Dic 01 2008
Masivo seguimiento en la tercera jornada de huelga en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Sevilla.
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Nov 28 2008
HUELGA JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE SEVILLA
El seguimiento de la segunda jornada de huelga en el día de hoy ha sido el mismo que en el primer día, es decir, el 95%.
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Nov 27 2008
EXITO DE LA PRIMERA JORNADA DE HUELGA EN LOS JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE SEVILLA
El seguimiento en la primera jornada de huelga en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Sevilla ha sido del 95%. de 40 funcionarios que componen la plantilla, 38 la han secundado.
Los servicios mínimos se han cumplido con normalidad, demostrando, una vez más, la enorme profesionalidad de los compañeros.
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Nov 26 2008
Convocatoria de huelga en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer exclusivos de Sevilla.
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Nov 26 2008
CONTINUACION MESAS TÉCNICAS: MODIFICACIÓN INSTRUCCIÓN QUE REGULA LAS COMISIONES DE SERVICIO Y SUSTITUCIONES
Desde el STAJ hemos reiterado nuestra propuesta, que ya hicimos en el mes de Abril pasado, que se basan en las siguientes líneas fundamentales:
– Oferta de todas las plazas (salvo excepciones debidamente justificadas), incluso las resultantes de permisos de larga duración (p.e, liberados sindicales). Las que no se cubran ni por comisión ni por sustitución, y las que dejen temporalmente vacantes los que pasen a cubrir plazas por sustitución o comisión, deberán ser cubiertas por personal interino. La Administración ha adelantado que ve muy difícil que las plazas de liberados sindicales se puedan cubrir mediante sustitución (por comisión es imposible, lo prohíbe la Ley Orgánica y el Reglamento de Ingreso), ya que requeriría la aprobación de un expediente de doble dotación, que es lentísimo y que rara vez es autorizado por Hacienda. Nosotros seguiremos insistiendo en que esas plazas deben ofrecerse a los titulares en sustitución.
– Agilización de los trámites para efectuar las convocatorias y de los nombramientos, y publicidad de las mismas, así como de las adjudicaciones.
– Supresión o, al menos, objetivación de los informes de los responsables de los órganos afectados en las Comisiones de servicio.
– Reserva de la plaza que venían ocupando los funcionarios del Cuerpo de Gestión que cesen como Secretarios sustitutos.
– Abono del cien por cien de las retribuciones, tanto básicas como complementarias, que correspondan al cuerpo y destino que efectivamente se ocupa por Sustitución o Comisión de servicio (debe abonarse, como productividad, la diferencia entre unas y otras).
– Comisiones de servicio sin relevación de funciones: Afectan, fundamentalmente, a los funcionarios del Cuerpo de Auxilio en Juzgados en que sólo hay un funcionario de este cuerpo, en casos de vacaciones, permisos y bajas de funcionarios de otros Juzgados, así como a los Secretarios de Juzgados de Paz, en los mismos supuestos. Defenderemos que se abonen como productividad estas comisiones de servicio, con cantidades que hemos cuantificado en 40 euros diarios, aproximadamente, además de, en su caso, las indemnizaciones por razón del servicio que pudieran corresponder. También defenderemos el abono, con cuantías similares, de las sustituciones por gestores y/o tramitadores destinados en Juzgados de Paz a los Secretarios de sus respectivos Juzgados, previstas en el artículo 75 del Reglamento de Ingreso.
La Administración tomó nota de todas nuestras propuestas, si bien puso pegas, como no podía ser de otra manera, a que se abonen las sustituciones en la forma que hemos pedido, con argumentos inverosímiles en los que subyace, una vez mas, la excusa de la crisis económica.
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Nov 26 2008
PRESENTACIÓN DEL PLAN DE ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
Desde el STAJ, sin desmerecer en absoluto el informe presentado por la empresa contratada por la Administración, hemos manifestado nuestras serias dudas acerca de la idoneidad del proyecto, por varios motivos: En primer lugar, porque no sabemos qué ha hecho la Consejería con los estudios que sobre la futura Oficina Judicial se desarrollaron durante la pasada legislatura, en los que se presentaron informes acerca de las necesidades de medios humanos, entre otras cosas. En segundo lugar, porque entendemos que si es necesario realizar el estudio, podemos hacerlo todos los directamente implicados, de alguna u otra manera, en la Administración de Justicia: Consejería, Poder Judicial y Sindicatos del sector. En tercer lugar, porque entendemos que la Administración de Justicia presta un servicio público muy singular y específico, y los criterios que comúnmente se utilizan en otros servicios para estudiar la carga de trabajo distan mucho de lo que se necesita en esta Administración. Por último, porque el estudio se va a realizar sobre una estructura que dentro de poco será historia, cuando entre en funcionamiento la Nueva Oficina Judicial.
En cualquier caso, hemos recibido la invitación de la Consejería para participar en las comisiones de trabajo que se celebrarán para analizar cada una de las fases del estudio, por lo que desde el STAJ pondremos sobre la mesa todas nuestras ideas: por ejemplo, vigilaremos que el estudio tenga en cuenta que lo que establecen las leyes en cuanto a las funciones de cada no se corresponde con lo que en la realidad se hace todos los días en los órganos judiciales, donde los funcionarios asumimos muchísimas más funciones que las que legalmente nos corresponden.
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Nov 24 2008
CONVOCATORIA OPOSICIONES MÉDICOS FORENSES
Publicada en el BOE de hoy 24 de noviembre:
MINISTERIO DE JUSTICIA
Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.— Orden JUS/3368/2008, de 11 de noviembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.
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Nov 22 2008
CONVOCADA HUELGA EN LOS JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE SEVILLA
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Nov 21 2008
Oposiciones Secretarios Judiciales: listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos
Publicado en el BOE de 21 de noviembre
MINISTERIO DE JUSTICIA
Cuerpo de Secretarios Judiciales.— Orden JUS/3354/2008, de 10 de noviembre, por la que se aprueban las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al Cuerpo de Secretarios Judiciales y se nombran los Tribunales calificadores.
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Nov 20 2008
CONVOCATORIA OPOSICIONES GESTIÓN, TRAMITACIÓN Y AUXILIO
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Más… (2008/18728)
PDF (2008/18728; 11 págs. – 121 KB.)
Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 790) [ejemplar autocopiativo en cuya parte superior figura «Ministerio de Justicia, solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen»], que se facilitará en castellano y en las demás lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas. Este modelo será facilitado gratuitamente en el Ministerio de Justicia, los Tribunales Superiores de Justicia, Audiencias Provinciales, Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, órganos competentes de las Comunidades Autónomas donde se convoquen plazas, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá al Secretario de Estado de Justicia. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
La presentación, previo pago de la correspondiente tasa, se realizará alternativamente por cualquiera de los medios siguientes:
a) En el Registro General del Ministerio de Justicia, plaza Jacinto Benavente, n.º 3, 28071 Madrid.
b) En los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, o en cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de lo dispuesto al respecto en la base octava, punto 2, de las «Bases Comunes» que rigen los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de funcionarios al Servicio de la Administración de Justicia.
El importe de la tasa será por derechos de examen será en AUXILIO de 10,35 euros; en GESTIONde 10,35 euros para el turno de promoción interna 20,71 euros para el turno libre y en TRAMITACION de 6,91 euros para el turno de promoción interna 13,81 euors para el turno libre
Estarán exentas del pago de esta tasa las personas discapacitadas con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, o los pensionistas por incapacidad permanente referidos en la base 1.2, y los demandantes de empleo, que deberán acreditar su derecho a esta exención de conformidad con lo dispuesto en la base octava punto 4 de las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a cuerpos o escalas de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.
Los miembros de familias numerosas de categoría especial, en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del 100 por 100 del importe de la tasa. Los que fueran de categoría general disfrutarán de una reducción del 50 por 100. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones que figuran al dorso de la misma y que se reproducen en el anexo III y además, con las instrucciones particulares que se indican en la convocatoria.
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Nov 18 2008
REUNION MESA TECNICA DE 13 DE NOVIEMBRE.
Os resumimos a continuación las propuestas presentadas por el STAJ (casi en solitario, pues la mayoría de ellas no han sido realizadas por ninguno de los demás presentes en la mesa, aunque estamos seguros de que las apoyarán, pues son muy beneficiosas para TODOS los funcionarios, y hacen especial énfasis en los Juzgados de los pueblos con guardias de disponibilidad, que cada vez con mayor frecuencia están teniendo que prestar servicio en sábados, domingos y festivos).
1.- Incremento del horario flexible, de lunes a viernes, hasta las 19.30 horas (actualmente es sólo hasta las 17 horas)
2.- Jornada de tarde en Registros Civiles en los meses de julio y agosto y en navidad: Sólo mitad de la plantilla (por supuesto sin merma en las retribuciones). Los días de fiesta local, hemos solicitado que no haya servicio por la tarde.
3.- Jornada de Verano: Hemos pedido jornada de 31 horas y media semanales (actualmente son 32 y media), entre el 16 de junio y el 15 de septiembre.
4.- Jornadas reducidas:
– Semana Santa: Tal como está regulado actualmente (jornada de 9 a 14 horas).
– Fiestas locales: Horario igual que ahora (de 9 a 14), pero con la opción de que cada localidad puede elegir los días, a través de las Juntas de Personal, sin que deban constreñirse necesariamente a los señalados como fiestas locales oficiales.
– Navidad: Se solicita que la jornada sea de 9 a 14 horas, entre el 22 de diciembre y el 5 de enero (Actualmente, la jornada de navidad es del 26 de diciembre al 5 de enero, con horario de 32 horas y media semanales).
En los supuestos de jornadas reducidas, quienes tengan que permanecer hasta las 15 horas en cumplimiento de lo previsto en el apartado 1 del Art. 135 de la L.E.C., se solicita se le compense la hora realizada cada día como dos horas efectivas.
6.- Compensaciones horarias y libranzas: Desde el STAJ hemos solicitado:
– Posibilidad de que el funcionario opte entre compensar las horas en la parte flexible del horario, o acumularlas, de modo que por cada 7 horas se tenga derecho a un día de permiso adicional, a disfrutar dentro del año o en el año siguiente.
– Compensación cuando los días festivos coincidan en sábado, de manera que se añada un día de permiso adicional.
– Horas de formación: Deben computar, a todos los efectos, como horas de trabajo, con las mismas compensaciones que les correspondería si fueran de trabajo efectivo.
– Compensaciones días 24 y 31 de diciembre.- Se solicita que la compensación por realización de servicio en estos días se extienda también a los funcionarios que prestan servicio de guardia de 24 y 48 horas, (actualmente son los únicos excluidos) debiendo quedar claro que en todo caso si aquellos días coinciden en sábado o domingo, tienen un día adicional.
– Hemos pedido que aquellos funcionarios que por cualquier circunstancia finalicen su jornada más allá de las 21 horas, sin perjuicio de las compensaciones horarias o gratificaciones que le correspondan, entren al día siguiente una vez transcurridas 12 horas de descanso mínimo. En el caso de que finalice después de las 24:00 horas, el día siguiente se librará. En ambos casos, la jornada del día siguiente se entendería como efectivamente realizada en su totalidad. Todo lo anterior sería aplicable sea cual sea el motivo de la prolongación de jornada, quedando excluidos únicamente aquellos funcionarios que estén prestando el turno de noche en los Juzgados de guardia de 24 ó 48 horas, ya que estos ya tienen reconocida la libranza al día siguiente.
– Guardias de Permanencia y disponibilidad.- Se ha solicitado también, además de lo anterior, que las horas trabajadas en sábados tarde, domingos y festivos, computen como 7 horas a la parte flexible. La libranza del día siguiente a la guardia, hemos pedido que pueda realizarse al día siguiente o dentro de los diez días laborables siguientes.
– Guardias de disponibilidad.- Se ha solicitado también que los funcionarios que trabajen en sábado o domingo 4 horas o más, además de las horas realizadas se les computen 7 horas de la parte flexible, y si la prestación del servicio ha sido inferior a 4 horas, solicitamos se les computen 5 horas. En cualquier caso, quienes hayan trabajado en domingo o en día festivo, tendrían derecho a un día de libranza, al día siguiente de la guardia o en los diez días laborables siguientes.
– Común a guardias de permanencia y de disponibilidad.- Cada hora trabajada a partir de las 20:00 horas de sábado o 14:00 horas del domingo o festivo, se ha solicitado computen como dos horas efectivas.
– Guardias Juzgados de Violencia sobre la Mujer (actualmente, sólo Sevilla capital).- Aunque estamos a la espera de que el Ministerio de Justicia dicte la oportuna Orden, conjunta con el Ministerio de Hacienda, entendemos que es necesario un régimen adecuado de compensaciones y libranzas, especialmente cuando la guardia coincida en sábado, domingo o festivo; así como el respeto al descanso mínimo de 12 horas entre jornadas de trabajo.
OTRAS NOTICIAS:
Recordamos a los interesados que el plazo para actualizar méritos y para solicitar formar parte de la bolsa es de un mes desde la publicación de la convocatoria en el BOJA, que tuvo lugar el día 24 de octubre pasado. Responsables de la Consejería nos han indicado que, para aquellos integrantes de la bolsa actual que no tengan nuevos méritos, diferentes de la experiencia adquirida desde la última convocatoria de Bolsa, no es necesario que presenten nueva solicitud. En el BOJA de 6 de noviembre, se ha publicado una rectificación de la convocatoria, aclarando la cuestión.
OPOSICIONES 2008: Convocatoria probablemente en la semana del 17 al 22 de noviembre.
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Nov 18 2008
Corrección de error en oferta plazas Tramitación turno libre
Afecta a una plaza en Palma de Mallorca
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.— Orden JUS/3310/2008, de 11 de noviembre, de corrección de error de la Orden JUS/2912/2008, de 1 de octubre, por la que se publicaba la relación de plazas correspondientes al ámbito de Península y Baleares, que se ofrecían a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Orden JUS/2978/2006, de 15 de septiembre.
Más… (2008/18566)
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Nov 15 2008
RESOLUCION CONCURSO TRASLADO
Destinos.— Orden JUS/3265/2008, de 27 de octubre, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslado para plazas de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/926/2008, de 15 de marzo.
Más… (2008/18420)
PDF (2008/18420; 26 págs. – 247 KB.)
Destinos.— Orden de 27 de octubre de 2008, del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se resuelve el concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 15 de marzo de 2008.
Más… (2008/18429)
PDF (2008/18429; 3 págs. – 68 KB.)
Destinos.— Resolución de 27 de octubre de 2008, del Departamento de Justicia, por la que se resuelve el concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por la Resolución de 15 de marzo de 2008.
Más… (2008/18430)
PDF (2008/18430; 12 págs. – 165 KB.)
Destinos.— Resolución de 27 de octubre de 2008, de la Dirección General de Justicia de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se resuelve el concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 15 de marzo de 2008.
Más… (2008/18431)
PDF (2008/18431; 11 págs. – 117 KB.)
Destinos.— Resolución de 27 de octubre de 2008, de la Dirección General de Recursos Humanos y Medicina Legal de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se resuelve el concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 15 de marzo de 2008.
Más… (2008/18432)
PDF (2008/18432; 14 págs. – 144 KB.)
Destinos.— Resolución de 27 de octubre de 2008, de la Dirección General de Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia y Justicia, por la que se resuelve el concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 15 de marzo de 2008.
Más… (2008/18433)
PDF (2008/18433; 4 págs. – 73 KB.)
Destinos.— Resolución de 27 de octubre de 2008, de la Dirección General de Justicia y Menor de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se resuelve el concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 15 de marzo de 2008.
Más… (2008/18434)
PDF (2008/18434; 14 págs. – 172 KB.)
Destinos.— Resolución de 27 de octubre de 2008, de la Dirección General de Administración de Justicia del Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior, por la que se resuelve el concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 15 de marzo de 2008.
Más… (2008/18435)
PDF (2008/18435; 7 págs. – 100 KB.)
Destinos.— Resolución de 27 de octubre de 2008, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, por la que resuelve el concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 15 de marzo de 2008.
Más… (2008/18436)
PDF (2008/18436; 4 págs. – 72 KB.)
Destinos.— Resolución 290/2008, de 27 de octubre, de la Dirección General de Justicia del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se resuelve el concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución 68/2008, de 15 de marzo.
Más… (2008/18437)
PDF (2008/18437; 2 págs. – 257 KB.)
Destinos.— Resolución de 27 de octubre de 2008, de la Dirección General de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se resuelve el concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 15 de marzo de 2008.
Más… (2008/18438)
PDF (2008/18438; 10 págs. – 131 KB.)
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Nov 12 2008
MUGEJU y CLASES PASIVAS. El pesonal al servicio de la Admon. de Justicia que preste funciones como sustituto continuará en la MUGEJU
En la Asamblea de MUGEJU de 30 de noviembre de 2007 por el Compromisario del Grupo II por Cataluña, y delegado del STAJ, se formuló la siguiente pregunta:
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Nov 12 2008
PENSIONAZO
El texto de Presupuestos recoge, en disposiciones adicionales !! (13 y 16), una reducción del 25% de la pensión por incapacidad a los funcionarios que, como consecuencia de una incapacidad, no hayan alcanzado los 20 años de servicios al Estado.
Estas disposiciones también establecen una reducción de estas pensiones de incapacidad cuando se compatibiliza con cualquier otra actividad por cuenta propia o ajena, que de lugar a la inclusión de su titular en cualquier régimen público de Seguridad Social. La reducción será del 25% si alcanzaron los 20 años de servicios ó del 45% si no alcanzaron los 20 años de servicio. O bien optar por dejar esta otra actividad para mantener intacta su pensión por incapacidad.
Desde el STAJ denunciamos el doble discurso del Gobierno, que mientras asegura que salvaguardará los derechos sociales, rebaja por la puerta falsa los derechos sociales de los funcionarios públicos acogidos a clases pasivas en su pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente. Tal y como decía el Gobierno actual cuando ejercía de oposición, no se puede utilizar el proceso de tramitación parlamentaria de la Ley de Presupuestos para introducir “reformas sustanciales” como esta que consiste en alterar el sistema de pensiones públicas, “evitando que estos cambios se discutan por el procedimiento legislativo ordinario que es el que permitiría un debate público abierto”. Además estos cambios deberían abordarse dentro del Pacto de Toledo, el marco en el que se deben analizar y proponer las reformas del sistema de
pensiones.
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Nov 10 2008
Concurso de traslado: Información adicional sobre plazos posesorios
Transcribimos a continuación un correo recibido del Ministerio, en relación con los plazos posesorios:
En estos casos, esta Subdirección General es del criterio de que, la Gerencia Territorial o, en su caso si lo considera oportuno, la Comunidad Autónoma con competencias transferidas donde se produzca tal circunstancia, pueda autorizar al funcionario saliente para que cese en el plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente al anuncio en el BOE de la resolución del concurso, debiendo tomar posesión en el nuevo puesto en los plazos establecidos en la resolución definitiva.”
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Nov 07 2008
GUARDIAS JUZGADOS VIOLENCIA SOBRE LA MUJER: INACEPTABLE PROPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN
La propuesta Ministerial, desoyendo las peticiones de los sindicatos e incluso las de algunas de las juntas de jueces, pero basada no obstante en el consenso que ha alcanzado con las Comunidades Autónomas en que radican los órganos afectados, es bastante desalentadora, a pesar de que hay avances significativos aunque muy insuficientes –especialmente en el caso de Sevilla- con respecto a la primera posición de la Administración de la que nos informó el Ministerio en la reunión del día 29 de octubre.
En primer lugar, el Ministerio propondrá al CGPJ que Madrid cuente con un segundo Juzgado de guardia, dada su peculiar situación y el elevado numero de asuntos que ingresará en la guardia.
Por lo que respecta a la plantilla, el Ministerio nos informa que tanto la Generalitat como la Comunidad de Madrid aceptan que el servio de guardia se preste por la totalidad de los funcionarios que integran la plantilla del Juzgado, no así la Junta de Andalucía, que entiende que la carga de trabajo en los Juzgados sevillanos “no justifica” la plantilla completa, aceptando únicamente 1 Gestor, 2 Tramitadores y 1 Auxilio
En cuanto a las retribuciones, el Ministerio, y las CCAA competentes, se empeñan en equiparar las guardias de los Juzgados de Violencia con las de los Juzgados de menores, pero menos, dado que estos tienen disponibilidad a partir de las 21 horas y aquellos no. Por tanto, la cuantía, según el Ministerio, debe ser proporcional, teniendo en cuenta dicha circunstancia. En definitiva, algo menos de 280 euros por los tres días de guardia. No obstante, el Ministerio, en su segunda intervención, ha aceptado que se abone, adicionalmente, 54 euros por cada día en que la guardia coincida en sábado, domingo o festivo.
Os resumimos la propuesta ministerial en el siguiente cuadro.
Desde el STAJ no podemos aceptar la propuesta de la Administración, que consideramos lamentable, especialmente en lo que se refiere a Sevilla, y entendemos que supondrá un grave perjuicio para el servicio público y un inaceptable atentado a las condiciones en que los funcionarios de la Administración de Justicia destinados en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer desarrollarán su trabajo diario.
Valoramos positivamente que se acepte que Madrid necesita dos Juzgados de guardia simultáneamente, como también que se preste por la totalidad de la plantilla, pero de ningún modo podemos aceptar:
– Que no se establezca un sistema de libranzas y compensaciones horarias. El Ministerio y las CCAA competentes deberían tener presente que se trata de guardias de tres días consecutivos, y que no se garantiza que la guardia, efectivamente, finalice a las 21 horas, pues serán no pocas las veces en que, por “necesidades del servicio”, sea necesario prolongar la jornada mucho más, con lo que no se respetará, ni siquiera el periodo mínimo de doce horas entre jornadas de trabajo. Además, no debería olvidarse que cuando la guardia comience un viernes o un sábado, los trabajadores realizarán, sin descanso ni reducción de jornada alguna, DOCE DÍAS CONSECUTIVOS de trabajo efectivo.
– Que la Administración se empeñe de manera obstinada en equiparar por lo bajo las guardias en los Juzgados de Violencia con las de los Juzgados de Menores allí donde las hay, cuando el propio Ministerio es consciente de que a la que se asemeja es a la de los Juzgados de Instrucción, pues así lo ha establecido, precisamente, el CGPJ en el Reglamento de Aspectos Accesorios.
– Que tanto Ministerio como la Junta de Andalucía discriminen a las víctimas de la violencia machista en Sevilla, pues al dotar el servicio con una plantilla mínima, la atención que se les prestará será poco o nada eficaz, y exigirá un sobreesfuerzo inasumible por los trabajadores. Se dará la paradoja de que la víctima estará mejor atendida en un Juzgado de Instrucción, en que la guardia se presta por toda la plantilla, que en un Juzgado especializado en Violencia sobre la Mujer. ¿Para que entonces se establece un servicio de guardia en estos órganos? No aceptamos, de ninguna manera, que la plantilla sea un tercio de la de Barcelona, cuando ambas ciudades cuentan con el mismo número de Juzgados y los datos estadísticos demuestran que la carga de trabajo que soporta Sevilla es mucho más que un tercio de la que soporta Barcelona. Desde el STAJ hemos solicitado una reunión urgente a la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, para ponerle de manifiesto lo equivocado de su postura.
Aunque el Ministerio ha dado por cerrada hoy la negociación, esperamos, por el bien del servicio público y por respeto a las víctimas de la violencia sobre la mujer, que la Administración recapacite, especialmente en el caso de Sevilla. De no hacerlo no tendremos otra opción que convocar medidas de presión, con toda la contundencia que legítimamente consideremos necesaria.
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Nov 06 2008
Rectificación convocatoria bolsas interinos: actualización de oficio de la experiencia
Consejería de Justicia y Administración Pública
Advertido error por omisión en la Resolución de 8 de octubre de 2008 (BOJA núm. 212, de 24 de octubre de 2008), de la Dirección General de Recursos Humanos y Medicina Legal de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se efectúa la convocatoria para la constitución y actualización de las bolsas de trabajo para cada uno de los Cuerpos Generales al servicio de la Administración de Justicia y para el Cuerpo de Médicos Forenses, se transcribe a continuación la oportuna rectificación.
El mérito de la experiencia se actualizará de oficio en los términos previstos en el artículo 5.1 de la Orden de 15 de febrero de 2006.
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Nov 05 2008
RESUMEN MESA TÉCNICA 4-11-08
2. Modificación de la orden que regula la cobertura de plazas por comisiones de servicio y
sustituciones.
3. Estudio de las prioridades de oferta de plazas para los concursos de traslado, para que puedan ofrecerse las plazas que la Administración considera “desiertas”, además de las vacantes puras.
4. Estudio de propuestas sindicales en torno a la interpretación y/o, en su caso, modificación de algunos aspectos de la Orden de Interinos (desde el STAJ venimos reclamando hace tiempo una modificación de la Orden de Interinos, dado que en la práctica se ha demostrado que puede ser mejorada, sobre todo en lo que se refiere a la renovación de las bolsas, formación, problemática del personal procedente del SAE, valoración de los méritos o cambios de bolsa desde otros territorios)
5. Acción social.- La intención de la Administración es elaborar un Reglamento de acción social, para lo cual ha pedido a las centrales sindicales que presentemos nuestras propuestas.
accesos a bases de datos externas, grabaciones de vistas o videoconferencias, y por tanto, insiste en que no hay nada que negociar. Desde el STAJ hemos insistido en afirmar que no sólo sí hay un problema serio en esta materia, pues se están descargando en los funcionarios de la Administración de Justicia responsabilidades adicionales, que consideramos que, en primer lugar, deben ser reguladas de manera seria, de forma que se eviten situaciones indeseables, y, en segundo lugar, deben ser retribuidas de manera adecuada. El problema, por otra parte, se agravará en breve, cuando se ponga en marcha el nuevo Registro de Medidas Cautelares que el Ministerio quiere poner en funcionamiento.
sindicatos que suponen las recién creadas Subcomisiones Provinciales de Cooperación y Coordinación, formadas por Delegados Provinciales, Presidentes de Audiencias Provinciales, y Secretarios Coordinadores Provinciales; recordemos que entre las funciones de dichas subcomisiones está realizar propuestas de peticiones de refuerzo, sustituciones de personal, servicios de apoyo; toma de conocimiento e información Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia sobre la viabilidad de construcción, mejora o alquiler de sedes judiciales; petición de medios informáticos e implantación de nuevas funcionalidades; proposición de programas de formación dirigidos al personal al servicio de la Administración de Justicia. Todo ello, sin la intervención, ni siquiera a título meramente informativo, de los representantes directos de los funcionarios.
impulsado por el STAJ y firmado por todos los sindicatos -excepto CCOO-, y que ha supuesto un incremento en las retribuciones complementarias de TODOS los funcionarios de la Administración de Justicia en Andalucía, en el año 2008, entre 105 y 115 euros mensuales, según los cuerpos, y que supondrá, en el año 2009, otros 110-120 euros mensuales más, está garantizado, ya que el pacto se aprobó por el Consejo de Gobierno en su momento y está publicado en el BOJA y, por tanto, está dotado presupuestariamente, estando garantizada, también, su consolidación, pues así viene recogido en el acuerdo de manera expresa. Al igual que está garantizado el complemento adicional en los Juzgados con competencias en materia de violencia sobre la Mujer –con independencia de que, como en el caso de Sevilla, deban prestar servicio de guardia–; así como el complemento por jornada de tarde en los Registros Civiles. Falsas son, por tanto, las afirmaciones que CCOO ha realizado tratando de “asustar” al personal en el sentido de que todos estos complementos corrían el riesgo de desaparecer. Mal que les pese a los señores de esa organización, los funcionarios de la Administración de Justicia de Andalucía, gracias al Acuerdo firmado por el STAJ, estamos a la cabeza de toda España en lo que a retribuciones complementarias se refiere, y en el año próximo aún lo estaremos más.
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Nov 04 2008
Córdoba: Los sindicatos exigen la dimisión de Mercedes Mayo
Publicado en Diariocordoba.com
Las centrales CSIF, USO, UGT, Comisiones Obreras y STAJ han exigido la dimisión de la delegada provincial de Justicia, Mercedes Mayo, “por no mantener los refuerzos hasta diciembre, por no defender los intereses de los usuarios y por su desconocimiento absoluto de la carga de trabajo de los órganos judiciales”.
También reclaman que la plantilla aumente un 25% para estar en igualdad al resto de provincias andaluzas.
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Nov 04 2008
LISTAS DEFINITIVAS CONCURSO TRASLADO
Ya están disponibles en la Web del STAJ (pincha aquí) el listado definitivo de las plazas del concurso de traslado.
Publicación en BOE de 15 de noviembre.
Ceses: Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, el 18 de noviembre de 2008; Tramitación Procesal y Administrativa, el 24 de noviembre de 2008.
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Nov 04 2008
Modificación oferta plazas tramitación nuevo ingreso, turno libre.
Se suprime una plaza en Palma de Mallorca, y se añaden 1 en Barcelona, 1 en Sant Boi de Llobregat, 1 en Almería y 1 en Osuna.
Aquellos funcionarios interesados en la solicitud de dichas plazas, o que deseen rehacer su instancia a la vista de la modificación efectuada, podrán presentar una nueva solicitud de participación, quedando automáticamente anulada la anteriormente enviada, en el plazo de cinco días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
MINISTERIO DE JUSTICIA
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.— Orden JUS/3127/2008, de 16 de octubre, por la que se corrige la Orden JUS/2912/2008, de 1 de octubre, por la que se publicaba la relación de plazas correspondientes al ámbito de Península y Baleares, que se ofrecían a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Orden JUS/2978/2006, de 15 de septiembre.
Más… (2008/17654)
PDF (2008/17654; 1 págs. – 33 KB.)
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.— Resolución de 16 de octubre de 2008, del Departamento de Justicia, por la que se modifica la de 1 de octubre de 2008, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de Cataluña que se ofrecen a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas por la Orden JUS/2978/2006, de 15 de septiembre.
Más… (2008/17657)
PDF (2008/17657; 2 págs. – 46 KB.)
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.— Resolución de 16 de octubre de 2008, de la Dirección General de Recursos Humanos y Medicina Legal de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se corrige la de 1 de octubre de 2008, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de Andalucía, que se ofrecen a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Orden JUS/2978/2006, de 15 de septiembre.
Más… (2008/17658)
PDF (2008/17658; 1 págs. – 34 KB.)
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Nov 03 2008
COMUNICADO CONJUNTO SINDICATOS JUSTICIA DE SEVILLA SOBRE GUARDIAS JUZGADOS VIOLENCIA
Los Sindicatos STAJ, SPJ-USO, UGT y CC.OO. reclaman que las víctimas de delitos de violencia machista reciban la misma atención que el resto de víctimas de otros delitos y para ello que se dote a los juzgados de violencia sobre la mujer de los mismos medios que a los juzgados de instrucción en funciones de guardia.
En el mes de julio de 2008, el Consejo General del Poder Judicial acordó la creación de los juzgados de guardia de violencia sobre la mujer de Madrid, Barcelona y Sevilla. Con ello se pretendía prestar una mejor atención a las víctimas y concentrar toda la actividad de esta materia en los juzgados especializados, allí donde el volumen de asuntos es más elevado. La organización material de dichas guardias corresponde al Ministerio de Justicia y a las Comunidades Autónomas.
Las guardias de los juzgados de violencia sobre la mujer tendrían que haber empezado a funcionar el 1 de noviembre, sin embargo, el Ministerio de Justicia no convocó a los sindicatos representativos a negociar las condiciones laborales de la prestación del servicio hasta el día 29 de octubre, y ello a pesar de que los sindicatos llevamos reclamándolo desde el mes de julio, fecha en la que el CGPJ acordó el establecimiento de estas guardias.
Finalmente, dada la imprevisión, la falta de organización y nula voluntad negociadora del Ministerio de Justicia, El CGPJ se ha visto obligado a retrasar la entrada en funcionamiento de las guardias hasta el 1 de enero de 2009.
La primera reunión de la Mesa de negociación ha tenido lugar, por fin, el 29 de octubre, pero, sorprendentemente el Ministerio de Justicia no ha presentado ninguna propuesta, pero ha anunciado a los representantes sindicales que las Comunidades Autónomas afectadas proponen que, tanto el número de funcionarios, como su retribución por cada guardia sea sensiblemente inferior a lo establecido para los Juzgados de Instrucción de Guardia ordinarios de la misma localidad. Por su parte, la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía no ha llamado a la negociación hasta la fecha a los representantes de los trabajadores.
Los sindicatos STAJ, SPJ-USO, UGT y CC.OO. temen que, en definitiva, la puesta en marcha de un sistema de guardias en estos Juzgados se trate solo de una medida propagandística (a las que ya nos tienen acostumbrados el Ministro de Justicia y las CCAA con competencias), sin que se le atribuyan, efectivamente, los medios materiales y personales necesarios. Estas guardias debería llevarse a cabo con todos los funcionarios de la plantilla y deberían considerarse a todos los efectos como juzgados de instrucción especializados, ya que consideramos que la atención a las víctimas de los delitos de violencia machista debe ser al menos de la misma calidad que la atención a las víctimas de otro tipos delictivos.
Los representantes sindicales de los trabajadores de los juzgados de violencia sobre la mujer, pertenecientes a los sindicatos STAJ, SPJ-USO, UGT y CC.OO., pondrán de manifiesto sus peticiones y la justificación de las mismas el próximo martes 4 de noviembre a la puerta de los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer, a las once de la mañana.
TAMBIEN ESTAN CONVOCADAS CONCENTRACIONES DE LOS TRABAJADORES EN LAS PUERTAS DE LOS JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER LOS DIAS 13, 20 Y 27 DE NOVIEMBRE A LAS 11,00 HORAS SI EL MINISTERIO DE JUSTICA Y LA JUNTA DE ANDALUCIA NO DAN UNA RESPUESTA SATISFACTORIA A LAS REIVINDICACIONES SINDICALES.
Lunes, 3 de noviembre de 2008
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Oct 31 2008
ULTIMA HORA CONCURSO TRASLADO. PUBLICACIÓN EN BOE DE 15 DE NOVIEMBRE
El lunes o martes próximo se enviarán los ficheros con las adjudicaciones realizadas y así mismo se colgarán en la página web del Ministerio
Los funcionarios que se encuentren en activo y no reingresen en ninguno de los Cuerpos o Escalas a que se refiere el presente concurso, el cese deberá efectuarse en las fechas que a continuación se indican: Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, el 18 de noviembre de 2008; Tramitación Procesal y Administrativa, el 24 de noviembre de 2008.
La toma de posesión del nuevo destino obtenido por concurso se producirá en los tres días naturales siguientes al cese, si no hay cambio de localidad del funcionario, o en los ocho días naturales siguientes si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma, y veinte días naturales si implica cambio de Comunidad Autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será de un mes , tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino. El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto a la plaza obtenida en concurso.
Si la Orden comporta reingreso al servicio activo a la Administración de Justicia en los Cuerpos/Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, el plazo posesorio será de veinte días naturales y deberá de computarse desde el día de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, pero en el presente caso dicho plazo no resulta retribuido, ya que se produce antes de formalizarse el reingreso en dichos Cuerpos/Escalas y por tanto no puede ser computado como de servicios efectivos.
En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del presente concurso se encontraran en activo en otro Cuerpo o Escala de la Administración de Justicia y no quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la Administración, bastará con que tomen posesión en el nuevo Cuerpo o Escala, teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza de reingreso. Para ello, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar a la Gerencia Territorial de Justicia de su actual destino, un permiso retribuido de dos días si hay cambio de localidad, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse a Canarias, Islas Baleares o Ceuta y Melilla , en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días.
Por la Comunidad Autónoma competente, o la Gerencia Territorial que corresponda, se les concederá la excedencia de oficio en el Cuerpo o Escala de procedencia si ésta se produce en un Cuerpo o Escala al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión en los Cuerpos o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, al objeto de evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas que han sido adjudicadas, cesarán como consecuencia de la posesión del titular.
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Oct 31 2008
Aprobada la moratoria para la entrada en vigor de las guardias de Violencia a partir del 1 de enero de 2009
Publicado en el BOE de hoy
Acuerdo de 29 de octubre de 2008, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se modifica el de 17 de julio de 2008, de modificación del Reglamento 1/2005, de 15 de septiembre, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, en materia de servicio de guardia en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
Rango: Acuerdo
Páginas: 43209 – 43211
Referencia: 2008/17417
PDF de la disposición
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Por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 17 de julio de 2008, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio, se aprobó la modificación del Reglamento 1/2005, de 15 de septiembre, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, en materia de servicio de guardia en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
La citada modificación tenía por objeto la adaptación del Reglamento 1/2005 a la necesidad de actuar fuera de las horas de audiencia que presentan los Juzgados de Violencia sobre la Mujer en determinadas demarcaciones jurisdiccionales, para lo cual se vino a instaurar un régimen singular de guardias para estos Juzgados, que atiende, fundamentalmente, a su demarcación territorial, competencia especializada y las concretas actuaciones que precisan una urgente intervención judicial, entre las que ocupan un lugar destacado la celebración de juicios inmediatos de faltas y la adopción de medidas concernientes a derechos fundamentales. La reforma afecta también a los preceptos que integran el capítulo I del título III, dedicado a las normas generales del servicio de guardia, a fin de armonizarlos con el establecimiento de determinadas demarcaciones judiciales del servicio de guardia propio de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
La disposición final única del citado Acuerdo de modificación reglamentaria regula la entrada en vigor de la misma, contemplando expresamente que «El presente Acuerdo entrará en vigor el día uno de noviembre de dos mil ocho». Se establece pues en el texto un período de «vacatio legis» de tres meses que encuentra justificación expresa en la necesidad de «permitir la adopción de los acuerdos necesarios para la organización del nuevo servicio», según consta literalmente en el Dictamen de Legalidad emitido por el Secretario General del Consejo, en el procedimiento de elaboración de la citada disposición reglamentaria.
En fecha 22 de octubre de 2008, la Comisión de Modernización e Informática Judicial del Consejo General del Poder Judicial adoptó el acuerdo de proponer una ampliación del plazo de entrada en vigor del citado Acuerdo por los motivos que literalmente se indican: «Y ello a fin de que el Ministerio de Justicia pueda acometer, tanto las mejoras organizativas que garanticen una adecuada coordinación entre los Juzgados afectados, la Fiscalía General del Estado, la Policía Judicial y las propias Comunidades Autónomas implicadas, como la modificación de las Órdenes de Presidencia 1416/2003 y 1417/2003, de 3 de junio, por las que se regulan las retribuciones complementarias por servicios de guardia de la carrera judicial y fiscal y del resto del personal al servicio de la Administración de Justicia, siendo que éstas, por sus implicaciones presupuestarias requieren aprobación por parte del Ministerio de Economía y Hacienda, así como la negociación con las Comunidades Autónomas con competencias transferidas en materia de Administración de Justicia, afectadas por el referido Acuerdo, con elevación al Pleno para su definitiva aprobación».
Por las razones expuestas, y con la finalidad de dar cumplimiento al objetivo recogido en el citado acuerdo, se modifica la disposición final única del Acuerdo de 17 de julio de 2008 con la finalidad de ampliar la fecha de entrada en vigor de la mencionada modificación del Reglamento 1/2005.
En su virtud, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 29 de octubre de 2008, ha acordado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, previo informe de las asociaciones profesionales, de la Comisión de Igualdad de Género y audiencia a las Salas de Gobierno de Tribunales, Jueces Decanos con liberación de tareas jurisdiccionales y Jueces Decanos en los partidos judiciales correspondientes a las capitales de provincia de Granada y Alicante, y del Ministerio Fiscal, así como con intervención de la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de Administración de Justicia, aprobar el presente Acuerdo:
Artículo único. Modificación del Acuerdo de 17 de julio de 2008, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se modifica el Reglamento 1/2005, de 15 de septiembre, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, en materia de servicio de guardia en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
Se modifica la disposición final del Acuerdo de 17 de julio de 2008, que queda redactada en los siguientes términos:
«Disposición final. Entrada en vigor.
El presente Acuerdo entrará en vigor el día uno de enero de dos mil nueve (1-01-2009).»
Madrid, 29 de octubre de 2008.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, José Carlos Dívar Blanco.
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Oct 30 2008
Última hora sobre el el CONCURSO DE TRASLADO
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Oct 29 2008
GUARDIAS JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER
A pesar de que el orden del día era para “negociar”, sin embargo el Ministerio dejó claro desde el principio que en esta reunión no habría negociación, sino que se nos convocaba para informarnos de la idea del Ministerio en torno a la materia, y para conocer nuestra posición al respecto, al igual que había mantenido ya contactos con otros sectores e instituciones relacionadas de una u otra manera con la cuestión.
En primer lugar se nos comunicó lo que ya sabemos, es decir, que se ha propuesto desde diversos sectores una moratoria en la aplicación del Acuerdo del CGPJ, propuesta que el Ministerio ha apoyado y que el Consejo debatía hoy en el pleno (a la hora en que se ha editado esta nota informativa aún no tenemos conocimiento de la decisión final, aunque es de suponer que la moratoria se aprobará)
En segundo lugar, nos informó que las CCAA implicadas (actualmente sólo Cataluña, Madrid y Andalucía), han planteado una duda –a nuestro juicio bastante esperpéntica-, en el sentido de que no tienen claro que la guardia en los Juzgados de VSM haya de aplicarse a los fines de semana y festivos, por cuyo motivo se va a formular una consulta al CGPJ para que dé una interpretación auténtica a la cuestión.
En tercer lugar, el Ministerio entiende que, en principio, en cuanto a la estructura organizativa de la guardia establecida por el CGPJ para los Juzgados de Violencia, la misma se asemeja bastante a las guardias de los Juzgados de Menores. Esta es, además, según se nos dijo, la postura del Ministerio de Hacienda; y mucho nos tememos que es también la de las CCAA con competencias en la materia. Incluso el Ministerio llegó a decir que la guardia de los Juzgados de Violencia será menos gravosa, dado que en Menores hay disponibilidad a partir de las 21 horas y en Violencia no…
Ante esta posición del Ministerio, que entendemos un auténtico despropósito por parte de los responsables ministeriales, desde el STAJ hemos dejado claro lo siguiente:
– Consideramos que la guardia en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer no ha de compararse con la guardia de Menores sino que se asemeja, por materia y por carga de trabajo a la de los Juzgados de Instrucción, sólo que se prestaría en tres días consecutivos. No debería el Ministerio olvidar que lo que dice el Acuerdo del Consejo es precisamente que el Juzgado de Violencia que preste el servicio de guardia realizará, en lo relativo a las competencias que les son propias, todas las actuaciones que comúnmente realizan los Juzgados de Instrucción de Guardia.
– No debe olvidarse que los asuntos de Violencia sobre la Mujer se han incrementado en más de un 15%, y que la diferencia con respecto a los Juzgados de Menores es abismal.
– En Madrid es necesario que el servicio de Guardia se preste por dos Juzgados simultáneamente.
– El servicio de guardia debe ser prestado por la totalidad de la plantilla. Es sencillamente un disparate pretender que se preste por un solo funcionario de cada cuerpo.
– Las retribuciones, por cada día de guardia, deben ser semejantes a las que se perciben en los Juzgados de Instrucción en las capitales implicadas.
– Debe establecerse un sistema de libranzas y compensaciones horarias, dado que el servicio de guardia se presta durante tres días consecutivos, siendo más que probable que sean muchos los días en que se permanezca en el Juzgado más allá de las 21 horas, incluyendo sábados, domingos y festivos.
– Debe tenerse en cuenta también al personal de fiscalía que asistirá a la guardia y a los Médicos Forenses.
El Ministerio tomó nota de nuestras alegaciones, así como de las de los demás sindicatos (cuyas posturas coincidieron con las nuestras), y las estudiará, y nos convoca a una nueva reunión que se celebrará el próximo día 6 de noviembre.
Esperemos que la postura del Ministerio se modifique sustancialmente; si no lo hace estará demostrando un nulo interés por el servicio público, y se encontrará con la oposición frontal de los trabajadores.
STAJ, 29 Octubre de 2008
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Oct 28 2008
Ampliación plazo proceso selectivo Gestión acceso libre. Bolsas Secretarios Judiciales en Baleares
Publicado en el BOE de hoy 28 de octubre:
MINISTERIO DE JUSTICIA
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.— Orden JUS/3046/2008, de 6 de octubre, por la que se amplía el plazo del proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, acceso libre, convocado por Orden JUS/2976/2006, de 15 de septiembre.
Más… (2008/17218)
PDF (2008/17218; 1 págs. – 34 KB.)
Secretarios Judiciales.— Resolución de 17 de octubre de 2008, de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, de corrección de errores de la de 4 de septiembre de 2008, por la que se convocan bolsas de trabajo de Secretarios Judiciales sustitutos en las islas de Mallorca, Menorca e Ibiza-Formentera, de la provincia de Baleares.
Más… (2008/17219)
PDF (2008/17219; 1 págs. – 34 KB.)
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Oct 27 2008
LISTADOS DEFINITIVOS CONCURSO DE TRASLADO
El Ministerio nos ha dado traslado de las listas definitivas del concurso. Podéis consultarlas en nuestra web www.staj.es desplegando el apartado “Concursos”, o contactando con nuestros locales sindicales.
Los funcionarios que se encuentren en activo y no reingresen en ninguno de los Cuerpos o Escalas a que se refiere el presente concurso, el cese deberá efectuarse en las fechas que a continuación se indican: Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, el 12 de noviembre de 2008; Tramitación Procesal y Administrativa, el 17 de noviembre de 2008.
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Oct 27 2008
Trienios personal interino
Accede al texto pinchando aquí.
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