STAJ informa. Luz verde al Servicio de Informática de Guardia (S.I.G.) para Córdoba

  • La inclusión en el servicio de guardia será efectiva a partir del 1 de enero de 2020

Tras las peticiones realizadas por STAJ a la Consejería, en el día de hoy nos remite el Acuerdo de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal por el que se acuerda incluir en el servicio de guardia ordinario de 24 horas a un funcionario del Decanato, para el Servicio de Informática de la Guardia (SIG). A continuación insertamos el texto de lo resuelto por la Dirección General (ACCEDE AL TEXTO COMPLETO AQUÍ):

RESUELVO:

PRIMERO. Incluir en el servicio de guardia ordinario de 24 horas de Córdoba a un funcionario o funcionaria de la plantilla del Decanato, como apoyo a los Juzgados de Instrucción. Esta medida será de carácter provisional hasta la aprobación de las correspondientes relaciones de puestos de trabajo previstas en el Título VII de la Ley Orgánica del Poder Judicial, tendrá efectividad a partir del 1 de enero de 2020 y se aplicará al personal funcionario que lo solicite voluntariamente.

SEGUNDO. El servicio de guardia ordinaria para el personal de Decanato comenzará a las nueve horas, permaneciendo la persona designada de forma ininterrumpida hasta las veintiuna horas, salvo que por razones de servicio se justificase la ampliación del horario a partir de las veintiuna horas. Las compensaciones económicas por la prestación del servicio de guardia serán las que vienen percibiendo por tal concepto el personal funcionario de los Juzgados de Instrucción de Córdoba.

TERCERO. Cada año en el mes de noviembre, se efectuará por parte de la Delegación Territorial de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de Córdoba, convocatoria pública a fin de que el personal funcionario de la plantilla destinado en el Decanato de Córdoba, interesado en la realización de la guardia, presente sus solicitudes.

Finalizado el plazo de cada convocatoria, por la Delegación Territorial de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de Córdoba configurará el cuadrante de turnos de la guardia. Dicho cuadrante se organizará por la Delegación Territorial, mediante un sistema rotatorio de turnos, atendiendo al criterio de mayor antigüedad en el Decanato, de forma que la primera persona en realizar la guardia sea la más antigua en el decanato y así sucesivamente hasta llegar a la persona solicitante con menor antigüedad. En el caso de que la persona a quien corresponda el turno de guardia no la pudiera realizar, le sustituirá aquella que la suceda en turno, perdiendo la primera el derecho a la realización de la guardia en ese turno.

Cada persona que solicite su incorporación en el turno de guardia, se comprometerá a su realización efectiva como mínimo durante el periodo de un año, debiéndose compatibilizar la prestación del servicio con permisos y guardias, quedando excluida aquella que incumpla tal extremo.

CUARTO.- Los servicios de guardia y la resolución de las incidencias que se produzcan serán coordinados por la Secretaría del Decanato, así como por la Delegación Territorial de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de Córdoba en el ejercicio de sus respectivas competencias.

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