ámbito donde la Orden de estructura de la oficina Judicial ha sido negociada. En todos los demás, la estructura ha sido IMPUESTA por la Administración, sin negociación alguna.
Se han incluido importantes novedades y mejoras, la mayoría de ellas a instancias de STAJ, a la que el resto de sindicatos se ha adherido, -excepto CCOO que se opone a todo, sin argumentos y sin proponer alternativa alguna-.
En lo que se refiere a los modelos de estructura que se implantarán en cada partido judicial, se producen importantes mejoras en la estructura de los municipios de fase II y fase III, especialmente las capitales de provincia, lo que permitirá un mayor abanico de posibilidades de elección de puestos de trabajo dentro de cada servicio común.
STAJ ha solicitado que el modelo de estructura de Córdoba y Almería sea el mismo que el de Granada, -excepto en lo relativo al TSJA ya que ni Córdoba ni Almería tienen Salas), y que el modelo de Málaga sea igual que el de Sevilla. También hemos solicitado que los modelos de Algeciras y Jerez de la Frontera sean iguales que el de Cádiz. Todos los demás sindicatos -excepto CCOO, que no propone nada- , se han adherido a estas peticiones.
Como mejoras destacables, se introduce la posibilidad de división de los servicios comunes y sus áreas en equipos orgánicos, -a efectos de provisión de puestos de trabajo y asignación de funciones y tareas-. Esto es un gran logro, dado que el borrador inicial sólo los preveía como equipos funcionales (el LAJ director podría asignarte a cualquiera de ellos). Existirán en los partidos judiciales de fase II y fase III, por lo que la cobertura de los diferentes equipos se producirá por concurso de traslado, nuevo ingreso o los medios extraordinarios de cobertura cuando procedan, aunque pertenezcan a un mismo servicio común en el que se incluyen otros puestos de trabajo, a los que también se accederá por dichos medios. Las RPTs serán las que establezcan cuáles son dichos equipos.
Las RPTs identificarán también los puestos que tienen alguna característica diferenciadora, como son los puestos de VSM, servicios de apoyo, actos de comunicación, guardias, horarios especiales o dedicación especial.
Todo ello, además de las diferentes jefaturas de equipo o puestos de responsable o coordinador que podrán introducirse en las RPTs.
Se incluirá una disposición transitoria que permita hacer modificaciones en las RPTs para mejorar la estructura en caso de ser necesario, una vez entre en funcionamiento.
Con lo que no estamos de acuerdo es con el catálogo de funciones que se ha incluido como anexo a la Orden de estructura, ya que no recoge con claridad la división de funciones entre los diferentes cuerpos, y atribuye a los cuerpos generales algunas funciones que, aun enmascarándolas como “funciones de colaboración”, corresponden a otros cuerpos, que en la práctica no las realizan.
Fase II, Torremolinos, Fuengirola y Marbella.-
Como novedad respecto a lo informado en nuestra nota informativa de 25 de abril pasado, hemos logrado la introducción de equipos orgánicos en los servicios comunes de tramitación de estos partidos judiciales, algo a lo que la Administración inicialmente se había negado. Así, el SCTRAM de estos partidos judiciales tendrá un equipo de instrucción y otro equipo civil. Con sus correspondientes jefaturas, que también existirán en el servicio común de ejecución y en el General. El Registro Civil también se dotará con un puesto singularizado de responsable de Registro Civil. Todo ello además de la identificación de los puestos con VSM y por supuesto los de actos de comunicación y los que lleven aparejada la realización del servicio de Guardia.
Proceso de acoplamiento.-
En materia de acoplamiento se han introducido también importantes mejoras, que garantizan los derechos retributivos de todo el personal, incluidas las guardias, concretándose y completándose con ello el catálogo de garantías incluidas en el Acuerdo de 8 de enero de 2025, suscrito con el Ministerio de Justicia por STAJ, CSIF, UGT y CIG, -con la oposición de CCOO, que ha sido contraria a que se introduzcan dichas garantías-.
Así, si en el proceso de acoplamiento algún funcionario es asignado a un puesto con menores retribuciones que las que tenía en el puesto de origen, conserva dichas retribuciones mientras no cambie voluntariamente de puesto. Lo mismo sucede si el funcionario tenía derecho a realizar guardias y el nuevo puesto no las tiene aparejadas, manteniendo el derecho a hacerlas y a cobrarlas mientras no cambie voluntariamente de puesto.
El documento con la información sobre el acoplamiento está a punto de finalizarse por la Consejería, a falta de introducir algunas rectificaciones y mejoras solicitadas por STAJ, por lo que en los próximos días elaboraremos por nuestra parte una nota informativa para clarificar todas las dudas sobre el proceso.
Como adelante, y muy resumidamente, dicho proceso constará de las siguientes fases:
1.- Convocatoria concursos libre designación y específico, para la cobertura de los puestos singularizados que puedan tener las RTPs.
2.- Confirmación del personal que actualmente ocupa los puestos de VSM, actos de comunicación, servicios de apoyo, y puestos que lleven aparejada guardia, en los puestos de esta clase que se incluyen en las nuevas RPTs. Esta confirmación es obligatoria.
3.- Confirmación en el resto de puestos de trabajo. La confirmación se hará de manera que el personal será confirmado en los puestos que en la nueva estructura tengan similar contenido funcional, aunque tengan distinta denominación.
4.- En los supuestos en que exista la posibilidad de elección, la preferencia será por antigüedad en el puesto de trabajo (por ejemplo, los funcionarios destinados en los juzgados que tienen Registro Civil podrán optar entre ser asignados al Servicio común de tramitación, o a la oficina del Registro Civil, teniendo preferencia para la elección los funcionarios más antiguos en el órgano)
5.- Los funcionarios que vayan quedando “descolgados” -por no existir número suficiente de puestos de la misma clase en la nueva estructura-, serán reordenados o reasignados a otros, primando la voluntariedad en su elección.
6.- Finalmente, si existe personal en comisión de servicios o en sustitución en vacantes, se les ofrecerá la posibilidad de mantenerse en los puestos que queden sin cubrir tras las fases anteriores del acoplamiento. Es importante tener en cuenta que este personal participa en el proceso de acoplamiento relativo a los puestos de trabajo de los que son titulares. En cuanto al personal interino, de quedar puestos vacantes, continuarán con sus nombramientos como interinos.
Enlace permanente a este artículo: https://stajandalucia.es/staj-informa-resumen-mesa-sectorial-justicia-andalucia-14-5-2025
May 16 2025
Publicado en el BOE de hoy 16 de mayo:
Enlace permanente a este artículo: https://stajandalucia.es/staj-informa-letrados-a-j-relacion-admitidos-y-excluidos-turno-libre-y-promocion-interna
May 16 2025
Publicado en el BOE de hoy 16 de mayo. Fecha examen ambos Cuerpos: 28 de junio de 2025, a las 9:00 horas (8:00 en Canarias)
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May 15 2025
Oficinas de Registro Civil donde desplegarán DICIREG en los próximos días:
OG de Ronda y sus oficinas colaboradoras para el 19/05/2025
OG de La Carolina y sus oficinas colaboradoras para el 19/05/2025
OG de Coria del Río y sus oficinas colaboradoras para el 26/05/2025
OG de Cazorla y sus oficinas colaboradoras para el 26/05/2025
OG de Órgiva y sus oficinas colaboradoras para el 26/05/2025
OG de Utrera y sus oficinas colaboradoras para el 26/05/2025
OG de Aracena y sus oficinas colaboradoras para el 2/06/2025
OG de Osuna y sus oficinas colaboradoras para el 2/06/2025
OG de Peñarroya-Pueblonuevo y sus oficinas colaboradoras para el 2/06/2025
OG de Pozoblanco y sus oficinas colaboradoras para el 2/06/2025
OG de Motril y sus oficinas colaboradoras para el 9/06/2025
OG de Valverde del Camino y sus oficinas colaboradoras para el 9/06/2025
OG de Guadix y sus oficinas colaboradoras para el 9/06/2025
OG de Huelva y sus oficinas colaboradoras para el 9/06/2025
OG de Granada y sus oficinas colaboradoras para el 23/06/2025
Enlace permanente a este artículo: https://stajandalucia.es/staj-informa-despliegue-dicireg-en-diversos-partidos-judiciales-en-andalucia
May 13 2025
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Ha tenido lugar la primera reunión de este grupo de trabajo, que se ha convocado tras el escrito conjunto presentado por CSIF, STAJ, SPJ-USO y UGT, por el que proponemos la creación de un programa de acción extraordinario, de tres años de duración, que incentive la participación del personal de Justicia de Andalucía durante el proceso de implantación de los nuevos Tribunales de Instancia y de las oficinas judiciales que van a dar soporte a los mismos, y que al término de dicho programa, esas cantidades se consoliden, y ello en consonancia y cumplimiento del plan estratégico de modernización de la Justicia que promueve la Consejería.
Al inicio de la reunión, el sindicato CC.OO, que previamente se negó a apoyar el escrito mediante el cual se solicitaba la constitución del Grupo de Trabajo y que tampoco asistió a su constitución en la última Mesa Sectorial, intentó participar en esta primera sesión a pesar de no haber sido convocado, por no ser parte solicitante ni formar parte dicho Grupo.
+El resto de sindicatos CSIF, STAJ, SPJ-USO y UGT le ofrecimos la posibilidad de integrarse mediante su adhesión a la solicitud inicial, así como de realizar las aportaciones que estimaran oportunas al documento presentado. Sin embargo, dicha propuesta fue rechazada de forma tajante por parte de CC.OO., a quienes instamos a reconsiderar su decisión.
Ante su negativa, la Administración les invitó a abandonar la sesión, dado que no forman parte del Grupo de Trabajo ni habían sido convocados oficialmente. No obstante, desde CSIF, STAJ, SPJ-USO y UGT seguimos manteniendo nuestra disposición a que se incorporen al Grupo de Trabajo en los términos en que fue constituido, incluyendo la posibilidad de realizar aportaciones al documento ya presentado por el resto de organizaciones sindicales.
A esta reunión además de la Secretaria General de Servicios Judiciales ha acudido el Secretario General de Administración Pública quien ha hecho una primera intervención relativa a la regulación de la productividad en la Administración y ha incidido en que la productividad ha de estar vinculada al cumplimiento de unos objetivos que tengan su reflejo en una mejora del servicio público que se presta a la ciudadanía. Productividad que, según sus propias palabras, ha de tener también reflejo retributivo.
Respecto del escrito que le hemos presentado ha manifestado que puede ser un buen punto de partida, pero que hay que concretar los objetivos del mismo.
Desde las cuatro organizaciones sindicales hemos hecho valer en esta primera reunión como algunos de los objetivos del plan, los siguientes:
Desde la Consejería se nos dará traslado de un calendario de reuniones de este grupo de trabajo, que esperemos sirva para avanzar en el justo reconocimiento de la labor que realizamos y carga de trabajo que soportamos en Andalucia y para reducir la brecha salarial que se ha abierto entre nuestra Comunidad y el resto de territorios con competencias en Justicia, incluido el propio del ámbito Ministerio.
Enlace permanente a este artículo: https://stajandalucia.es/staj-informa-circular-conjunta-grupo-de-trabajo-productividad
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May 06 2025
Publicado en la Web del Ministerio de Justicia:
6 mayo 2025
LISTADO FINAL CATALUÑA TRAS SUBSANACIÓN.
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May 06 2025
Publicado en BOE de hoy 6 de mayo:
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May 06 2025
Publicado en BOE de hoy 6 de mayo:
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May 05 2025
Se procede a publicar en el día de hoy, 5/05/2025, las actualizaciones de las Listas de Reserva de Personal Interino al servicio de la Administración de Justicia de Andalucía (OEP 2020-2022), de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Resolución de 29 de septiembre de 2023, habiendo introducido todas aquellas altas, bajas y cambios de provincia que han sido resueltos y notificados a fecha 30/04/2025.
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Abr 30 2025
Publicado en la Web del Ministerio de Justicia:
30 abril 2025.-
NOTA INFORMATIVA DE RENUNCIAS.
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Abr 29 2025
Publicado en la Web del CGPJ.-
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Madrid, 29 de abril de 2025.-
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por razones de fuerza mayor, a la vista del del apagón eléctrico sufrido ayer en España y como continuación al acuerdo tomado en la noche de ayer, ha acordado lo siguiente:
Primero.- Suspender durante los días 28 y 29 de abril de 2025 los plazos previstos en las leyes procesales en los órganos judiciales de toda España. Esta suspensión no impedirá la válida realización de actos procesales urgentes e inaplazables o para la tutela de derechos fundamentales, o aquellos que puedan celebrarse con plenitud de garantías.
Segundo.- Cada órgano jurisdiccional valorará, en función de las circunstancias concretas, la conveniencia de suspender vistas y actos procesales señalados para el día de hoy. La inasistencia de abogados, partes o personas obligadas a comparecer se presumirá justificada.
Tercero.- Sin perjuicio del seguimiento que se realizará a lo largo del día de hoy, mañana la Comisión Permanente se reunirá nuevamente para valorar la conveniencia de prorrogar estas medidas o acordar otras en función de las circunstancias.
Cuarto.- El presente acuerdo se adopta por la Comisión Permanente por razones de urgencia, del cual se dará oportuna cuenta al Pleno del Consejo General del Poder Judicial para su posterior ratificación en la primera sesión que éste celebre, ello a tenor de lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento 1/1986, de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial.
Enlace permanente a este artículo: https://stajandalucia.es/staj-informa-el-cgpj-acuerda-la-suspension-de-los-plazos-procesales-en-toda-espana-durante-los-dias-28-y-29-de-abril
Abr 25 2025
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Tras la petición realizada por STAJ y los sindicatos CSIF, SPJUSO y UGT, en la reunión de mesa sectorial de este 24 de abril se ha abordado como primer punto del orden del día la constitución de un grupo de trabajo para analizar el documento con la propuesta de programa de productividad suscrito por las cuatro organizaciones sindicales.
La Consejería ha aceptado abordar la cuestión retributiva a través del establecimiento de este grupo de trabajo, cuya primera reunión tendrá lugar la semana del 12 de mayo (se barajan los días 13 o 15 de mayo) tras el puente de primero de mayo y la feria de Sevilla, y del que deberá salir una propuesta que permita la autorización de Hacienda para el reconocimiento retributivo mediante un programa de productividad, basado en los objetivos del Plan Estratégico de la Justicia de Andalucía aprobado por la Consejería, enmarcado en el proceso de transformación de la Justicia tras la aprobación de las leyes de eficiencia, y que requerirá de la implicación directa de todo el personal al servicio de la Administración de Justicia en Andalucía.
En estos grupos de trabajo analizaremos la implantación de dicho programa, que las centrales sindicales hemos propuesto que se despliegue durante los ejercicios 2025 a 2027, y que consolide como incremento en el complemento específico al término del periodo, en los términos que se negocien en su momento. Con esto queda desbloqueada la cuestión retributiva, que lleva enquistada meses ante el inmovilismo de la Consejería de Justicia y la Junta de Andalucía, que nos ha negado reiteradamente cualquier incremento en nuestros salarios.
Relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales de la Fase II de implantación de los tribunales de instancia.-
En la reunión de mesa sectorial se han negociado también las RPTs de los partidos judiciales de Torremolinos, Fuengirola y Marbella, incluidos en la Fase II de implantación, que entrarán en funcionamiento en octubre.
Los tres partidos judiciales contarán con cuatro centros de destino diferentes: Servicio Común de Tramitación del T.I., Servicio Común General, Servicio Común de Ejecución, y Oficina General del Registro Civil.
A falta de algún retoque definitivo, y tras las peticiones realizadas por STAJ, se han incorporado importantes mejoras. tales como la inclusión de dos puestos singularizados de jefatura de equipo del cuerpo de Gestión P.A. en los servicios comunes de tramitación de los tres partidos judiciales (la Consejería inicialmente solo quería uno en Torremolinos y Fuengirola), uno más en cada servicio común de ejecución, y otro puesto singularizado de Gestor Responsable de Registro Civil en las tres oficinas generales de Registro Civil, además de la dotación de personal de los tres cuerpos en dichas oficinas. Se incluyen también, en cada Servicio común general, de tres jefaturas, una por cada cuerpo (Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial) Todos estos puestos singularizados serán cubiertos por concurso específico y no por libre designación, como inicialmente había propuesto la Consejería.
En el partido judicial de Marbella, se incrementa la dotación con un Gestor y un Tramitador, ambos de VSM, y otro Gestor más, genérico, que se asignan al Servicio Común de Tramitación.
Para las OJM de Benalmádena y Mijas, se incrementará su dotación con un Tramitador más cada una de ellas. También ha informado la Consejería que la OJM de Lepe en Huelva se incrementará con un Tramitador más.
En cuanto a la diferenciación de los servicios comunes de Tramitación en áreas, una civil y otra de instrucción, además de un equipo de VSM en Marbella y Fuengirola (Torremolinos no tiene actualmente juzgado VSM ya que la competencia la asumió Málaga) la Administración se ha negado a incluirlas, ni siquiera lo admite como equipos orgánicos. No obstante, en la práctica funcionarán como tales, ya que se crean dos jefaturas de equipo, se identificarán los puestos de trabajo que llevan aparejada la realización del servicio de guardia, y los puestos que llevan aparejada la tramitación de los asuntos de VSM. Diferenciación que permitirá elegir estos puestos en los concursos de traslado y demás sistemas de provisión.
La Administración tampoco ha aceptado que los puestos de trabajo de Registro Civil no compatibilicen con Oficina Judicial. Tampoco lo acepta respecto a las OJM de Mijas y Benalmádena, a pesar de que no tiene realizado ningún estudio de cargas de trabajo para estos municipios, y que ambos cuentan con poblaciones muy elevadas (70.000 y 90.000 habitantes, respectivamente), como para tener que realizar funciones más allá de las propias que tendrán asignadas como tales OJM, que no serán pocas, para muy poco personal, aunque haya aumentado en un funcionario cada una de ellas.
Tenemos a vuestra disposición los borradores de RPTs en nuestros locales sindicales.
Resolución de estructura.-
Hemos propuesto algunas mejoras al texto, principalmente en lo relativo a que conste que la tramitación de determinados asuntos, como son los de la sección de Violencia sobre la mujer del Tribunal de Instancia o juez que tenga atribuida dicha competencia (actuales Juzgados VSM), deben corresponder a los puestos que se identifiquen como tales en las Relaciones de Puestos de trabajo y perciban el complemento correspondiente, como ahora. Lo mismo sucede con la realización de actos de comunicación, o la realización de las guardias, o los puestos identificados como servicio de apoyo (los actuales servicios de apoyo de las Audiencias Provinciales), o los de salida a centros penitenciarios, o los del Registro informático de la guardia, donde los haya. En definitiva, puestos que siendo genéricos, tienen asignada alguna característica y por ello un complemento superior, y que aparecen así identificados en la RPT, debiendo quedar claro qué funciones específicas les corresponden y que deben realizar esos puestos y no otros, precisamente por estar así identificados y percibir una retribución diferente por ello.
También hemos pedido que se recoja como centro de destino la Secretaría de Gobierno del TSJA, que el borrador de resolución asignaba a un servicio común de tramitación, en contra de lo que establece el artículo 521 LOPJ.
En cuanto a los modelos de oficinas judiciales, hemos pedido también algunas mejoras, fundamentalmente para incluir la posibilidad de creación de más áreas y más equipos.
La Consejería va a estudiar nuestras propuestas y nos enviará el texto definitivo en los próximos días.
Abono guardias con carácter retroactivo en situaciones de incapacidad temporal por riesgo en el embarazo o permisos y licencias por maternidad, paternidad y lactancia.-
Tras la petición realizada por STAJ, se ha aprobado Instrucción por la que se aclara la retroactividad de la Resolución de 20 de noviembre de 2024, de manera que las Delegaciones provinciales deben atender todas las reclamaciones de abono de las guardias no realizadas anteriores a dicha fecha (con el límite de prescripción de 4 años) por estar el funcionario o funcionaria en alguna de esas situaciones.
Libranza tras el servicio de guardia.-
Tras la polémica y confusión generada en torno a la aplicación de la reforma de la Orden que regula el horario de guardia y las libranzas tras su realización, y la instrucción o aclaración dictada al respecto por el Jefe de Servicio, hemos puesto de manifiesto el error que comete, ya que da a entender que la libranza sólo procede para los supuestos en los que el funcionario pernocta en el juzgado durante la guardia, cosa que no es así, pues lo que dice el artículo reformado es que todo el personal que realice la guardia, tendrá derecho a la misma libranza que tienen reconocida los Letrados A.J., que es la misma prevista para jueces, los cuales pueden librar tras la realización del servicio de guardia el día de finalización de la misma o en los tres días siguientes, exceptuándose únicamente las guardias de disponibilidad, sin que sea requisito para la libranza que hayan pernoctado -cosa que, por otra parte, jamás hace un juez o un LAJ-
La Consejería va a revisar la instrucción y nos dará una respuesta en los próximos días.
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Abr 23 2025
Enlace permanente a este artículo: https://stajandalucia.es/staj-informa-concurso-de-traslado-correccion-errores-ambito-canarias
Abr 22 2025
Publicado en la Web del Ministerio de Justicia:
22 Abril 2025
ACUERDO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO POR EL QUE SE PUBLICAN LOS LISTADOS CON LA VALORACIÓN DEFINITIVA DE MÉRITOS.
Publicación de valoración de méritos excepto Comunidad de Madrid.
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Abr 22 2025
COMUNICADO CONJUNTO
En la última reunión de la Mesa Sectorial, las organizaciones sindicales CSIF, STAJ, SPJ-USO y UGT decidimos levantarnos y no avanzar en la negociación de las fases de implantación de los TRIBUNALES DE INSTANCIA ni en ningún otro tema hasta que la Administración no presentase una propuesta retributiva adecuada al impacto que la transformación judicial tendrá sobre las condiciones laborales del personal de justicia de Andalucía.
Por primera vez, la Consejería se ha mostrado dispuesta a analizar este tema y, para ello, propone introducir un primer punto en el orden del día, tal y como solicitamos en el escrito conjunto presentado el pasado 11 de abril, a fin de crear un grupo de trabajo. La reunión se celebrará el próximo 24 de abril y el contenido de este primer punto del orden del día será el siguiente:
“1. Propuesta de creación de un grupo de trabajo para estudiar los objetivos de productividad del personal funcionario de la Administración de Justicia en Andalucía, conforme al artículo 516.B.2º.a) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en el marco de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, sobre medidas para la eficiencia del Servicio Público de Justicia, y del Plan Estratégico de Justicia de Andalucía.”
Durante esta Mesa, haremos todo lo posible para, junto con la Administración, sentar las bases de un acuerdo, en el que es imprescindible que se reconozca el esfuerzo de los cuerpos generales mediante compensaciones económicas adecuadas y se les proporcione las herramientas y formación necesarias para afrontar los retos derivados de la digitalización, la mejora de la calidad del servicio y la sostenibilidad.
Solo mediante un compromiso compartido, una estrategia clara y una compensación justa, podremos lograr una justicia más eficiente, humana y responsable para los ciudadanos de Andalucía.
Os mantendremos informados de todo lo que ocurra.
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Abr 21 2025
Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.-
Orden PJC/370/2025, de 3 de abril, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas, y se nombra el Tribunal calificador del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, convocado por Orden PJC/1444/2024, de 3 de diciembre.
PDF (BOE-A-2025-8072 – 5 págs. – https://www.boe.es/boe/dias/2025/04/21/pdfs/BOE-A-2025-8072.pdf
Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.-
Orden PJC/371/2025, de 3 de abril, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas, y se nombra el Tribunal calificador del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, al Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, convocado por Orden PJC/1445/2024, de 3 de diciembre.
PDF (BOE-A-2025-8073 – 5 págs. – 255 KB).- https://www.boe.es/boe/dias/2025/04/21/pdfs/BOE-A-2025-8073.pdf
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Abr 15 2025
Publicado en BOE de 15 de abril:
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Abr 15 2025
Publicado en el BOE de 15 de abril:
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Abr 14 2025
Publicado en la Web del Ministerio de Justicia:
14 abril 2025
ACUERDO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO POR EL QUE SE PUBLICA LA PROPUESTA DE APROBADOS DEL CUERPO DE AUXILIO JUDICIAL, LIBRE, ORDEN PJC/64/2024.
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Abr 11 2025
Publicado en la Web del Ministerio de Justicia. Plazo para solicitar correcciones hasta el 15 DE ABRIL.
SERVICIOS INTERINOS CONCURSO GTA 2024 3
11 abril 2025
Según la Base Tercera de la Orden PJC/51/2025, de 16 de enero, por la que se anuncia el concurso de traslados ordinario GTA 2024, los servicios prestados en calidad de personal funcionario interino se computarán a efectos de su valoración como mérito para la adjudicación de los puestos de trabajo anunciados.
Se han recibido alegaciones a la segunda lista de concursantes en la que se reflejaban los tiempos de servicio como interinos.
Una vez vistas las alegaciones por las CCAA transferidas y por las Gerencias Territorial de Justicia, se publica una TERCERA Y ÚLTIMA lista de participantes en el concurso con los servicios corregidos prestados en calidad de interino del personal funcionario que ha participado en el presente concurso. Aquellas personas que no aparecen es que no han confirmado su instancia en el aplicativo informático, y por tanto, quedan excluidas.
Esos servicios se refieren al Cuerpo para el concursan.
En caso de que no estén de acuerdo con los servicios como personal interino deberán realizar una alegación y presentar un certificado de servicios previos en los correos electrónicos que se indican a continuación, dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que estén destinados como personal funcionario titular, que es la que figura en la columna CUERPO PARA EL QUE CONCURSA de dichos ficheros:
Baleares gerenciajusticia.baleares@mju.es
Castilla La Mancha personal.albacete@mju.es
Burgos: personal.burgos@mju.es
Extremadura personal.extremadura@mju.es
Murcia personal.murcia@mju.es
Ceuta gerencia.ceuta@mju.es
Melilla: habilitacion.malaga@mju.es
Órganos Centrales: gerenciaoc.personal@mju.es
Valladolid personal.valladolid@mju.es
Canarias: rrhh.justicia@gobiernodecanarias.org
Andalucía rrhh.oficinajudicial.ctrjal@juntadeandalucia.es
Comunidad Valenciana concursosjust@gva.es
Cataluña seleccioprovisio.aj.justicia@gencat.cat
Aragón personal.justicia@aragon.es
La Rioja: dg.justicia@larioja.org
Navarra seccion.personal.justicia@navarra.es
Asturias justicia@asturias.org
Cantabria justiciapersonal@cantabria.es
País Vasco personal_jus_provision@euskadi.eus
Madrid gestionpersonaljusticia@madrid.org
Galicia servizo.persoal.xustiza@xunta.gal
El plazo para solicitar la corrección es hasta el día 15 de abril próximo debiendo indicar en el asunto del correo lo siguiente: Comunidad Autónoma en la que prestan servicios actualmente en propiedad, Cuerpo para el que participan y Nif.
Ejemplo: CANARIAS_TRAMITACION_XXXXXXXXX
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Abr 11 2025
Los sindicatos STAJ, CSIF; SPJUSO y UGT, presentamos escrito a la Consejería instando a la inclusión como primer punto del orden del día la negociación retributiva como condición para continuar negociando la implantación de los tribunales de instancia y la oficina judicial.
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