El Gobierno autorizará matrimonios y divorcios ante notario a través de una reforma del Código Civil que incluirá la futura Ley de Jurisdicción Voluntaria, fijando un arancel de 95 euros por enlace, si bien en el último caso estará sujeto a que no existan menores y se produzca de mutuo acuerdo entre la pareja.
Hasta ahora, en España existían tres vías para la celebración del matrimonio: uno ante las confesiones religiosas con convenio en España, cuya celebración se inscribía en el registro; otro el proceso civil ante el encargado del registro civil (juez); y otro la celebración ante alcaldes o concejales. “Hay una nueva oferta de servicios y había que fijar el arancel, que el Gobierno prevé fijar en 95 euros por cada matrimonio.
Acceso a la noticia completaLos registradores de la propiedad y mercantiles se ocuparán de los expedientes registrales.
Los expedientes relativos a la declaración de herederos cuando no haya testamento y la protocolización de los testamentos ológrafos (manuscritos) y los otorgados verbalmente salen de la jurisdicción voluntaria para configurarse como expedientes notariales regulados en la Ley del Notariado.
El Anteproyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria incluye la posibilidad de que los notarios celebren matrimonios, como ya ocurre con los alcaldes o concejales en los que éstos deleguen y, por supuesto, en el Registro Civil, así como los que se realicen según las normas del Derecho canónico o en las formas previstas en los acuerdos firmados entre el Estado y las confesiones religiosas.