El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid a abonar a su personal los días devengados de la paga extraordinaria hasta la entrada en vigor el 15 de julio del Real Decreto por el que se suprimieron estas pagas.
Aunque esta sentencia se refiere a personal laboral sometido al estatuto de los trabajadores y por tanto se ha dictado por la jurisdicción social, y no la contencioso-administrativa que es la competente en materia de personal funcionario, la fundamentación de la misma que ha dado pie a la condena entendemos que es aplicable a los funcionarios.
Los recursos interpuestos por STAJ en Andalucía y conjuntamente con otros sindicatos representativos de la Administración de Justicia en otros ámbitos territoriales tienen como una de sus pretensiones –entre otras- la devolución de la parte de la paga extra devengada hasta la entrada en vigor del RDL 20/2012 el 15 de julio, por lo que esta sentencia nos da esperanzas de que al menos en ese periodo es muy probable que se consiga la devolución de la parte correspondiente de la paga extra. Aunque STAJ desde luego irá mucho más allá y tratará que los Tribunales declaren improcedente toda la supresión de la paga.
De momento y sin perjuicio de continuar adelante con el resto de la reclamación judicial, STAJ solicitará al Gobierno central y al gobierno autonómico que devuelva la parte correspondiente de la paga extra, y que no espere a que se dicte una sentencia que casi con total seguridad será favorable a nuestras pretensiones en esta concreta cuestión.