STAJ informa. Gestión Promoción interna. Nota del Tribunal sobre fase de concurso

La Web del Ministerio de Justicia publica Acuerdo del TCU de Gestión promoción interna en el que además de rectificar la relación de admitidos por el turno de reserva de discapacitados, aclara algunas cuestiones sobre la aportación de méritos del concurso:

Acuerdo Tribunal Calificador Único: fase de concurso

16 de octubre de 2019

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TEXTO DEL ACUERDO:

ACUERDO DE 14 DE OCTUBRE DE 2019 DEL TRIBUNAL CALIFICADOR UNICO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA INGRESO EN EL CUERPO DE GESTION PROCESAL Y ADMINISTRATIVA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, SISTEMA DE ACCESO POR PROMOCIÓN INTERNA, CONVOCADAS POR ORDEN JUS/403/2019, DE 21 DE MARZO.

Recibidos nuevos escritos de los aspirantes, este Tribunal Calificador Único ACUERDA:

Primero. Estimar el recurso presentado por Dª Vanesa Ganau Soldevila contra la fase de admisión, aspirante que se examinó condicionalmente en el ámbito territorial de Cataluña y una vez comprobado el error de verificación de su acreditación para acceder al turno de reserva para personas con discapacidad y su exención de pago, se procede a su inclusión en el proceso selectivo y a la corrección del ejercicio realizado el 29 de junio.

El resultado de la corrección es de 72 aciertos, 28 errores y 0 omisiones, por lo que su calificación es de 58 puntos.

En consecuencia, se resuelve la inclusión de Dª Vanesa Ganau Soldevila, con DNI *** 902**, en la relación de aprobados de la fase de oposición publicada por Acuerdo de 12 de agosto en el ámbito territorial de Cataluña, en el cupo para personas con discapacidad.

La aspirante dispone de un plazo de veinte días hábiles para la presentación de la documentación justificativa de los méritos alegados de la fase de concurso, contados a partir del día siguiente hábil a la publicación de este Acuerdo en la página web, conforme a los modelos e instrucciones que allí se contienen.

Segundo. Recibidas consultas de los aspirantes sobre la posibilidad de no presentar copias auténticas, se comunica que este Tribunal acepta con carácter provisional la presentación de la documentación necesaria para la valoración de méritos de todos los aspirantes a través del correo electrónico habilitado por el Área de Selección, lo que no eximirá de su cotejo o presentación de originales para aquellos aspirantes que puedan estar incluidos en la lista provisional de aprobados y cuya documentación requiera esa comprobación o en cualquier otra circunstancia en que así lo decida el Tribunal.

Se advierte a los opositores a los que se requiera esta comprobación, que si no presentasen la documentación requerida en el plazo y lugar que se les comunique en su momento, no se le valorará la fase de concurso.

Tercero. Una vez finalice el plazo de presentación de documentación, se procesarán y comprobarán las entradas y en caso de que se observe algún error en la transmisión, el Tribunal podrá solicitar su subsanación a los interesados/as, por lo que no será necesario el envío de acuse de recibo de la recepción de los archivos.

LA PRESIDENTA EL SECRETARIO

 

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