SERVICIOS MÍNIMOS HUELGA 8 DE JUNIO
A continuación os detallamos los servicios mínimos anunciados por la Consejería, pendientes de publicación en el BOJA.
Se consideran servicios mínimos los siguientes:
– Todas las actuaciones de Registro Civil.
– Registro de documentos.
– Actuaciones de comparecencias y vistas ante Juzgados y Tribunales.
– Todas aquellas actuaciones en las que venza un plazo preestablecido en
– Medidas cautelares o provisionales.
– Servicios de Juzgados de Guardia.
– Levantamiento de cadáveres.
– Práctica de autopsias.
Estos, y sólo estos, son los servicios que hay que prestar durante la jornada de huelga.
Para el cumplimiento de estos servicios, se establece el siguiente personal:
– Un funcionario para la realización de funciones de registro de documentos en todos los órdenes jurisdiccionales donde esté previsto este servicio.
– Registros Civiles de Málaga y Sevilla: un funcionario del Cuerpo de Gestión, uno del Cuerpo de Tramitación y uno del Cuerpo de Auxilio Judicial. En el resto de órganos que tengan asignado Registro Civil: Un funcionario del Cuerpo de Tramitación y un funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial.
– En todos los órganos judiciales: un funcionario de cualesquiera de los Cuerpos. Si en el órgano estuviera prevista la celebración de vista oral, además del anterior funcionario, uno del Cuerpo de Auxilio Judicial. Si el órgano cumple funciones de Registro Civil o prestare servicio de guardia, no se estará a esta regla, sino a la previsión específica para estos casos; y si coincidieran ambas funciones, se aplicará una sola de las reglas.
– Servicios de guardia que lo estén en las horas de huelga: un funcionario del Cuerpo de Tramitación y uno del Cuerpo de Auxilio Judicial.
– Servicios de guardia de 24 y 48 horas: un funcionario del Cuerpo de Gestión, uno del Cuerpo de Tramitación, y uno del Cuerpo de Auxilio Judicial.
– Juzgados de Paz: un funcionario.
– Institutos de Medicina Legal: Un funcionario de los Cuerpos Generales y dos Médicos Forenses.
Las Delegaciones de Gobierno designarán los funcionarios que deban atender estos servicios esenciales, salvo que en el órgano judicial estuviera atendido el servicio, debiendo cursar dicha variación a
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