STAJ insta a los Grupos Parlamentarios a que modifiquen la Ley 20/2011, para que el Registro Civil permanezca en la Administración de Justicia.
La entrada en vigor de la Ley 20/2011, del Registro Civil, que estaba prevista para julio de 2014, fue prorrogada por un año más, de forma que la entrada en vigor se ha retrasado para el 15 de julio de este año 2015. En esa Ley se preveía la desjudicialización plena del Registro Civil, pero no se encomendaba su llevanza a ningún funcionario público en concreto, dejando abierta varias posibilidades, en todo caso se trataría de funcionarios del subgrupo A1 de las Administraciones públicas o Secretarios Judiciales.
A sólo tres meses vista de la entrada en vigor de la Ley, el Gobierno aún no ha procedido a promover los necesarios desarrollos reglamentarios y a desplegar la plataforma informática imprescindible para hacer efectivo el nuevo modelo de Registro Civil previsto en dicha norma.
Lo que sí ha hecho el gobierno es aprobar el Real Decreto-ley 8/2014 y posteriormente la Ley 18/2014, para asignar la llevanza del Registro Civil a los Registradores Mercantiles, lo que a juicio de STAJ supone una auténtica privatización de un servicio que ha venido siendo público y gratuito durante siglo y medio. Con ello, y de manera inadmisible, se tiran 144 años de experiencia y buena gestión, privatizando un instrumento que ha sido parte de nuestra sociedad y ya de nuestra historia todo este tiempo, más antiguo que nuestro sistema de Seguridad social e incluso con más “solera” que nuestra Democracia, pues no en vano ha sobrevivido a dos Repúblicas, Monarquías, Regencias, Guerras y Dictaduras, perdurando aún hoy como uno de los servicios públicos mejor valorados por la ciudadanía, a pesar de la carencia de medios materiales y humanos. Resulta cuanto menos sorprendente que sea un régimen democrático consolidado el que se encargue de mercantilizar un servicio público de calidad.
Esa privatización que supone la asignación del Registro Civil a los Registradores de la Propiedad y Mercantiles está siendo ampliamente contestada no sólo por STAJ y los funcionarios de Justicia, sino también por asociaciones de usuarios, de abogados, jueces, secretarios judiciales, Ayuntamientos y, en general, por toda la ciudadanía. Expresión de esta disconformidad lo constituyen las constantes concentraciones y muy especialmente la multitudinaria manifestación del pasado día 11 de abril en Madrid.
Todos temen por la pérdida del carácter público y gratuito del servicio, así como su alejamiento de los ciudadanos, al perderse el carácter municipal que actualmente tienen las oficinas de Registro Civil. Con ello se evidencia, además, que hoy por hoy nadie está de acuerdo con la estructura organizativa establecida en la Ley, más allá incluso de su entrega a los Registradores de la Propiedad, por cuanto dicha ley preveía una Oficina de Registro Civil en cada Comunidad Autónoma, y una más por cada 500.000 habitantes, lo cual, evidentemente, constituye también un enorme alejamiento de los ciudadanos.
Por ello, ante la inviabilidad de poner en marcha la Ley de Registro Civil de 2011 y el nulo consenso social en cuanto a la privatización y en cuanto a sus propias previsiones organizativas, desde STAJ hemos interesado a los Grupos parlamentarios a que, a través de la tramitación parlamentaria del PROYECTO DE LEY de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, se modifique la Ley de 2011 en el sentido de derogar la estructura organizativa del Registro Civil prevista en dicha ley, así como la asignación a los Registros Mercantiles prevista en el Real Decreto-ley 8/2014 y en la Ley 18/2014, para que el Registro Civil continúe teniendo carácter municipal, adscrito a la Administración de Justicia, con los Secretarios judiciales como Encargados de las oficinas y servidas enteramente por funcionarios de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, con mantenimiento de todos los puestos de trabajo adscritos actualmente a funciones Registro Civil.
Igualmente, hemos interesado una nueva prórroga de la entrada en vigor de la Ley, por dos años, hasta tanto se dicten las disposiciones reglamentarias necesarias y se implante la plataforma tecnológica imprescindible para la modernización definitiva del Registro Civil.
Accede al texto del escrito presentado a los Grupos Parlamentarios en PDF.