STAJ informa. Tramitación reforma Ley 20/2011, del Registro Civil

Hoy 13 de febrero se tramita en el Congreso de los Diputados la modificación de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

Recordemos que con esta modificación, impulsada por el Grupo Popular en el Congreso, se pretende que:

  • Las oficinas de Registro Civil sigan estando servidas por funcionarios de Justicia, con carácter exclusivo.

  • Los Letrados de la Administración de Justicia sean los nuevos Encargados. Los Jueces de Paz mantienen funciones de Registro Civil.

  • Mantenimiento de la ubicación actual de todas las oficinas de Registro Civil.

Como informamos en su momento tras la reunión mantenida entre STAJ y la Secretaria de Estado de Justicia Carmen Sánchez, en el mes de octubre de 2017, la modificación incidirá de lleno en la estructura del Registro Civil, de manera que desaparecerá de la ley la organización en una Oficina Central y Oficinas Generales (una por Comunidad Autónoma, más otra optativa por cada 500.000 habitantes, y otra más excepcionalmente al arbitrio de cada Comunidad Autónoma en función de determinados criterios), además de las Consulares, manteniendo en cambio la misma estructura actual del Registro Civil.

De esta forma, se mantienen todos los puestos de trabajo que desaparecerían de aplicarse las previsiones de la Ley de 2011, que extraía el Registro Civil de la Administración de Justicia, dejando de ser servido por funcionarios de Justicia.

Junto a ello, se apuesta por la implantación del folio único personal (en contraposición a las “secciones” actuales del Registro Civil), la plena digitalización y tramitación electrónica del Registro Civil, la inversión en la renovación de los equipos informáticos, avances todos ellos imprescindibles en la era de la Administración electrónica en que nos encontramos.

Desde STAJ celebramos que en el texto se recoja buena parte de nuestras exigencias en materia de Registro Civil (público y gratuito, dentro de la Administración de Justicia, servido enteramente por funcionarios de Justicia en activo con mantenimiento íntegro de los puestos de trabajo, manteniendo la demarcación actual incluidos los Juzgados de Paz), y que venimos reclamando desde antes incluso de la promulgación de la Ley de 2011, prácicamente en solitario, por mucho que ahora otros quieran aparecer como “salvadores” del Registro Civil. 

Con todo, no renunciamos a reclamar la recuperación de aquellas funciones propias del Registro Civil que han sido atribuidas a otros profesionales en los últimos tiempos, entendiendo que las oficinas de Registro Civil deben mantener competencias reales. Estamos estudiando detenidamente el texto y estamos preparando propuestas de enmienda en algunas cuestiones, relativas sobre todo a Relaciones de Puestos de Trabajo de las Oficinas registrales, régimen de competencia en la práctica de asientos y otras materias, funciones del personal y recuperación de competencias registrales que han sido “externalizadas”. Enmiendas que presentaremos a los Grupos Parlamentarios, con los que ya hemos establecido contacto.

Todas estas reivindicaciones han sido trasladadas por STAJ a los grupos parlamentarios, para que las introduzcan en el nuevo texto.

TEXTO PROPOSICIÓN

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