STAJ opinión. Insisten en pedir 7 jefes por cada 3 trabajadores en la Nueva Oficina Judicial

El sindicato no firmante del acuerdo de 27 de noviembre ha realizado un nuevo esfuerzo para justificar no haber suscrito un acuerdo que supone mejoras notables tanto en retribuciones como en derechos de cara a la nueva oficina judicial, (además de establecer las bases para otras mejoras laborales en materia de conciliación, sustituciones entre funcionarios del mismo cuerpo, carrera profesional, etc.).

Nosotros no decimos que los puestos singularizados deban ser necesariamente para jefatura, pero lo cierto es que, por mucho lo nieguen, SPJ-USO SÍ FIRMÓ EN 2014 QUE LOS PUESTOS SINGULARIZADOS FUERAN PARA JEFATURAS. Dicen que mentimos, y nos retan a demostrarlo.

Pues bien, aquí tienen la demostración: Extractos del Acuerdo de 25 de noviembre de 2014, suscrito con la Consejería de Justicia e Interior por SPJ-USO, entre otros. Punto 3.2:

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¿Falta de memoria? ¿Ignorancia? ¿Tergiversación? Que cada cual saque sus propias conclusiones.

Por cierto, que en la RPT de la NOJyF de Córdoba, que tanto critican, hemos logrado nada menos que 23 puestos de jefatura, singularizados, además de mantener diferenciados todos los actuales puestos que tienen retribuciones específicas por VSM, Guardias, actos de comunicación o servicio de apoyo de la Audiencia. Para que cualquiera pueda acceder a ellos mediante concurso de traslado.

Dicen muchas cosas más en su panfleto. Por ejemplo, que ellos han reclamado “insistentemente” la ampliación de las plantillas. Tal vez sea cierto, nadie lo sabe, pero cuando han tenido la oportunidad de plasmarlo por escrito obligando así a la Consejería, NO HAN QUERIDO HACERLO. El Acuerdo de Noviembre de 2018 (BOJA de 27 de diciembre de 2018), QUE SE HAN NEGADO A FIRMAR, precisamente incluye en su punto 5º la conversión de refuerzos en plantilla, lo que de entrada, solo para el año 2020, va a suponer un incremento de nada menos que 142 nuevas plazas. Además de las 146 consecuencia de la creación de nuevos órganos.

Critican, también, el proceso de acoplamiento, refiriéndose concretamente al que tuvo lugar en la Oficina de Vélez-Málaga. Dos cosas, sobre esto: primero, que no cuenta SPJ-USO que ese proceso de acoplamiento fue bendecido con su firma por SPJ-USO (en el mismo Acuerdo que sí suscribió en 2014 y posteriormente en las negociaciones concretas que tuvieron lugar sobre el mismo). Y segundo, que el acoplamiento de Vélez-Málaga, Partido Judicial que sólo contaba con 5 juzgados y un Servicio Común, no es en absoluto comparable con el de Córdoba, con infinitamente más órganos judiciales, más centros de destino y más puestos diferenciados. Es como comparar una liguilla de futbol de barrio con la Champions League.

También afirman que SPJ-USO “exigió a la Viceconsejera que se posibilitara el pedir las UPADs del mismo tipo”, pero ocultan que, en realidad, esto es algo que ya venía haciéndose en ámbito Ministerio desde 2010, por los acuerdos que allí suscribió STAJ y otros sindicatos con el Ministerio de Justicia en el seno de la mesa sectorial nacional, en la que SPJ-USO no participa por carecer de representación, y vuelven a mentir afirmando que consentimos la modificación del Art. 521 LOPJ, cuando la realidad es que tras la presión ejercida por STAJ y otros pero no por SPJ-USO, conseguimos que los efectos de aquella peligrosa reforma fueran mínimos.

Pero es que, además, en el Acuerdo suscrito en Andalucía en noviembre de 2018, CONTRA LA VOLUNTAD DE SPJ-USO, hemos logrado que los funcionarios puedan elegir libremente a qué número concreto de UPAD quieren ser asignados, cuando se producen vacantes. Ahora afirma que “SPJ-USO y otros sindicatos hemos pedido en mesa que se establezca un procedimiento para poder elegir número concreto de UPAD tras los concursos de traslado”, afirmación que produce sonrojo, pues si esto es posible lo es, precisamente, porque lo hemos incluido en el Acuerdo, QUE SPJ-USO NO HA FIRMADO. Es difícil ser más incoherente.

Y termina SPJ-USO añadiendo que sí te pueden cambiar de puesto de trabajo o asignarte funciones distintas a las de tu puesto. Esto es cierto, pero ahora también, sólo hay que ver el Reglamento de Ingreso o la propia LOPJ. Sólo que esto no puede hacerse indiscriminadamente, que es lo que afirmamos desde STAJ, porque para cambiarte de puesto se exigen unos procedimientos de reordenación o redistribución que están reglados, en la ley y en el Reglamento, con NOJyF o sin ella. Y para cambiarte de funciones DE FORMA TEMPORAL Y TRANSITORIA se requiere también una resolución motivada que prevén tanto el Acuerdo de 2014 como el de 2018 (punto 4º), que SPJ-USO NO HA QUERIDO FIRMAR.

Ciertamente, en Córdoba habrá 6 centros de destino (frente a los 11 centros de trabajo actuales), pero dentro de esos centros los puestos de UPADs se diferencian por tipo de órgano, y en los Servicios Comunes se diferencian por secciones. Y, además, se diferencian aquellos puestos con alguna característica especial (guardias, violencia sobre la mujer, actos de comunicación, Registro Civil). Todo ello, además de las jefaturas que también ocuparemos los funcionarios de los cuerpos generales.

Sorprende, por último, que SPJ-USO se queje ahora tanto de la NOJyF, pero olvide que existe un Decreto de la Consejería por el que se regula la implantación de la Nueva Oficina Judicial, y que STAJ FUE EL ÚNICO SINDICATO QUE LO IMPUGNÓ EN LOS TRIBUNALES, mientras otros sindicatos, como SPJ-USO, lo aceptaron sin rechistar, y sólo gracias a nuestro recurso forzamos la firma del famoso Acuerdo de Garantías de 2014, al que se sí se apuntó SPJ-USO. Y encima, ahora, tienen la desvergüenza de atacar el acuerdo de 2018 que no hace sino mejorar el de 2014, subsanar sus deficiencias y corregir sus errores iniciales.

Acuerdo de 2018 que, entre otras cosas, prevé la revisión de las Relaciones de Puestos de Trabajo (Punto 4º del Acuerdo) y, por ello, STAJ sí está legitimado, SPJ-USO no, para pedir como así hemos hecho ya por escrito, la revisión de la Relación de Puestos de Trabajo de la Oficina Judicial de Vélez-Málaga y la ampliación de su plantilla.

En definitiva, lo que sí es palmario es que SPJ-USO ha rehusado firmar el Acuerdo de noviembre de 2018 como una meditada estrategia de cara a las elecciones sindicales de 2019. El hecho de convocar hace unos días una asamblea informativa en Córdoba un día antes de la campaña electoral así lo demuestra, pues esta asamblea podrían haberla celebrado en enero o febrero, poco después de la firma del acuerdo que tanto atacan. Esa es su única estrategia: lograr un puñado más de votos, sin importarle las consecuencias que habría tenido no alcanzar un acuerdo como el logrado en Andalucía.

La NOJyF no es un invento de STAJ, sino de otros, y por ello siempre hemos intentado que lo que está en la ley se matice por la vía de la negociación, logrando Acuerdos satisfactorios que se han plasmado reglamentariamente y en las Relaciones de Puestos de Trabajo en cuyas negociaciones hemos participado.

 

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