STAJ Informa. Nota aclaratoria sobre vacaciones 2017

Estando próximo el período vacacional, se recuerda:

  • La duración de las vacaciones retribuidas será de 22 días hábiles anuales por año completo de servicio, o el tiempo que corresponda proporcional si la prestación de servicio durante el año fuese inferior.

     

  • En el supuesto de haber completado quince años o más de servicio en la Administración, se tendrá derecho al disfrute de días adicionales.

     

  • Para el cálculo de los días, los sábados no se computarán como hábil. Las vacaciones se disfrutarán dentro del año natural y hasta el 31 de enero del año siguiente.

     

  • Las solicitudes de vacaciones a disfrutar los meses de julio, agosto y septiembre, deberán solicitarse a través del sistema telemático “Hermes”, antes del treinta y uno de mayo, a fin de permitir al Responsable Técnico Procesal el visado de las solicitudes y su remisión a la Delegación de la Consejería competente, todo ello con el fin de garantizar la adecuada prestación del Servicio público, de conformidad con la Resolución de 30 de julio de 2013, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, por la que se aprueba el Manual de Gestión de Normas, Procedimientos y Criterios en materia de Vacaciones, permisos y Licencias del Personal al Servicio de la Administración de Justicia en Andalucía.

 

(Descarga el manual de permisos)

 

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