En la mesa sectorial celebrada el 18 de septiembre de 2023 se ha abordado como único punto del orden del día la información relativa a la puesta en marcha de tres actuaciones de autorefuerzo para el último trimestre de este año. Los órganos en los que tendrá lugar el autorefuerzo son:
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Registro Civil de Almería
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Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Sevilla
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Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Dos Hermanas.
La medida de autorefuerzo está motivada, según la Administración, por la especial y excepcional situación que atraviesan estos órganos judiciales, para los que además no existe posibilidad de nombramiento de nuevo personal de refuerzo por no estar autorizado el crédito por Hacienda.
Hemos instado a la Administración a que de aquí en adelante establezca unos criterios objetivos y transparentes en los que fundamentar las actuaciones y en su caso planes de autorefuerzo, ya que la situación de muchos órganos judiciales es particularmente grave, no sólo en los que en esta vez se va a instaurar la medida.
Por otra parte, hemos reprochado a la Consejería que se hayan implantado estas medidas sin negociación previa, ya que la decisión estaba ya tomada desde hace tiempo, y se iniciaba el autorefuerzo el mismo día de la reunión de la mesa, el 18 de septiembre, sin haber recibido ni siquiera información previa.
Tanto es así que la Resolución por la que se acuerda el autorefuerzo en el Registro de Almería tiene fecha de 24 de agosto, habiéndose informado únicamente de la misma la semana pasada a la Junta de Personal de Almería. Hemos exigido que se modifique esa resolución, ya que en la misma se establece que será el LAJ del Registro Civil quien “decida” qué funcionarios pueden acogerse al autorefuerzo, lo que para STAJ es inaceptable. La Consejería ha rectificado y finalmente la intervención de los LAJs se limitará a certificar quiénes realizan el autorefuerzo, sin más.
Por la Consejería se han dictado las instrucciones que podéis descargar AQUÍ, y se corresponden con las mismas instrucciones que se aprobaron en el plan de servicios extraordinarios del año 2022, si bien con mayor incidencia en asegurar que todo el personal funcionario que voluntariamente lo desee participe en los servicios extraordinarios con una distribución igualitaria del número de horas a prestar para el desarrollo de estos servicios, y con un amplio margen para configurar los cuerpos, a diferencia del año pasado.
El desempeño de servicios extraordinarios en horario de tarde será realizado cada día por tres personas de cualquiera de los cuerpos generales de la Administración de Justicia, a ser prestados con un máximo de tres horas diarias, tres días a la semana (lunes, martes y jueves), en el período comprendido entre el 18 de septiembre hasta como máximo el 30 de noviembre de 2023. Cada día el horario en el que podrán realizarse los servicios extraordinarios será el comprendido entre las 16:00 y las 20:00 horas.
Estos servicios se realizarán por el personal de cada órgano Judicial que de forma voluntaria y retribuida quiera participar en estos servicios extraordinarios. Tan solo queda excluido el personal que tenga reconocido jornada laborales reducidas. Por tanto, sí podrán participar en esta actuación el personal que de forma total o parcial se haya acogido a formas de trabajo no presencial, si bien no se podrán realizar los servicios extraordinarias los mismos días en los que se desarrolle el teletrabajo. También podrán participar en los servicios extraordinarios las personas contratadas como personal funcionario interino de refuerzo, así como las destinadas en los Servicios de Apoyo de las Audiencia, en caso de existir. Provinciales que en su caso estén desempeñando sus servicios en algunos de los órganos para los que se aprueben servicios extraordinarios.
INSTRUCCIONES SERVICIOS EXTRAORDINARIOS TERCER TRIMESTRE 2023