SOBRE ALEGACIONES AL PROYECTO DE ORDEN QUE DETERMINA
El Director General de Modernización y relaciones con
STAJ ha trasladado al Ministerio de Justicia su ABSOLUTA OPOSICION A
Asimismo desde STAJ hemos pedido al Ministerio de Justicia que es necesaria igualmente una negociación sobre los protocolos de funcionamiento entre los distintos centros de destino nuevos, en especial de los Servicios Comunes (el CGPJ ya dictó actuaciones comunes), con el fin de que se rijan por criterios o mecanismos homogéneos.
Así mismo desde STAJ hemos requerido al Ministerio para que cambie gran parte de este Proyecto de Orden, e incluso su retirada, toda vez que esta norma deja sin contenido real las funciones de los Secretarios Judiciales, ya que utiliza constantemente expresiones como garantizar, promover, planificar, coordinar, pero no habla de trabajo efectivo, relegándole a un trabajo de vigilar lo que hace el resto de miembros de la oficina Judicial, a los que si se les atribuye entre otras funciones el trabajo de gestionar la cuenta de depósitos y consignaciones, clave y contraseña para acceder a la aplicación informática de las cuentas, elaborar electrónicamente el mandamiento de pago/orden de transferencia, etc. Estas funciones y la responsabilidad que llevan aparejadas deben corresponder íntegramente a quien tiene esa función encomendada en el Reglamento Orgánico y en
Desde STAJ hemos exigido que desaparezca
Considerándolo uno de los objetivos primordiales, el STAJ ha requerido que se incorporen las funciones principales de cada cuerpo tanto en las Unidades de Apoyo Directo al Juez (UPADs) como en los Servicios Comunes, destacando en el caso del Gestor la función de gestión de los procedimientos, dirigiendo la actividad de los tramitadores de su sección con la expedición de notas o minutas que faciliten el trabajo de estos, incluso redactando las resoluciones que fuera necesario y la de los Tramitadores, la función de tramitación general mediante la confección de documentos, actas, diligencias, notificaciones, copias de documentos y su unión a los expedientes.
Rechazamos que se incorporen funciones nuevas como preparar viajes y desplazamientos (¿?), organizar reuniones, juntas o audiencias, o la gestión y llevanza de agendas y otras de similares características recogidas en ese mismo apartado. Todas las funciones que asuman los cuerpos al servicio de
Igualmente desde STAJ se ha exigido que si se pretenden incorporar nuevas funciones como en el caso de acceso a las bases de datos, que se adjudica a los gestores y tramitadores debe llevarse a cabo por secciones o equipos concretos dentro de cada servicio y ser puestos especialmente retribuidos.
En cuanto a la realización de las funciones de guardia desde STAJ y de la manera más firme y contundente hemos trasladado al Ministerio que es completamente irrenunciable que se garantice que todos aquellos que actualmente prestan el servicio de guardia lo sigan prestando después de la instauración de
En cuanto a la colaboración en la formación que menciona en
STAJ ha comunicado igualmente al Ministerio que es necesario y fundamental hacer una definición clara de cada uno de los equipos o secciones en que se estructurarán tanto las UPADs como lo Servicios Comunes y las tareas o funciones que desempeñarán cada uno de ellos, y no aceptaremos que no se concreten las funciones como en el caso de las del cuerpo de Auxilio en el Servicio Común de Ejecuciones. El borrador presentado, según el art.1 tiene como objetivo determinar la estructura de las oficinas judiciales. Sin embargo no llega a entrar en el fondo de es estructura, quedándose en lo superficial, por lo que requerimos mas especificación en la organización y distribución de los equipos y secciones, que a su vez se puedan subdividir en equipos o subsecciones, que se establezcan las tareas concretas a llevar a cabo en cada uno de ellos y las jefaturas de cada uno, donde podría haber Gestores, Tramitadores y Auxilios, debiendo ser puestos singularizados, a proveer por concurso de méritos y no por libre designación. En definitiva, creemos que la subdivisión dentro de cada servicio, sección y equipo debe hacerse ya en esta Orden Ministerial, pues los diferentes puestos de
También hemos exigido al Ministerio que:
– NO aceptaremos ninguna amortización de plazas, ni por cuerpo, ni por partido judicial, debiendo mantenerse e incluso aumentarse las plantillas actuales.
– El acoplamiento a la nueva Oficina Judicial debe hacerse como regula
– Las unidades Administrativas deben integrarse por personal de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio, aprovechando su experiencia y conocimientos en el funcionamiento peculiar de esta Administración tan específica.
– Debe haber reserva de función.
– El aumento de las retribuciones en contraprestación a la nueva realidad dado que la implantación de
El Ministerio debe entender que sin el consenso y la implicación de los trabajadores, podrá implantar el nuevo modelo de oficina judicial y Rpts a la fuerza, pero el fracaso estará asegurado y la confrontación también.
La siguiente reunión de Mesa está fijada para el próximo día 12 de enero de 2010.