STAJ informa. Sevilla: El Consejo de Gobierno recibe el informe sobre la adquisición de Palmas Altas para la Ciudad de la Justicia.

El Consejo de Gobierno ha recibido por parte de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local el informe sobre la adquisición del Campus Palmas Altas para albergar la futura Ciudad de la Justicia de Sevilla. El proyecto pasa no solo por la compra de los edificios existentes, sino también de dos solares adyacentes en los que ampliaría el complejo con inmuebles para sede judicial y aparcamientos.

El informe entregado hoy destaca Palmas Altas como “un moderno complejo de edificios que se adapta de forma óptima a la funcionalidad de los edificios judiciales. Es, además, la única opción que permite acabar con la dispersión de sedes y dota de una mayor superficie edificable y de aparcamientos a los actuales inmuebles, contando con una proporción adecuada a la actual planta judicial y con opciones de crecimiento futuro”. Todo ello, con un coste inferior al que resultaba de otras posibles ubicaciones, pues se sitúa en 78 millones de euros. Solo la construcción del complejo, según los datos de la propietaria, supuso 132 millones de euros.

La inversión sería amortizada en pocos años, recoge el documento, gracias al ahorro de las rentas de las sedes ahora alquiladas, que suponen cinco millones de euros anuales ( 5.037.439,38 €). Asimismo, “Palmas Altas cumple con los requisitos exigidos a una instalación judicial de este calibre: ubicada dentro de la ciudad de Sevilla, en suelo urbano y con la una completa prestación de servicios municipales, aparcamientos, transporte público y sin precisar tramitaciones ni desarrollos urbanísticos ulteriores”.

Si estás interesado sigue leyendo en este enlace

Desde STAJ mantenemos nuestra oposición al proyecto, por los motivos que hemos expresado ya en varias ocasiones.

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STAJ informa. Concurso de traslado: Comunicación de variación de datos a MUGEJU tras el cambio de destino.

Recordamos a todos aquellos funcionarios titulares que hayan cambiado de destino, la comunicación a Mugeju de la correspondiente variación de datos.

Aquí os dejamos el impreso A1 para rellenar y comunicar posteriormente a Mugeju junto con fotocopia de la toma de posesión.

Ver enlace: IMPRESO A1. Solicitud para la Afiliación y Variación de Datos de Titulares A-1

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STAJ informa. Teletrabajo en Andalucía Nivel 3 emergencia sanitaria

La Consejería nos envía la siguiente información, que será colgada también en HERMES:

“La Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Sevilla, publicada en el BOJA Extraordinario núm. 19, de 25 de febrero de 2021, ha declarado al Distrito Sanitario Sevilla en el nivel de alerta 3 (según la Orden de 29 de octubre de 2020), modulado en su grado 1 (según la Orden de 8 de noviembre de 2020).

En consecuencia, a partir del próximo martes 2 de marzo, en los centros de trabajo con sede en zonas declaradas en nivel de alerta 3 (Sevilla capital, entre ellas) la modalidad de teletrabajo volverá a ser automáticamente la del 20% semanal (manteniendo el teletrabajo el día de la semana que cada persona tenga autorizado) o la que en cada caso corresponda, según las resoluciones individuales dictadas en su día.”

Desde STAJ hemos solicitado a la Consejería que reactive de forma inmediata el plan de auto refuerzo, dado que se ha rebajado con carácter general el nivel de alerta sanitaria en Andalucía.

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STAJ informa. Cádiz: STAJ denuncia ante la Inspección de Trabajo el estado de los archivos de El Puerto.

· El Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia advierte que representan un riesgo para el personal de los Juzgados

· Acusan al Servicio de Infraestructuras de no preocuparse por la salud de los trabajadores

El Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia (STAJ) en Cádiz formuló este jueves una denuncia ante la Dirección Territorial de Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Andalucía debido a la situación que presentan los archivos judiciales de El Puerto de Santa María.

El STAJ denuncia “unas instalaciones tercermundistas sin ningún tipo de mantenimiento ni control por parte de la Administración responsable de ello y que, con total seguridad, puede provocar en cualquier momento un perjuicio grave en la salud y seguridad de los trabajadores que allí desempeñan sus funciones”.

Procedimientos judiciales amontonados en una nave industrial “sin las mas elementales medidas de conservación y protección”, cajas apiladas con información relativa a procesos electorales en los pasillos de los archivos, “con un deterioro claro por culpa de la humedades de la zona y las goteras del edificio, son algunos de los problemas que después de meses de reclamaciones al servicio de Infraestructuras de la Secretaría General Provincial de Justicia en Cádiz, no han sido tenidos en cuenta”, lamentan.

Sigue leyendo en www.diariodecadiz.es

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STAJ informa. Recorte a las pensiones de las mujeres trabajadoras

El pasado día 24 de febrero se publicó en el BOE Resolución de 18 de febrero de 2021, del Congreso de los Diputados, por la que se acuerda la convalidación del Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico.

Bajo este título engañoso, se esconde realmente un importante recorte al complemento a las pensiones de las mujeres que hayan tenido dos o más hijos a lo largo de su vida.

Hasta ahora, el complemento a las pensiones contributivas y de clases pasivas por este concepto consistía en un 5% del importe total de la pensión que tuviera reconocida la mujer, por cada hijo a partir del segundo, con un máximo de un 15%.

A partir de ahora, ese complemento será de una cantidad lineal por cada hijo, hasta un máximo de cuatro hijos. Para el ejercicio 2021, esa cantidad mensual por hijo es de 27 euros al mes.

Por ello, las mujeres a quienes se reconozca pensión a partir de ahora por importe de más de 1.080 euros brutos mensuales, que hayan tenido dos o más hijos, tendrán un complemento inferior al que les se reconocía hasta ahora.

Por ejemplo, una mujer con dos hijos, que tuviera reconocida una pensión de 1.300 euros brutos al mes -que desde luego no puede calificarse como elevada-, tendría derecho a percibir, con la anterior regulación, un complemento de 65 euros al mes. Si tuviese 3 hijos, tendría derecho a un complemento de 130 euros al mes, y si tuviese 4 hijos, el complemento sería de 195 euros mensuales. En cambio, con la nueva regulación, esa misma mujer sólo tendrá derecho a un complemento de 54 euros si tuviera dos hijos, 81 euros si tuviera tres hijos, o 108 euros si tuviera cuatro.

El recorte afecta también a pensiones bajas, si se han tenido más de tres hijos. Por ejemplo, para una pensión de 820 euros mensuales, con la regulación anterior se percibiría un complemento de 123 euros si se han tenido cuatro hijos, mientras que con la nueva se quedará en sólo 108 euros mensuales.

Evidentemente, cuantos más hijos (con un máximo de cuatro) y cuanto más alta fuese la pensión, el complemento al que se tenía derecho antes de la reforma era mayor. A partir de ahora, el importe de la pensión es irrelevante al tratarse de una cantidad lineal, como se ha expuesto, pero que como puede fácilmente imaginarse supone un importante tijeretazo a la mayoría de las pensiones contributivas que se reconozcan a partir de ahora, cuyas cuantías son generalmente superiores a los 1.080 euros brutos mensuales. Sí que es cierto que las madres con un sólo hijo a quienes se les reconozca una pensión a partir de ahora percibirán un complemento de 27 euros al mes, que con la regulación anterior no tendrían, y que las pensiones por debajo de esa cuantía sí verán mejorado el importe del complemento si tienen menos de tres hijos.

Hay que tener en cuenta, también –aunque esto no es nuevo-, en el caso de las pensiones de Clases pasivas, que el complemento se reconoce sólo en los casos de jubilación forzosa, incapacidad permanente para el servicio o viudedad. Queda excluida, por tanto, la jubilación voluntaria.

La continuidad del complemento tampoco está garantizada “sine die”, ya que la propia ley se encarga de decir que el complemento se mantendrá mientras se mantenga la brecha de género.

Una cosa positiva, al menos, sí que tiene la Ley: Las mujeres madres que ya tenían reconocido el complemento, lo mantienen.

En definitiva, se trata de un verdadero recorte a las pensiones de las mujeres trabajadoras, por más que se quiera vender como una medida para la “reducción de la brecha de género”.


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STAJ informa. Concurso específico Letrados A.J.

Publicado en el BOE de hoy 26 de febrero:

MINISTERIO DE JUSTICIA
Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia

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STAJ informa. STAJ reclama del Ministerio de Justicia la negociación de la carrera profesional, y el incremento del complemento específico para su ámbito

STAJ lleva años reclamando al Ministerio de Justicia el incremento del complemento específico que perciben los funcionarios destinados en su concreto ámbito de gestión –no transferido-, que es con diferencia el más bajo que se percibe en todo el Estado. Esta situación, ante la reiterada negativa del Ministerio a abordar esta cuestión, fue denunciada por STAJ incluso ante los Grupos políticos, con quienes mantuvimos diversas reuniones, que culminaron con la presentación de solicitud de enmiendas al articulado de la LPGE para 2021, en la cual se ha incluido una Disposición Adicional 157ª, que prevé la negociación del incremento del complemento específico para este personal, ordenando al Gobierno a establecer la dotación presupuestaria adecuada para este incremento.

STAJ también peleó también en su momento la introducción de la carrera profesional en la LOPJ fruto también de nuestras peticiones y de las reuniones mantenidas en su momento con diversos Grupos políticos en el Parlamento. La LOPJ prevé, desde la reforma de 2018, el complemento de carrera profesional, para la cual es preciso proceder de inmediato a la negociación con el Ministerio de Justicia para su plasmación mediante Real Decreto, tal como establece la Ley. STAJ ha vuelto a insistir al Ministerio la necesidad urgente de proceder a esta negociación, pendiente, como decimos, desde el año 2018.

Por otra parte, en el Acuerdo de diciembre de 2015 firmado por STAJ con el Ministerio de Justicia, se incluyó también el compromiso por parte de la Administración de buscar una solución al problema de la falta de cotización a la Seguridad Social, que afecta a muchos funcionarios interinos y que nos obligó a realizar muchas reclamaciones judiciales a nuestros afiliados. Esta cuestión también debe quedar resuelta con lo previsto en la LPGE para 2021, en cuya Disposición Adicional 158ª se establece que el Gobierno procederá a revisar, de oficio o a petición de las personas interesadas, y reconocer como cotizados los periodos que consten trabajados y no cotizados del personal de justicia que presente diferencias entre los períodos efectivamente trabajados que figuren en el certificado de servicios prestados y los que figuran en su certificación de cotizaciones.

STAJ sigue reiterando todas estas reivindicaciones, por escrito y en las reuniones que mantenemos con los responsables ministeriales en el seno de la mesa sectorial de retribuciones y empleo. Fruto de ello el Ministerio adquirió en las últimas reuniones el compromiso de iniciar el estudio de todas estas cuestiones, no más tarde del mes de marzo. Esperemos que el Ministerio cumpla, pues los funcionarios, sobre todo los de ámbito Ministerio, están ya muy cansados de esperar.

 

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STAJ informa: Gestión turno libre. Acuerdo del TCU

Publicado en la Web del Ministerio de Justicia:

Acuerdo del Tribunal Calificador Único de 18 de febrero de 2021

22 de febrero de 2021Acuerdo de 18 de febrero de 2021 del Tribunal Calificador Único por el que se abre plazo de presentación de documentación para los 8 nuevos aspirantes incluidos en la relación definitiva de aspirantes que han superado la fase de oposición y para los aspirantes que no consintieron la comprobación de oficio de las titulaciones y certificaciones académicas.

Documentos Asociados

 

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STAJ informa. Nota aclaratoria plazos toma posesión concurso

La Consejería acaba de remitirnos nota aclaratoria emitida por el Ministerio de Justicia (de la que informamos en su momento), advirtiendo que es de aplicación a todos los ámbitos.

Según esta nota, entre otras cuestiones, para el cómputo del plazo posesorio en los supuestos de personal que esté en comisión de servicios, se tomará como referencia el lugar donde radique el puesto que se está desempeñando efectivamente, y no el puesto que se ocupa “en propiedad”.

Desde STAJ hemos pedido a la Consejería que rectifique, dado que a este personal, para tomar posesión en las comisiones de servicio que ahora ocupan, no se les otorgó en su momento plazo posesorio alguno, sino que la posesión tuvo que ser inmediata.

NOTA INFORMATIVA MINISTERIO DE JUSTICIA

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STAJ informa. Listas de reserva personal interino. La Consejería parece que rectifica y en los próximos días resolverá sobre la inclusión de los que solo tienen un ejercicio aprobado

Desde que esta cuestión fue abordada en mesa sectorial en el mes de octubre, STAJ ha reclamado en varias ocasiones de la Consejería el cumplimiento de lo que establece con claridad la Orden de interinos respecto a quienes pueden formar parte de las listas de reserva de personal interino, a las que se acude cuando se agota el personal disponible en bolsa, antes de acudir a llamamientos a los servicios públicos de empleo. Por cierto que es justo recordar que la previsión de elaboración de las listas de reserva fue una propuesta exclusiva de STAJ que se plasmó en la modificación de la Orden de interinos en el año 2016, para evitar tener que acudir constantemente a las listas del SAE, habiendo personas con ejercicios aprobados de las oposiciones, pero que aún no habían tenido la oportunidad de acceder a la bolsa.

STAJ fue el único sindicato que advirtió que la Consejería estaba actuando erróneamente –así lo hicimos constar incluso por escrito-, pues sólo admitía en dichas listas a quienes tuviesen dos ejercicios aprobados, dejando fuera a quienes solo tuviesen uno, contraviniendo así lo establecido en la propia Orden de interinos, en su artículo 3.5, letra e).

A pesar de nuestras advertencias, la Consejería se empecinó en hacer las cosas mal y, tal como habíamos avisado, le han “llovido” los recursos. La cuestión ha llegado incluso al Parlamento de Andalucía y al Defensor del Pueblo Andaluz, y con todo este “revuelo”, se ha visto obligada a rectificar y ahora anuncia que en las próximas semanas resolverá los recursos. Queremos entender que lo hará favorablemente, aunque de esto todavía no nos han informado, todo lo están haciendo a través de notas de prensa.

Eso sí, el Consejero Marín, incluso en nota de prensa, ha vuelto a mentir, en lugar de admitir que ha tenido que rectificar forzado por la situación, afirmando que la Consejería “se ha limitado a cumplir el procedimiento legal establecido por el anterior gobierno y acordado con los sindicatos”. Falso. El procedimiento legal acordado con los sindicatos es el que figura en el artículo 3.5, letra e), de la Orden de interinos, que incluye a los que solo tengan un ejercicio aprobado. Procedimiento que es, precisamente, el que se ha saltado la Consejería, a pesar de nuestras advertencias. Aunque Marín no lo quiera reconocer.

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STAJ informa. Publicada en BOE la resolución del Concurso de traslados

Publicado en el BOE de hoy 19 de febrero.

Os recordamos fechas cese:

TRAMITACIÓN P.A.- 22 de febrero

GESTIÓN P. A. y AUXILIO JUDICIAL.- 26 de febrero

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
Destinos
  • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

MINISTERIO DE JUSTICIA
Destinos
  • Orden JUS/135/2021, de 11 de febrero, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/808/2020, de 28 de julio.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
Destinos
  • Orden de 11 de febrero de 2021, del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden de 28 de julio de 2020.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
Destinos
  • Resolución de 11 de febrero de 2021, del Departamento de Justicia, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
Destinos
  • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
Destinos
  • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Destinos
  • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Consejería de Presidencia, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
Destinos
  • Orden PRE/13/2021, de 11 de febrero, de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden PRE/126/2020, de 28 de julio.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
Destinos
  • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Justicia e Interior, de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

COMUNITAT VALENCIANA
Destinos
  • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
Destinos
  • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
Destinos
  • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Destinos
  • Resolución 45/2021, de 11 de febrero, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución 193/CT/2020, de 28 de julio.

COMUNIDAD DE MADRID
Destinos
  • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Justicia, Interior y Victimas, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

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STAJ informa. Así queda el complemento específico en Andalucía

Este año 2021 se aplica el último tramo del incremento del complemento específico pactado en el acuerdo de 27 de noviembre de 2018, suscrito por STAJ y otros sindicatos y al que se opuso SPJ-USO, a lo que se suma el incremento del 0,9% previsto en los Presupuestos Generales del Estado. Con ello, el incremento mensual acumulado en el complemento específico en Andalucía con respecto a lo que se percibía a diciembre de 2018 ha supuesto aproximadamente un total de 118-121 euros (según los Cuerpos). 

Las cuantías mensuales actualizadas para 2021 son las siguientes:

  • Médicos Forenses: 641,56 €
  • Gestión Procesal y Administrativa: 668,46 €
  • Tramitación Procesal y Administrativa: 634,89 €
  • Auxilio Judicial: 615,09 €

Complemento Violencia sobre la Mujer:

  • TRAMO 1: 262,58 €
  • TRAMO 2: 210,04 €
  • TRAMO 3: 140,48 €

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STAJ informa. Cuadro de retribuciones 2021.

A continuación como todos los años os dejamos un cuadro elaborado por STAJ, con las retribuciones actualizadas al año 2021 adaptado, salvo error u omisión, al incremento producido desde el 1 de enero de este año, del 0,9%. Así como la subida del complemento específico en Andalucía.

CUADRO DE RETRIBUCIONES 2021

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STAJ informa. MUGEJU: Publicado el número 45 de la revista “Mutuajudicial”.

Puede consultar el nuevo número de la Revista "Mutuajudicial" pinchando aquí.

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STAJ Opinión: Hay que acabar con el copago farmacéutico de los jubilados de MUGEJU.

Por el fin del copago farmacéutico de los pensionistas de Clases Pasivas que están obligados a seguir realizando el copago farmacéutico del 30% de los medicamentos una vez jubilados.

Recordamos que todos los funcionarios titulares están encuadrados en MUGEJU, tanto si han elegido las entidades médicas privadas, como si han elegido los servicios públicos de salud.

Por el hecho de ser funcionario titular ya se está encuadrado en MUGEJU, y por lo tanto se tiene la obligación de pagar el 30% de los medicamentos en situación de jubilación.

Unidos contra el abusivo copago farmacéutico.

La fundamentación de la iniciativa legislativa popular (ILP) que promovemos es conseguir la eliminación de la desigualdad que padece nuestro colectivo de pensionistas de Clases Pasivas (MUGEJU y también ISFAS y MUFACE) en la normativa vigente, que al acceder a la jubilación, con independencia de la cuantía de la pensión o de su capacidad adquisitiva, recordemos que afecta incluso en los casos de las reducidas pensiones de viudedad, siguen pagando el 30% de los medicamentos, a diferencia de los pensionistas de otros Regímenes de la Seguridad Social que al jubilarse no deben pagarlos, o pagan una cantidad mínima.

Este agravio comparativo, que se hace más dramático en el caso de las rentas más bajas, limita y cercena el acceso a la prestación farmacéutica por parte de los pensionistas de Clases Pasivas y sus beneficiarios en contra de los Principios constitucionales de igualdad y equidad, en concordancia con el artículo 43 de la Constitución española, el derecho de todos los ciudadanos a la protección de la salud.

¿Quién forma parte de esta iniciativa?

Se trata del trabajo conjunto y coordinado de más de 40 asociaciones profesionales y sindicatos de la Función Pública (entre ellas el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia -STAJ-) que hemos unido fuerzas para conseguir acabar con una situación injusta que afecta con mayor gravedad a los más débiles de nuestro colectivo de pensionistas de MUGEJU, MUFACE e ISFAS, sumándonos a la ILP presentada inicialmente por la Asociación de jubilados de la Policía Nacional de España y la Asociación de Retirados asociados a la Guardia Civil de España.

En la actualidad, tras concluir la fase administrativa de la tramitación de la ILP, vamos a dar comienzo a la fase de recogida de las 500.000 firmas necesarias para proceder a la tramitación parlamentaria de la " ILP contra el copago farmacéutico".

Reunión con los Grupos Parlamentarios.

En el contexto de la tramitación parlamentaria, representantes de las asociaciones promotoras de la ILP se han reunido con los distintos Grupos Parlamentarios.

Asombrosamente desconocían, incluso la portavoz del Pacto de Toledo y Seguridad Social, el hecho de tener que abonar el 30% de las medicinas en situación de jubilación, y tras intervenir los representantes de las tres mutualidades ( MUGEJU, ISFAS y MUFACE ) explicándoles la discriminación que sufrimos con respecto a los jubilados de otros Regímenes de la Seguridad Social se ha creado una mesa de trabajo, en la que les vamos a dar traslado de la documentación que nos han requerido y con el compromiso de volvernos a reunir cuando la hayan estudiado.

Entienden que el abono del 30% de las medicinas y la discriminación se tiene que acabar, máxime cuando persiguen la eliminación en esta legislatura del copago farmacéutico, y les gustaría analizar de qué manera se puede incluir al colectivo de Clases Pasivas en esa eliminación, incluso abordar con carácter inmediato medidas que solucionen el problema a la parte más desprotegida de ese colectivo (viudas/os, jubilados/as con rentas bajas) sin perjuicio de buscar una solución definitiva.

Parece que se están asentando cimientos importantes para la solución definitiva.

No obstante queda mucho recorrido aún: reunir y presentar la documentación que nos han pedido, continuar con la iniciativa legislativa popular, y mantener reuniones con los distintos Grupos Parlamentarios.

Importante: Quienes estén en servicio activo, y tengan relación con compañeros jubilados, por favor, pueden informar de la "ILP contra el copago farmacéutico" a los que están jubilados.

Aquellos compañeros jubilados, y por tanto principales interesados en que se suprima el copago, que quieran sumarse a la iniciativa, y firmar la "ILP contra el copago farmacéutico", se pueden pasar por los locales del Sindicato STAJ.

Este llamamiento es válido para todos los jubilados de las distintas mutualidades (MUGEJU, MUFACE e ISFAS).

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STAJ informa. Concurso de traslados: Nota aclaratoria ámbito Ministerio

El Ministerio ha emitido nota aclaratoria respecto a los plazos posesorios del concurso para los adjudicatarios de plazas en su ámbito.

ACCEDE AQUÍ

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STAJ informa. Procesos selectivos. Recordatorio.

A continuación, os ofrecemos un breve resumen sobre el estado de los procesos selectivos para vuestro conocimiento:

AUXILIO JUDICIAL. – Como os avanzamos hace unos días, el Ministerio de Justicia ya ha mantenido una reunión con las Comunidades Autónomas con competencias en materia de personal en la cual se ha señalado como fecha posible el próximo 17 de abril para la realización de los dos ejercicios de Auxilio, siempre y cuando la situación sanitaria no lo impida, pero, como decimos, aún no es seguro nada.
TRAMITACIÓN TURNO LIBRE. – A día de hoy seguimos pendientes de la valoración provisional de los méritos que está realizando de oficio el Ministerio de cada opositor aprobado en la fase de oposición. Hasta el próximo mes de marzo no se tendrán los listados provisionales de méritos. 
GESTION TURNO LIBRE. – El periodo posible que se baraja para la publicación de la lista provisional de méritos es la segunda quincena de febrero, sin indicar el Ministerio un día concreto; posteriormente quedaría el periodo de alegaciones y una vez presentadas y revisadas se procedería a la publicación definitiva de las listas, quedando pendientes los exámenes de lengua de las distintas comunidades, de los cuales tampoco hay información de cuándo se realizarán.

Desde STAJ ya hemos trasladado nuestra queja al Ministerio expresando que, a pesar de la pandemia, es necesario y urgente agilizar los procesos selectivos ya que los opositores no podéis estar en situación permanente de inseguridad.

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STAJ informa. Iniciativa legislativa popular: No al copago farmacéutico de los jubilados de MUGEJU.

Como ya sabéis STAJ se ha unido a la campaña de eliminación del Copago Farmacéutico al que estamos sometidos cuando nos jubilamos. Esta campaña fue iniciada por el colectivo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Policía y Guardia Civil, mediante la presentación de una Iniciativa Legislativa Popular, (ILP). que requiere la presentación de 500.000 firmas.

A fin de aunar fuerzas se pusieron en contacto con STAJ, como único Sindicato Específico de Justicia, para la colaboración y logro de este objetivo y que nuestro colectivo de MUGEJU fuese incluido en esta ILP.

Si bien inicialmente la ILP no recogía al colectivo de Justicia, una vez que STAJ se ha sumado a esta proposición, los promotores de la campaña presentaron escrito a la Mesa del Congreso de los Diputados a fin de incluir a los Mutualistas de MUGEJU, con el siguiente contenido:

"En virtud de lo expuesto, Por lo que a la Mesa del Congreso de los Diputados, SUPLICO: Que, teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, y virtud tenga por formuladas las anteriores alegaciones al expediente 120/000008/0000, de la XIII legislatura, y proceda a incorporar al mismo, a los pensionistas y sus beneficiarios de la Mutualidad General Judicial, (MUGEJU) a los efectos de tenerlos en cuenta, a la hora de dirimir el siguiente trámite y resolución final de la Iniciativa Legislativa Popular, para la eliminación del 30 por ciento del Copago Farmacéutico, para los pensionistas y sus beneficiarios encuadrados en MUFACE e ISFAS."

La plataforma se ha ido reuniendo con los distintos Grupos Políticos presentes en el Congreso para exponerles la situación y tomaran conciencia de lo que supone este Copago para los jubilados de las mutualidades.

Desde STAJ, seguiremos trabajando, recogiendo firmas en las distintas sedes judiciales, siendo el único sindicato de justicia que está luchando por la eliminación del Copago farmacéutico en MUGEJU.

Por lo que os animamos a colaborar con esta campaña dado que es un beneficio para todos, ya que tarde o temprano en algún momento nos veremos afectados una vez nos jubilemos.

Escrito Adhesión ILP

Comunicado de prensa

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STAJ informa. Publicación listados definitivos concurso de traslado

Publicado en la Web del Ministerio de Justicia:

16 de febrero de 2021

Orden de 11 de febrero de 2021, del Ministerio de Justicia, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslado para plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, anunciado por Orden JUS/808/2020, de 28 de julio.

Fecha de publicación prevista en el BOE: 19-2-2021

Documentos Asociados

Recordamos. Fecha de publicación en BOE: 19 de febrero

Fechas de cese.-

  • Tramitación P.A.: 22 de febrero de 2021.
  • Gestión P.A. y Auxilio Judicial: 26 de febrero de 2021.

 

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STAJ informa. Convocatoria bolsa interinos Canarias

En el boletín Oficial de Canarias se publica hoy 16 de febrero la convocatoria para la constitución de las “listas de empleo de los Cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia en Canarias.”

Plazo de presentación de solicitudes: 1 mes desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial.

Amplía la información en nuestra Web de STAJ Canarias AQUÍ

ACCEDE AL BOLETÍN CON LAS BASES DE LA CONVOCATORIA AQUÍ

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STAJ Opinión: Preparando la vacunación.

Desde el STAJ hemos solicitado firmemente nuestro encuadre dentro de Servicios Esenciales para el calendario de vacunación Covid-19, pues si bien debería darse por hecho que lo somos, con esta administración no nos podemos relajar. Dentro de dicha vacunación temprana para nuestro colectivo de Justicia, deben tener prioridad a aquellos compañeros que por su puesto de trabajo, se encuentran en el día a día más expuestos a posibles contagios (Guardias, Servicio de Notificaciones, IML, Registro Civil…).

Aconsejamos a todo el personal que tenga enfermedades y patologías previas debidamente acreditadas, que recopile los informes médicos para tener la documentación al día en el momento en que nos dejen presentarla. De igual modo, debemos haber actualizado nuestros datos en MUGEJU, así como tener localizado el número de SIP, dejamos ambos enlaces directos más abajo.

Os mantendremos al corriente sobre cualquier noticia o nueva información al respecto.

Obtención número SIP

Actualización datos MUGEJU

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STAJ informa. MUGEJU: Nota sobre las actuaciones para la vacunación.

La administración de vacunas contra la COVID 19 se encuadra dentro de las acciones de prevención y control de la enfermedad producida por el virus SARS-CoV-2.

Las vacunas son de adquisición centralizada, de modo que son proporcionadas por el Ministerio de Sanidad y su administración corresponderá en todo caso a los recursos, centros y hospitales que decidan los Servicios Públicos de Salud.

En esta línea, el colectivo de mutualistas será vacunado por el Sistema Nacional de Salud de igual forma que el resto de la población general. Es decir, la vacunación del colectivo de MUGEJU está garantizada, tanto para los mutualistas y beneficiarios adscritos a los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas y al INGESA, como para los adscritos a entidades de seguro libre.

Volvemos a recordar a todos los mutualistas que para que estas medidas sean efectivas y sea posible la localización por los servicios públicos de salud es imprescindible tener actualizados los datos (sobre todo el domicilio) en la Mugeju, lo que puede hacerse en el siguiente enlace: https://sedemugeju.gob.es/datos-personales.
En este contexto, la actuación de MUGEJU va dirigida a los siguientes objetivos:

  • Estar informada del desarrollo de la Estrategia de Vacunación frente a la COVID-19 en España (la Estrategia de vacunación y sus actualizaciones se pueden encontrar en la web del Ministerio de Sanidad en este enlace), en contacto con el Ministerio de Sanidad y con los Servicios de Salud Pública de las Comunidades Autónomas, coordinando la actuación con las otras dos Mutualidades (MUFACE e ISFAS).
  • Mantener un canal de comunicación con los responsables de la vacunación para que estén al tanto de las peculiaridades del colectivo de Mutualistas, para asegurar en definitiva su vacunación en condiciones de equidad con el resto de los ciudadanos, especialmente teniendo en cuenta que un elevado porcentaje de los mismos recibe su prestación de asistencia sanitaria a través de entidades médicas privadas.
  • Hacer llegar a los Mutualistas por todas las vías posibles (emisión de una Circular informativa, envío de correos electrónicos masivos, página web, difusión a través de las Delegaciones Provinciales, reseña en la revista MutuaJudicial, comunicaciones por correo postal, entre otras) la información sobre estas actuaciones de MUGEJU para que conozcan que se está trabajando en este sentido.

A día de hoy, por lo tanto, se ha establecido contacto con prácticamente todas las Comunidades Autónomas y con las Ciudades Autónomas de Ceuta y de Melilla, habiéndose ya iniciado en mayor o menor grado el intercambio de información con la mayoría de ellas, como se puede observar en el listado de actuaciones.

Por otro lado, destacar que en las conversaciones llevadas a cabo, tanto con el Ministerio de Sanidad como con las diferentes Comunidades Autónomas, se ha podido constatar que el personal mutualista adscrito al Instituto Nacional de Toxicología y a los Institutos de Medicina Legal, en su calidad de personal sanitario, se encuentra incluido entre los que van a recibir la vacunación en la primera fase definida por la Estrategia de Vacunación frente a la COVID-19.

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STAJ informa. Oposición Letrados, turno libre: Relación de aprobados.

En el BOE de hoy viernes 12 de febrero se publica la Orden JUS/116/2021, de 8 de febrero, por la que se publica la relación de aprobados de las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Orden JUS/402/2019, de 19 de marzo.

Los aspirantes disponen de un plazo de 20 DÍAS HÁBILES desde el lunes para presentar en el registro general de este ministerio, calle de La Bolsa, n.º 8, código postal 28012 de Madrid, o bien, en los registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la documentación que figura en la orden.

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STAJ informa. Mesa sectorial modificación resolución teletrabajo Andalucía

CELEBRADA MESA SECTORIAL PARA LA MODIFICACION DE LA RESOLUCIÓN DEL TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA ANDALUZA

DESCARGA ESTA INFORMACIÓN EN PDF

Con el objetivo de modificar el protocolo de teletrabajo de fecha 19 de enero para adaptarla a las modificaciones acordadas en mesa general de función pública de fecha 26 de enero, se ha celebrado hoy Mesa Sectorial de Justicia.

STAJ ha intervenido para criticar la gestión de la Consejería de Justicia por haber dejado transcurrir casi un año desde que comenzó la crisis sanitaria, observando cómo se ha desperdiciado todo este tiempo para conseguir que el teletrabajo fuese ya una realidad en nuestra administración a fin de convertirse en un medio de contención ante situaciones como la que vive nuestra sociedad. Hemos recordado que desde un primer momento STAJ ha apostado por que el teletrabajo sea la herramienta que permita que la Justicia preste sus servicios esenciales a la ciudadanía a la par que preserve la salud tanto de sus trabajadores como de los justiciables. Desde el inicio de la pandemia así lo hemos reivindicado y hemos recordado los numerosos escritos que al efecto hemos presentado.

Finalmente, hemos manifestado que a juicio de STAJ poco hemos avanzado porque sigue sin apostarse decididamente por realizar las inversiones necesarias y porque siempre hemos ido a la zaga o remolque de lo que se ha ido regulando en las mesas generales de función pública, obviando el importante aspecto que supone el hecho incuestionable que esa regulación válida para otras administraciones, no tiene en cuenta las particularidades y especificidad del trabajo que se realiza en Juzgados y Tribunales que, poco o nada tiene que ver con el sistema y organización de trabajo de esas otras administraciones. No vemos que se hayan cumplido objetivos necesarios a corto plazo y, menos aún, perspectivas de que a largo plazo se estén planificando soluciones.


Por último, y a preguntas de STAJ, por el Director Gral. de Infraestructuras se ha informado que actualmente existen 539 funcionarios teletrabajando y 28 solicitudes pendientes. Respecto a cuando se dispondrá de portátiles para todos los funcionarios de justicia ha manifestado que este año 2021 realizarán un primer pedido y previsiblemente estarían para finales de año y que en los próximos años se pretende que el número alcance a todos.

ACCEDE AQUÍ AL TEXTO DE LA MODIFICACIÓN DEL PROTOCOLO DE TELETRABAJO EN ANDALUCÍA

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STAJ informa. ULTIMAS NOTICIAS CONCURSO DE TRASLADO

El Ministerio nos acaba de comunicar que los ficheros con la adjudicación definitiva se remitirán lo más pronto posible durante la semana que viene.

Asimismo, indican que la Fecha de publicación en el BOE prevista: 19-2-2021

Nos adjuntan copia de la Orden definitiva del concurso de traslados ordinario entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio de la Administración de Justicia, anunciado con fecha 28-7-2020 (BOE 1-9-2020) (ámbito Ministerio)

FECHAS CESES: el cese deberá efectuarse en las fechas que a continuación se indican: Tramitación Procesal y Administrativa, el 22 de febrero de 2021, lunes; Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, el 26 de febrero de 2020, viernes.

Se ha introducido un segundo párrafo nuevo en el punto Quinto,

“Aquellos funcionarios que se encuentren desempeñando una comisión de servicios, no será necesario que se desplacen al órgano judicial de origen que tengan reservado para formalizar el cese, pudiendo realizarlo en el órgano en el que estén prestando la comisión, para ello las Gerencias harán llegar los documentos al órgano en el que el concursante se encuentre desempeñando la comisión”.

y se ha añadido un punto Noveno.

Noveno.- Debido a la situación de pandemia que estamos viviendo actualmente, en los casos debidamente justificados que no hayan encontrado alojamiento en la localidad de destino, a aquellos funcionarios que les sea imposible tomar posesión en los plazos señalados, se les amplía el plazo de cese y de toma de posesión durante el tiempo imprescindible que sea necesario para solventar el concreto caso en el que se encuentre la persona afectada.

Para ello, comunicarán dicha circunstancia a la Gerencia Territorial o al órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, aportando la documentación acreditativa de la imposibilidad de asistir a tomar posesión en el destino adjudicado. Una vez que finalice la causa de dicha imposibilidad, deberán comunicarlo también a la Gerencia o Comunidad Autónoma, cesando al día siguiente de dicha notificación, contando entonces los plazos posesorios establecidos en los puntos Sexto y Séptimo.

Estos dos apartados habían sido solicitados expresamente por STAJ al Ministerio. Es de suponer que estos apartados se incluirán en todas las resoluciones de concurso de cada uno de los ámbitos.

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STAJ informa. Abierto el plazo de solicitud de Residencias Tiempo libre de la Junta de Andalucía

Se ha abierto el plazo para solicitar estancias en Residencias de Tiempo Libre de la Junta de Andalucía temporadas Semana Santa y Alta de verano 2021, del 4 de febrero a 3 de marzo.
Con objeto de facilitar la presentación telemática de solicitudes ante la situación sanitaria derivada de la pandemia ocasionada por la COVID-19, se ha incluido la presentación telemática a través de representante acreditado al efecto.

Adjudicaciones

Las plazas se adjudicarán por sorteo en turnos de temporada alta de verano, en temporada alta de nieve y en Semana Santa. En mayo, junio, (Pradollano), septiembre, octubre y noviembre, este último en Siles, las adjudicaciones se realizan conforme a los criterios publicados, teniendo prioridad las solicitudes presentadas por personas residentes en Andalucía que no hubieran disfrutado nunca de estancias en la Residencia y temporada solicitada o que lo fueron hace más tiempo, por orden cronológico de entrada de la solicitud en igualdad de condiciones.

Accede a más información en el siguiente enlace:

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/areas/relaciones-laborales/tiempo-libre.html

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STAJ informa. Se retrasa la puesta en marcha del plan de auto refuerzo en Andalucía

La Consejería nos informa que debido a la actual situación sanitaria, que ha dado lugar a que en algunos Órganos Judiciales se haya producido el confinamiento de funcionarios por contacto con positivos por COVID, algunos con toda la plantilla aislada, hace necesario reconsiderar la fecha de entrada en funcionamiento de las medidas de autorefuerzo en horario de tarde, ya que no se puede implementar esta medida si el órgano judicial tiene confinada a la totalidad o a la mayoría de su plantilla.

En un principio se había pensado que la medida se iniciara el próximo 15 de febrero, pero por el motivo expuesto con antelación, se pospone su puesta en marcha.

Se irá analizando semana a semana viendo la evolución de la pandemia y su repercusión en la actividad judicial para establecer la nueva fecha en la que pueda comenzar tal actuación.

Desde STAJ hemos pedido a la Consejería que reconsidere esta decisión, pues aun siendo conscientes de la situación, la mayoría de órganos judiciales están al cien por cien de sus plantillas, por lo que el plan puede perfectamente ponerse en marcha, aunque sea de forma más selectiva, posponiéndolo quizá en aquellos órganos donde la plantilla sí esté muy mermada. Es más, precisamente para estos casos el autorefuerzo es aún más necesario. El atraso que padecen muchos juzgados como consecuencia de los meses de estado de alarma durante el año 2020 y en general por la situación de pandemia, no permiten que el plan se siga demorando.

Por otra parte, STAJ ha vuelto a pedir a la Consejería la agilización de las autorizaciones de teletrabajo y la eliminación de las trabas tanto burocráticas (principalmente, los informes de los LAJs), como técnicas.

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STAJ informa. Nuevo complemento a las pensiones

Nuevo complemento a las pensiones para reducir la brecha de género que sustituye al complemento por maternidad

En el BOE de hoy miércoles 3 de febrero se publica el Real Decreto-Ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico.

Esta norma modifica tanto el artículo 60 de la Ley General de Seguridad Social, como la Disposición Adicional 18ª de la Ley de Clases Pasivas del Estado, creando un nuevo complemento a las pensiones, el complemento para reducir la brecha de género, que sustituye al anterior complemento por maternidad. No solo cambia el nombre, sino su estructura, cuantía y el sistema de reconocimiento.

Hasta hoy, con el complemento por maternidad, las pensionistas por edad forzosa recibían un plus del 5% de la cuantía de su pensión de jubilación si se habían tenido dos hijos, del 10% con tres y del 15% por cuatro o más hijos. No se percibía nada si sólo se había tenido un hijo.

Para las nuevas pensiones que arranquen a partir de mañana, con un hijo será suficiente para tener derecho a este complemento, que pasa a ser una cuantía fija: 27 euros al mes (en 14 pagas) o, lo que os lo mismo, 378 euros al año por hijo, hasta un máximo de cuatro hijos (1.512 euros). Esta cantidad subirá cada año en el mismo porcentaje en que lo hagan las pensiones contributivas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

En principio, este nuevo complemento sólo lo percibirán las mujeres, aunque hay casos en los que un hombre también puede cobrarlo.

  • Aquellos que pasen a recibir pensión de viudedad y tengan hijos a cargo que cobren la de orfandad (porque son menores o siguen estudiando hasta cierta edad).
  • Los hombres que cobren pensión por incapacidad permanente o jubilación siempre que la suma de sus pensiones sea inferior a la de la mujer, si ella también tiene derecho, y demuestren que su carrera profesional se ha visto afectada por la paternidad.

Este complemento de las pensiones se mantendrá mientras la brecha de género en las pensiones (la diferencia entre la media de lo que cobran hombres y mujeres) sea superior al 5%. Si esa brecha baja de esa cifra, el Gobierno presentará un proyecto de ley para derogarla tras consultar a los agentes sociales.

El complemento por maternidad que cobran actualmente muchas mujeres pensionistas lo mantendrán tal cual, sin cambios.

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STAJ informa. Aclaración sobre Sentencia AN Bases comunes procesos selectivos

ACLARACION SOBRE SITUACIÓN GENERADA POR LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL EN RELACION CON LAS BASES COMUNES DE LOS PROCESOS SELECTIVOS DE JUSTICIA

Estamos recibiendo muchas consultas ante los múltiples rumores que están circulando tras la publicación de la sentencia de la Audiencia Nacional dictada en fecha 28 de enero de 2021 en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 912/2019 cuyo FALLO establece:

ESTIMAR PARCIALMENTE el recurso contencioso-administrativo promovido por DOÑA xxxxxxxxxx, contra la Orden JUS/291/2019 de 4 de marzo por la que se establecen las bases comunes que han de regir los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, por no ser conforme a derecho.

Se anula dicha Orden en lo referente a las Bases quinta.2 y sexta.2 en tanto establece notas mínimas para superar el primer ejercicio de la fase de oposición distintas (60% y 50% de la nota).

Se anula igualmente la Base sexta.4 en tanto permite la reserva de nota de la fase de oposición con una nota mínima del 50% de la nota posible, de forma contraria al artículo 3.8 del Real Decreto 955/2018 de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para 2018 que exige superar el 60% de la calificación máxima.

Se desestiman el resto de las pretensiones deducidas.

Sin condena en costas.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y que frente a ella cabe recurso de casación que habrá de interponerse ante esta Sala, previa consignación del preceptivo depósito para recurrir, en el plazo de en el plazo de 30 días, contados desde el siguiente al de la notificación de aquélla, mediante escrito en el que deberá justificar los requisitos exigidos en el artículo 89 de la LJCA (…)”.

Desde STAJ trasladamos prudencia, la sentencia es muy reciente, y está en plazo para recurrir, lo habitual es que la Abogacía del Estado recurra ante el Tribunal Supremo.

No nos corresponde, pues, en este momento hacer interpretaciones sobre esta y sobre sus efectos en los procesos selectivos de Gestión y Tramitación Libre, que se encuentran en la fase de concurso en la actualidad y pendientes de publicar las listas provisionales de méritos.

El turno de promoción ha tomado posesión tanto en GPA como TPA.

Ni los Tribunales calificadores únicos, ni el Ministerio de Justicia, en tanto no sea esta sentencia firme, van a modificar los procesos selectivos, por lo que continuarán su trámite hasta su finalización.

Si en un futuro se declara firme o en su caso el Tribunal Supremo se pronuncia, y confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, el Ministerio tendría que convocar a los afectados a la realización del ejercicio que corresponda  (en caso de que hubieran superado el segundo, que tendrá que corregirse para ellos), y continuar todo el proceso con la fase de méritos, y en caso de superar todo el proceso selectivo con nota superior a alguno de los aprobados, en ese caso tendrían que nombrarlos funcionarios con números “bis” en el escalafón, con el reconocimiento de los efectos administrativos y económicos que en su caso corresponda; pero sin que ello  afectara a quienes se encuentren inmersos en el proceso selectivo actual y una vez superado ya hubiesen sido nombrados funcionarios de carrera.

Por todo ello, en estos momentos hemos de ser prudentes y esperar la firmeza de la sentencia, o en su caso esperar a la resolución del Tribunal Supremo en el recurso correspondiente.

Con respecto al proceso selectivo de Auxilio Judicial, informar que por la evolución de la pandemia las fechas sobre las que trabajaba el Ministerio de Justicia del 20 o 27 de marzo para realizar los exámenes, nuevamente se retrasan, para después de Semana Santa, sin haber facilitado más información el Ministerio de Justicia. Asimismo sigue con la intención de que los opositores puedan examinarse en sus provincias de residencia a fin de evitar al máximo desplazamientos y acumulación de opositores en determinadas sedes.

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STAJ informa. Negociación Teletrabajo Mesa sectorial nacional Justicia

El pasado jueves 28 de enero tuvo lugar una nueva reunión por videoconferencia entre el Ministerio de Justicia y los sindicatos con representación en la mesa sectorial, sobre la implantación del teletrabajo en la Administración de Justicia, en la que continuó la discusión sobre algunos aspectos principales de la norma que lo regulará para nuestro ámbito. El Ministerio tomó nota de nuestras alegaciones, quedando pendiente de una nueva convocatoria las próximas semanas. Aunque hemos vuelto a pedirlo, una vez más el Ministerio de Justicia no facilitó datos de los resultados de la implantación del teletrabajo actual, puesto en marcha durante la situación de pandemia.

Esta regulación que se negocia ahora está pensada para situación de normalidad, no para la situación excepcional de pandemia, que deberá regirse por lo establecido para la Fase III de desescalada y en los protocolos o regulaciones que en cada ámbito se establezcan o se hayan establecido ya.

Desde STAJ hemos puesto de manifiesto que consideramos que se trata de un derecho y no un privilegio que concede la Administración, lo cual quedó meridianamente claro.

STAJ reiteró las alegaciones que venimos realizando desde el principio, de las cuales algunas han sido aceptadas pero otras, muy importantes y que consideramos que pueden mejorar la regulación, aun no han sido acogidas. Os trasladamos algunos puntos de esta regulación y parte de las peticiones de STAJ.

El teletrabajo es voluntario y reversible. Para STAJ debe tener acceso al teletrabajo todo el personal de Justicia que lo solicite, respetando los límites que se fijen en caso de concurrencia de solicitudes, pero no debe ser excluyente. Por tanto, de ser necesario por no poder prestarse simultáneamente teletrabajo por varios funcionarios del mismo órgano, deben establecerse turnos, dando preferencia a aquellos en quienes concurran circunstancias especiales o de conciliación familiar, pero no de forma excluyente, pues todo el que lo solicite debe poder acogerse a teletrabajo. Las preferencias no pueden ser las mismas que en situación de pandemia, ello sin perjuicio de que en determinadas circunstancias, como el caso de víctimas de violencia de género, pueda estudiarse la preferencia a la hora de la concesión de teletrabajo.

El Ministerio pretende que sea incompatible con el teletrabajo el disfrute de otras medidas de conciliación o flexibilidad horaria, algo a lo que desde STAJ nos hemos opuesto, porque de ningún modo puede negarse el derecho a utilizar esta herramienta por quienes tengan concedida, por ejemplo, una reducción de jornada. No hay razón objetiva para negar el teletrabajo a este personal.

Los derechos y obligaciones, vacaciones, permisos, etc., no deben variar, y son los mismos tanto para los que realizan sus funciones de forma presencial como para los que lo hacen a distancia.

Para STAJ la implantación del teletrabajo lleva aparejada presupuesto y la correspondiente memoria económica. El Ministerio en este sentido no ha informado nada, y más bien parece eludir y retrasar su obligación de dotar de los medios tecnológicos necesarios para que el personal pueda prestar servicios a distancia, obligación recogida no sólo en normas de carácter general, como el TREBEP, sino también en normas propias de nuestro ámbito, como la Ley 3/2020 entre otras. Aunque podría ser comprensible que actualmente no pueda dotarse de todos los medios, sí debe haber un compromiso claro por parte de la Administración en este sentido, fijando plazos.

Puestos susceptibles de teletrabajo.- Desde STAJ insistimos en que lo que hay que hacer es definir lo más nítidamente posible no los puestos susceptibles de teletrabajo (que en principio deberían ser todos), sino las “tareas” o “funciones” que no pueden desempeñarse a distancia, por razones objetivas y no dejarlo al arbitrio o antojo del responsable funcional de turno.

Duración autorización teletrabajo.- El teletrabajo requiere previa solicitud y autorización de la Administración, que se concede por 12 meses prorrogables una sola vez. STAJ ha pedido que las prórrogas sean indefinidas. El Ministerio dice que sólo se prorroga una vez, pero ello no impide que el funcionario pueda volver a hacer una nueva petición.

Jornada semanal en teletrabajo.- Sólo se puede teletrabajar 3 días a la semana. STAJ ha pedido que se tome como referencia un periodo temporal más amplio, por ejemplo dos semanas, si es necesario para facilitar el establecimiento de turnos.

Jornada laboral.- El Ministerio dice que salvo motivos justificados de conciliación familiar, el horario debe ser el mismo que en modalidad presencia. Desde STAJ proponemos que la parte rígida de obligado cumplimiento, dentro de la cual se incluye el horario de atención al público, sí sea la misma que en modalidad presencial, pero que se deje libertad para la parte flexible, pudiendo realizarse en cualquier momento a criterio del trabajador, con respeto en todo caso a los tiempos de descanso obligatorio.

Porcentajes.- El Ministerio sólo acepta que puedan prestar simultáneamente teletrabajo un 30 por ciento de la plantilla del órgano. STAJ ha solicitado su ampliación al 50 por ciento o que se modifique la redacción de este apartado para posibilitar que puedan teletrabajar también los destinados en UPADs o Juzgados de Paz u órganos con poco personal, pues con el porcentaje del 30 por ciento no podrían nunca hacerlo.

Protección de datos.- Exigimos aplicación estricta de la normativa sobre protección de datos y privacidad del personal, que bajo ningún concepto pueden ser divulgados, ni siquiera los que se hayan facilitado obligatoriamente para posibilitar el teletrabajo. El Ministerio debe habilitar mecanismos de atención al ciudadano que oculten la imagen, número telefónico, correo electrónico, etc., del trabajador.

Procedimiento de autorización.-
El Ministerio pretende vincularlo casi exclusivamente a la voluntad del responsable de turno, requiriendo además un doble informe, del LAJ y del Secretario Coordinador provincial (o en su caso Fiscal Jefe, o Director de IML). Para STAJ esto no dará lugar más que a arbitrariedades (ya está pasando), sobre todo porque no están definidas cuáles son las razones objetivas por las que se puede informar de forma desfavorable al teletrabajo. En todo caso hemos exigido que de los informes negativos, además de no ser vinculantes, se confiera traslado al funcionario para alegaciones.

Suspensión y extinción de la autorización de teletrabajo.- El Ministerio pretende que se suspenda automáticamente cuando hay fallos en el sistema dos días consecutivos, plazo que nos parece muy escaso teniendo en cuenta que no es algo imputable al trabajador, por lo que el plazo debe ser mayor. En cuanto a las causas de extinción, deben ser objetivas y constatadas de manera razonada.

Otros aspectos importantes que han quedado pendientes son la autoevaluación de riesgos laborales, el Ministerio está estudiando las propuestas que hemos hecho en este sentido, con formularios de autoevaluación aprobados en ámbitos como, por ejemplo, Andalucía.

Otro aspecto importante es la formación, para la que STAJ ha solicitado se acometan las actividades formativas suficientes y accesibles a todo el personal.

Todas las aportaciones realizadas serán estudiadas por el Ministerio, debiendo celebrarse una nueva reunión en las próximas semanas. Seguiremos informando.

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