Desplazamientos temporales por período inferior a ciento veinte días
Desplazamientos temporales (de duración inferior a cuatro meses)
Mugeju presta la asistencia sanitaria en el extranjero a través de la póliza colectiva de seguros que en la actualidad se encuentra contratada con la compañía de seguros MAPFRE, en las siguientes situaciones:
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desplazamientos del mutualista y de los beneficiarios que se trasladen con él, que se realicen al amparo de una comisión de servicios de duración inferior a cuatro meses.
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desplazamientos del mutualista y de los beneficiarios, por razones no laborales, con una duración máxima de cuatro meses.
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desplazamientos por estudios.
Únicamente en el supuesto de desplazamientos realizados por motivo de destino profesional en el caso de que los gastos sanitarios superen el límite cubierto por el contrato con la aseguradora o se deban a prestaciones sanitarias no incluidas en el mismo, Mugeju reintegrará el importe no cubierto por el contrato mencionado, siempre que se trate de prestaciones incluidas en su cartera de servicios y con idéntico contenido y cobertura que el establecido con carácter general para el colectivo de Mugeju.
Para hacer uso de esta prestación el mutualista debe dirigirse telefónicamente a la compañía concesionaria del servicio. En las delegaciones provinciales o la oficina central de Mugeju se le facilitará una tarjeta con el número de póliza colectivo y el número de teléfono de la compañía al que debe dirigirse en caso de necesitar asistencia médica, así como un certificado individual del contenido de dicha póliza.
· Extracto de Póliza INTERNACIONAL SOS – Válida hasta el 30 de Abril de 2013
· Extracto de Póliza MAPFRE – Válida desde el 01 de Mayo de 2013
· Solicitud de reintegro de gastos sanitarios fuera del territorio nacional
Tarjeta Sanitaria Europea
Para los desplazamientos temporales en la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y Suiza, los mutualistas y beneficiarios disponen de la TARJETA SANITARIA EUROPEA que acredita el derecho a recibir prestaciones sanitarias en idénticas condiciones que los residentes del país de destino, a través de su Sistema de Sanidad Público, salvo que el desplazamiento tenga por objeto precisamente recibir un tratamiento médico.
Estados en los que la Tarjeta Sanitaria Europea tiene validez:
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Países integrantes de la Unión Europea: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia.
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Países del Espacio Económico Europeo: Islandia, Liechtenstein, Noruega.
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Suiza.
Los mutualistas deberán solicitar la TSE, preferentemente en las delegaciones provinciales o en los servicios centrales, mediante la cumplimentación del impreso al efecto. Los mutualistas de Madrid, deben solicitarla en los servicios centrales. Los mutualistas recibirán la TSE en su domicilio en un plazo aproximado de diez días.
El período de validez de la TSE es de dos años,
Impreso de solicitud de TSE/CPPS
Si el viaje es inminente y no se puede esperar a la obtención de una TSE, el mutualista debe dirigirse a la delegación provincial de Mugeju y solicitar un Certificado Provisional Sustitutorio (CPS). Para su solicitud no es necesaria la cumplimentación de impreso, siendo suficiente con que el mutualista se identifique en la delegación provincial. Asimismo, el titular puede solicitar el CPS para sus beneficiarios.
A todos los efectos el CPS es una TSE con un formato distinto, produciendo los mismos efectos y utilidades.
El período de validez del CPS es de 90 días, siendo por lo tanto documento suficiente para desplazamientos cortos.
Cuando el sistema de sanidad pública del país de estancia en el que se haga uso de la TSE, esté sometido a algún tipo de financiación parcial por parte del usuario (sistema de copago), podrá solicitar el reintegro del copago a través de Mugeju, exclusivamente en el caso de prestaciones de asistencia primaria, atención especializada, servicios de urgencia, prestaciones ortoprotésicas y prestaciones complementarias amparadas en el territorio nacional, con los límites y condiciones de su normativa reguladora.
Normativa e impresos: