STAJ informa. Lagunas cotización Seguridad Social. Solicitud certificación servicios efectivos.

Tal como adelantábamos hace unos días (ver información AQUÍ), el Ministerio nos ha remitido la instrucción que regula en el ámbito de competencias y actuación del Ministerio de Justicia la tramitación y expedición, a petición del interesado, de certificados personales por servicios efectivamente prestados en el ámbito de la Administración de Justicia, por el personal funcionario o laboral, dentro de los cuales haya períodos en los que no exista constancia de su cotización a la Seguridad Social, a los fines establecidos por la disposición adicional centésima quincuagésima octava de la Ley 10/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021.

Como decimos, las instrucciones son aplicables exclusivamente para su ámbito de competencias, aclarando el Ministerio que no procederá a certificar los siguientes servicios prestados, por no corresponder a su ámbito de competencia o actuación:

a. Como Juez sustituto o Magistrado suplente.

b. Como funcionario o personal laboral, en los órganos y oficinas judiciales o del Ministerio Fiscal, en el territorio de las Comunidades Autónomas cuyos medios personales de la Administración de Justicia se encontraban transferidos en el momento de la prestación de servicios para los que no existe constancia de cotización.

En los casos a los que se refieren las letras a y b anteriores, la expedición de la certificación podrá solicitarse conforme a las instrucciones y procedimientos que en su caso hayan dictado, respectivamente, el Consejo General del Poder Judicial y la Consejería de Justicia de la Comunidad Autónoma correspondiente. Desde STAJ ya nos hemos dirigido a las CCAA con competencias para que emitan sus correspondientes instrucciones y modelo de solicitud, que debe ser similar al recogido en la Instrucción del Ministerio.

Igualmente la Instrucción no es de aplicación a quiénes se encuentren en el ámbito de aplicación del Régimen de Clases Pasivas. En este caso, y tal como hemos manifestado desde STAJ en reiteradas ocasiones, los períodos trabajados en la Administración de Justicia en cualquier carrera, cuerpo o categoría, como personal funcionario o laboral, para los cuales, en su caso, no existe constancia de cotización a la Seguridad Social, no afectan al reconocimiento y cálculo de la correspondiente prestación económica de Clases Pasivas, pues la misma se determina en base a los servicios efectivamente prestados, independientemente de que concurran períodos en los que no se haya acreditado la cotización.

Os recordamos también que con carácter general esta certificación no es necesario pedirla ahora, pues lo conveniente es solicitarla en el momento en que se acerque la fecha de la jubilación, para así tener los datos lo más actualizados posible (por si se produjera alguna otra laguna de cotización desde ahora y antes de la fecha de la jubilación)

Puedes acceder a la instrucción y a los modelos de solicitud para ámbito Ministerio en el siguiente enlace.

INSTRUCCIÓN Y MODELOS SOLICITUD CERTIFICACION SERVICIOS EFECTIVOS A EFECTOS COTIZACIÓN SS

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