SOLICITUD DEL CONCURSO DE TRASLADO:
– 10 DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE
PLAZO de presentación de solicitudes: DEL 10 DE JULIO HASTA EL 21 DE JULIO
CONFECCIÓN DE SOLICITUDES:
La confección de la instancia de participación en el concurso DEBE HACERSE NECESARIAMENTE vía web, a través del asistente de inscripción, pulsar en el enlace: "G.T.A Concurso de traslados" PARA TENER ACCESO AL MISMO.
PÁGINA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA
Se puede consultar el "MANUAL DEL ASISTENTE DE INSCRIPCIÓN WEB" para realizar la solicitud del concurso.
Los concursantes deberán presentar el modelo de instancia en el impreso definitivo generado por el asistente informático, no el borrador, ya que éste no tendría validez Dicha presentación se realizará por el sistema ordinario, de acuerdo con lo especificado en los puntos 1 al 7 de la presente Base
Si alguno de los solicitantes quisiera modificar una solicitud ya confirmada, dentro del plazo de presentación de solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva solicitud a través del asistente, debiendo presentarla según los puntos 1 a 7 de esta Base aludidos anteriormente
Se considerará válida la solicitud que tenga el sello del registro de entrada dentro del plazo con fecha posterior, quedando anulada, por tanto, la solicitud que tenga estampado el sello del registro de entrada con fecha anterior
-Los funcionarios que quieran participar en el concurso de traslado, podrán solicitar cualquiera de las plazas incluidas en el Anexo I.
-Las VACANTES se identificarán por el número de orden del órgano judicial. Con la sola solicitud del número de orden de un órgano judicial se entienden solicitadas TODAS las plazas vacantes anunciadas para ese número de orden del cuerpo existentes en dicho órgano y asimismo todas sus posibles resultas.
-La relación de órganos con los códigos así como los códigos a resultas se publicará en la página del Ministerio de justicia.
-El número máximo entre plazas vacantes y resultas no podrá superar de 200 números.
MODIFICACIÓN Y RENUNCIAS
-No se admiten modificación a la solicitud del concurso de traslado formulada una vez trascurrido el plazo de presentación de instancias.
-Tampoco se admitirá, una vez resuelto, la renuncia al destino obtenido, por ningún motivo alegado, ni tampoco por haberse equivocado el concursante a la hora de rellenar los números de orden de la instancia, por lo que, los funcionarios que participen en el concurso, deberán asegurarse de que todos los números de orden de convocatoria que solicitan se corresponden exactamente con las denominaciones de los órganos judiciales ofertados.
-Podrá admitirse la renuncia a la participación en el concurso, teniendo como plazo hasta el último día de presentación de alegaciones a la resolución provisional, EN AQUELLOS CASOS DEBIDAMENTE JUSTIFICADOS.
BAREMOS
1-ANTIGÜEDAD– Se otorga 2 puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los periodos inferiores (0,00555556 por día). A estos efectos los meses se consideran de 30 días y hasta un máximo de 60 puntos.
2-CONOCIMIENTO ORAL Y ESCRITO DE LA LENGUA OFICIAL PROPIA DE LA CCAA-En las plazas ubicadas en las CCAA que tengan lengua oficial propia, el conocimiento oral y escrito de ésta, debidamente acreditado por medio de certificación oficial de la CCAA, u homologación del título aportado y del nivel al que corresponde el titulo.
Acreditación del catalán:
1-Certificado del nivel B2 o títulos homologados: 4 puntos
2-Certificado de nivel C1 o títulos homologados: 8 puntos
3-Certificado de nivel C2 o nivel J o títulos homologados: 12 puntos
ADJUNTAR A LA SOLICITUD DEL CONCURSO– fotocopia compulsada de los documentos acreditativos de los conocimientos de idioma.