Por responsables de la Consejería se nos ha informado que en principio no tienen intención alguna de aceptar nuestra petición relativa a la posibilidad de retrasar hasta el 31 de marzo la posibilidad de disfrute de los días de asuntos particulares, algo que sí se ha admitido en la Administración de Justicia en otros ámbitos, lo que demuestra, una vez más, el trato discriminatorio con que nos dispensa la Junta de Andalucía a los funcionarios de Justicia.
Por otra parte, respecto a los 4 días al año por enfermedad (que sí habría que justificar), en los que no se nos descontaría nada de sueldo, nos informa la Consejería que en principio no habría problema en aplicarlo también en Justicia, aunque están a la espera de lo que resulte de la regulación nacional para la Administración de Justicia en esta materia. De momento, os recordamos, que el régimen sigue igual que antes en relación con las retribuciones durante la licencia por enfermedad, es decir, se percibe el cien por cien de las retribuciones durante los primeros seis meses, ya que la modificación que ha sufrido la LOPJ en esta materia aún no ha entrado en vigor, y está pendiente de que se regulen los supuestos excepcionales en los que seguirá percibiéndose el 100 % de las retribuciones en todo caso.