Aforamiento Casa Real. Reforma de la competencia para jubilación voluntaria y devolución del quinto “Moscoso”

Publicada en el BOE de 12 de julio una modificación de la LOPJ para el aforamiento de la casa Real.

Incluye otras modificaciones de la LOPJ:

  • Se atribuye al Tribunal Supremo la competencia para juzgar a la familia real tanto en los procedimientos civiles como penales.
  • Se modifica la competencia sobre las jubilaciones voluntaria, forzosa, o por incapacidad permanente, así como la posible prórroga de permanencia en el servicio activo que a partir de este momento corresponderá al órgano competente del Ministerio de Justicia o, en su caso, de la Comunidad Autónoma con competencias asumidas. Ello sin perjuicio de que la rehabilitación procedente de jubilación por incapacidad permanente para el personal al servicio de la Administración de Justicia será acordada, en todo caso, por el Ministerio de Justicia, en la forma y de acuerdo con el procedimiento que se establezca reglamentariamente.
  • Los jueces dispondrán de cinco días de asuntos particulares.
  • La devolución de un día de asuntos particulares hasta alcanzar cinco para el resto de los empleados públicos se publicará con la aprobación de la Ley de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa.

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