STAJ informa. Suspensión temporal convocatorias de comisiones de servicio y sustituciones en los municipios afectados por Fase I y Fase II de implantación de los Tribunales de Instancia.

Tal y como ya informamos mediante nota durante el transcurso de la pasada mesa del 14 de mayo, la Consejería de Justicia acaba de dictar Resolución por la que se suspende la Convocatoria de Comisiones de Servicio y sustituciones de la Fase I y II de la implantación de los Servicios Comunes de los Tribunales de Instancia.

Dicha Resolución dispone lo siguiente:

Primero. Quedan suspendidas las convocatorias de puestos para ser cubiertos mediante comisiones de servicios y sustituciones (horizontales y verticales), en aquellos órganos judiciales afectados por las fases I y II de implantación de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, que se recogen en el Anexo I, reguladas en la Resolución de 2 de febrero de 2024 de esta Secretaría General, para el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad de Andalucía.

Segundo. La suspensión se extenderá desde el día de la firma de esta resolución hasta que se produzca el acoplamiento del personal al nuevo modelo de Oficina Judicial y resto de unidades que configurarán la nueva organización judicial, de las fases I y II.

Tercero. En aplicación de lo anterior se hacen las siguientes aclaraciones:

1.- Queda también suspendida la concesión de comisiones de servicios otorgadas como consecuencia de los expedientes de movilidad por razones de salud, recogidas en el artículo 12 de la Resolución de 2 de febrero de 2024. Por tanto, quedan suspendidas temporalmente las sesiones de la Comisión Paritaria de Movilidad por razones de salud.¨

2.- Aquellas personas que se encuentren actualmente desempeñando una comisión de servicio o una sustitución horizontal o vertical, seguirán desempeñando las mismas hasta la finalización del plazo máximo establecido, es decir, un año prorrogable por otro en el caso de las comisiones de servicios, o hasta la incorporación del titular en el caso de las sustituciones. No obstante, las sustituciones verticales que se estén desempeñando en puestos vacantes, tendrán la misma limitación temporal que las comisiones de servicio.

3.- No se emitirán por parte de la Secretaría General de Servicios Judiciales, informes favorables para que el personal de la Administración de Justicia en Andalucía desempeñe comisiones de servicios en otros ámbitos territoriales.

Cuarto. Finalizado el proceso de acoplamiento en estas dos fases, se reanudarán las convocatorias de cobertura de puestos mediante comisiones de servicios y sustituciones en los términos de su regulación vigente.

Por ultimo, recordaros que respecto a la Fase III, no se han suspendido -por ahora-, las convocatorias de dichas Comisiones de Servicio y/o Sustituciones.

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