Según el Ministerio, la decisión sobre la desjudicialización ya está tomada y estaba ya en la Ley de 2011. Ahora queda negociar con los sindicatos que la situación en que quedará el personal afectado durante y después del periodo de traspaso del servicio a los Registradores mercantiles, sean las “mejores posibles.”
STAJ reprocha la falta de transparencia del Ministerio y aboga por la continuidad del Registro Civil en la Administración de Justicia.
En la reunión informativa que sobre Registro Civil se celebró ayer día 15 de julio en el Ministerio con STAJ y el resto de sindicatos representativos del sector, el Subsecretario de Estado de Justicia, Juan Bravo, explicó a las organizaciones sindicales los motivos que han llevado al gobierno a encomendar la gestión y llevanza del Registro Civil a los Registradores mercantiles, en lugar de a otros funcionarios (no de Justicia) como estaba previsto en la Ley de 2011 y cuya entrada en vigor ha sido prorrogada un año más (que se añade a los tres de “vacatio legis” que ya ha tenido). En síntesis, las explicaciones del Ministerio son las siguientes:
Nuevo modelo de Registro Civil en la Ley de 2011.-
El nuevo modelo de Registro Civil diseñado en la Ley de 2011 (aprobada por el PSOE con los votos favorables del PP) se fundamenta en un Registro Civil de personas, y no de actos como el actual. Para ello es necesaria una potente plataforma informática, única para todo el territorio nacional, que debería haberse puesto en marcha en los tres años de vacatio legis. Como consecuencia de las dificultades económicas, esa plataforma no se ha creado aún, y el Estado y las Comunidades Autónomas no están en condiciones, según el Ministerio, de asumir su coste, y además continuar sufragando el coste del servicio, por mucho que vaya a reducirse a partir de ahora gracias a ese nuevo modelo de Registro Civil.
Gratuidad del Registro Civil.-
Los Registros Mercantiles, que a diferencia de los Registros de la Propiedad no han sufrido efectos negativos por la crisis (se siguen realizando infinidad de actos inscribibles en aquél Registro), sí están en condiciones de asumir el coste tanto de la implantación de la plataforma tecnológica, (mediante la creación de una corporación de derecho público que englobaría a todos los registradores mercantiles), y de soportar los gastos que conllevará la llevanza del Registro Civil. Y ello, en primer lugar, porque según el Ministerio tienen margen suficiente para afrontar ese coste sin necesidad de subir los aranceles actuales. De ahí que puedan asumir también que el Registro Civil sea gratuito en todos sus actos, incluso el posible incremento de personal que pudiera necesitarse para la nueva función que se les encomienda. Dice el Ministerio que esta gratuidad está garantizada expresamente en el texto modificado, mientras que el original de la Ley de 2011 no garantizaba esta gratuidad, pues nada se decía al respecto.
Garantía de protección legalidad y protección de datos.-
El Ministerio insiste en que los Registradores Mercantiles son funcionarios públicos, sometidos a la ley y a las órdenes e instrucciones del Ministerio de Justicia y la Dirección General de los Registros y del Notariado, de quien dependen jerárquicamente. La garantía de legalidad y de protección de datos está asegurada según el Ministerio, y ello aunque los trabajadores de los Registros mercantiles no sean funcionarios, ya que están obligados como todo el mundo a cumplir la ley, incluida, por supuesto, la Ley de Protección de Datos.
Habrá oficinas de Registro Civil en todas las provincias.-
Frente a las previsiones iniciales de la Ley de 2011, la modificación que ha aprobado el gobierno permitirá que exista una oficina de Registro Civil en todas las capitales de provincia, frente a una por Comunidad Autónoma (y otra más por cada 500.000 habitantes), que es lo que preveía el texto original de la Ley de 2011. En este sentido, dice, el texto se ha mejorado para acercarse más a la ciudadanía.
Las Notarías y las “Oficinas Judiciales de Paz” asumirán funciones auxiliares en materia de Registro Civil.-
El nuevo Registro Civil será fundamentalmente electrónico, por lo que apenas requerirá la presencia física de los ciudadanos ante sus dependencias. Cuando no sea posible la solicitud o iniciación de esos trámites por vía electrónica, los ciudadanos podrán acudir a las oficinas del Registro Civil de las capitales de provincia, y en el resto de ciudades y pueblos, podrán hacerlos ante las notarías. Allí donde no haya notaría, esos trámites podrán solicitarse o iniciarse ante las Oficinas Judiciales de Paz que sustituirán a los actuales Juzgados y Agrupaciones de Paz.
El Ministerio garantiza, para su ámbito, todos los puestos de trabajo sin excepción.-
El Ministerio insiste en que en su ámbito de competencias no va a desaparecer ni un sólo puesto de trabajo. En cuanto a los funcionarios de carrera, por que no puede ser de otra manera (y esto vale incluso para los territorios transferidos), garantizando además que la reordenación se hará a otros puestos de la misma localidad; y en cuanto a los interinos, porque ese es su compromiso, y se arbitrarán los mecanismos para que el número total de funcionarios, incluidos los interinos, sea el mismo una vez se produzca el traspaso. El Ministerio considera que los funcionarios de Justicia hacen mucha falta en las labores derivadas estrictamente de la función jurisdiccional de la Administración de Justicia, por eso todo el capital humano se empleará en esas labores. Respecto a las CCAA con competencias, alguna también se ha comprometido a mantener todos los puestos de trabajo.
Con el texto original de la Ley de 2011 no se garantizaba ni un sólo puesto de trabajo. Los pocos funcionarios que pudieran ocupar los puestos de Registro Civil en las RPTs que se aprobasen por las CCAA, no absorberían ni mucho menos a todo el personal excedente en Justicia, por lo que esos puestos se perdían en la Administración de Justicia, lo que equivale a que los interinos serían cesados, y los titulares reordenados a vacantes disponibles, desplazando y cesando, a su vez, a los interinos que los ocupasen.
Además, y respecto a la petición sindical de que el Registro permanezca servido por Secretarios judiciales y resto de personal de la Administración de Justicia como un servicio más de ésta, el Ministerio considera que la Ley de 2011 supone la desjudicialización plena, en sentido amplio, y además afirma que eso no aseguraría ni mucho menos los puestos de trabajo, porque la nueva plataforma tecnológica supondrá que la inmensa mayoría de las inscripciones de nacimiento y defunción se promoverán directamente por los hospitales, de forma telemática, las certificaciones no será necesario obtenerlas salvo para cuestiones meramente privadas, ya que las Administraciones tendrán acceso electrónico al Registro Civil, y las comparecencias presenciales en los expedientes de nacionalidad se reducirán a la mitad, sólo para el trámite de juramento. Por ello, será necesario muchísimo menos personal.
Periodo transitorio y negociación de la situación en que quedará el personal.-
La Disposición Transitoria 8ª de la Ley de 2011 debe ser modificada porque no tiene encaje con la modificación realizada por el actual gobierno, por eso hay que negociar una nueva. Hoy o mañana nos facilitarán el borrador, para alegaciones.
En cuanto a las condiciones del periodo transitorio (dos años durante los cuales convivirán el modelo actual de Registro civil y el nuevo modelo, una vez se instaure la plataforma tecnológica), y la situación en que quedará el personal tras el cierre de las oficinas actuales, también van a negociarse con las organizaciones sindicales, bajo el principio de lograr que se haga con las mejores condiciones, con salvaguarda de todos los derechos de los funcionarios.
STAJ, ha reprochado al gobierno su absoluta falta de transparencia y su falta de respeto hacia los trabajadores, por no haber ni siquiera hablado con los sindicatos sobre sus intenciones respecto al Registro Civil, de las que nos hemos enterado siempre a través de terceras personas.
No creemos que el servicio vaya a ser gratuito, de alguna forma los Registradores exigirán, tarde o temprano, una contraprestación para financiar su coste, y lo harán vía aranceles o vía presupuestos, subvenciones, o como sea, con lo que seguirá siendo una “carga para los presupuestos”.
Aunque los Registradores sean funcionarios, su personal no lo es, y diga lo que diga el Ministerio, sólo los funcionarios somos los garantes del cumplimiento de la legalidad y nuestra intervención está siempre sometida a los principios de imparcialidad y confidencialidad.
En STAJ no nos creemos que se vayan a garantizar todos los puestos de trabajo, seguro que, a corto o medio plazo, irán eliminando refuerzos, para poder absorber todos los excedentes del Registro Civil. Y además, el Ministerio debe buscar el mecanismo para que la garantía de los puestos obligue también a las CCAA con competencias.
Por último, STAJ siempre se opuso a la Ley de 2011, pues abogamos por el mantenimiento del Registro Civil como un servicio de la Administración de Justicia, y continuará luchando por ello, para intentar parar por otras vías esta privatización, así como intensificando las movilizaciones, sin descartar LA CONVOCATORIA DE HUELGA. El Ministerio no tiene asegurada la “paz social”, ni mucho menos.