Jun 20 2013
Mesa sectorial nacional: negociación supuestos excluidos de descuento en situaciones de IT en ámbito Ministerio
El pasado 19 de junio se ha celebrado en Madrid Mesa sectorial de ámbito nacional a la que estábamos convocados los sindicatos representativos de Justicia de ámbito nacional, para la negociación de la normativa reguladora de los supuestos de Incapacidad Temporal exceptuados de descuento salarial, para el personal al servicio de la Administración de Justicia del ámbito gestionado directamente por el Ministerio de Justicia (cuerpos generales y de forenses no transferidos,secretarios judiciales y cuerpos especiales de Toxicología).
Por lo que respecta a la pre-incapacidad temporal (días durante el año que dispondremos los funcionarios para estar enfermos sin que nos hagan descuento) no se ha tratado, únicamente se ha manifestado por el Ministerio que estamos a la espera de una regulación sobre ese tema por parte del Ministerio de Hacienda.
En primer lugar este sindicato exigió “igualdad en la regulaciones que hace el Mº (Secretarios, y resto de cuerpos de la Administración de Justicia) Manifestando que los beneficios de unos deben pasar a los otros y viceversa. Recordando al Mº que hay cuerpos como los Forenses y Facultativos que son cuerpos superiores como los Secretarios Judiciales y cada funcionario de la categoría que sea tiene una labor que forma parte del engranaje de la Justicia para que esta funcione. Por ello debe de transponerse lo que beneficie tanto a unos como a otros, nunca vamos a aceptar perjuicio alguno para ninguno de los cuerpos a los que representamos.
El propio Director General confirmó que la regulación sobre las excepciones, tanto en lo relativo a los supuestos exentos de descuento como justificaciones de esos supuestos y régimen retributivo, será idéntica para todos los Cuerpos (Secretarios, Forenses, Cuerpos Especiales, Auxilios, Tramitadores y Gestores); no obstante los jueces podrán tener su propia regulación puesto que eso escapa al ámbito de la Dirección General al corresponder la competencia al CGPJ. En este sentido, STAJ ha solicitado que, como cláusula de mejora, se transponga a la regulación que afecte al personal no judicial cualquier regulación más beneficiosa que pudieran tener los jueces.
Con carácter previo STAJ SE HA OPUESTO A LA PENALIZACIÓN QUE SUPONEN PARA LOS TRABAJADORES ESTOS NUEVOS DESCUENTOS POR BAJAS LABORALES por irresponsabilidad o por hacer dejación de funciones la Administración, que no ha controlado adecuadamente los supuestos de abusos en el absentismo laboral. STAJ rechaza de plano esta decisión unilateral de la Administración que no es sino un castigo a los trabajadores de la Administración de Justicia en materia de bajas médicas e incapacidad laboral.
Sin perjuicio de lo anterior, STAJ presentó una amplia propuesta de supuestos que deben estar exentos del descuento en todo caso, entre otros las IT derivadas de enfermedades infecto contagiosas, intervenciones médicas invasivas (colonoscopia, gastroscopia, o similares), diálisis, intoxicación alimentaria, y muchas más, -tenemos a vuestra disposición el escrito presentado-, así como las enfermedades graves incluidas en el R.D. 1148/2011 que ya las ha regulado la Administración y deben trasladarse a esta Administración de Justicia, y que en principio el Ministerio no había incluido en su borrador.
Más información: descárgate la hoja informativa en pdf.
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