CONTINUACIÓN NEGOCIACIÓN NUEVA OFICINA JUDICIAL TERRIT ORIO MINISTERIO

Por su interés transcribimos a continuación nota informativa sobre la última reunión celebrada el pasado 25 de marzo entre el Ministerio y los sindicatos representativos STAJ, CCOO, UGT y CSIF:

Tras el acuerdo firmado entre el Ministerio, STAJ, CCOO y UGT, que garantiza los derechos de los funcionarios en todo el proceso de implantación y desarrollo de la primera fase de la Nueva Oficina Judicial en ámbito no transferido, el Ministerio nos ha pasado un nuevo texto de Orden Ministerial, el cual en líneas generales recoge lo pactado, si bien algunas cuestiones aún no están suficientemente claras, habiéndose comprometido el Ministerio a darle una nueva redacción, según las aportaciones sindicales.

Seguimos sin comprender por qué hay sindicatos que siguen criticando el último acuerdo firmado, así como el de Octubre pasado (que minimizó los efectos de la reforma del art. 521 LOPJ), pues gracias a ambos pactos se logra, y queda plasmado en el texto de la Orden Ministerial, lo siguiente:

1º.- No hay disminución de plantilla. Aunque la plantilla nos sigue pareciendo insuficiente, lo cierto es que se incrementa según los términos acordados, en un 75 % de los refuerzos existentes actualmente; sin el acuerdo no había garantías ni siquiera del mantenimiento de la actual plantilla.

2º.- División en secciones de los Servicios Comunes Procesales, posibilitándose el traslado entre secciones, mediante concurso de traslado; asimismo, se posibilita el traslado entre UPADs de diferentes jurisdicciones; sin el acuerdo, y sin el firmado en octubre, esto no habría sido posible, y los funcionarios habrían tenido muy pocas posibilidades de traslado dentro de un mismo municipio, al quedar los centros reducidos prácticamente a cuatro o cinco.

3º.- Funciones.- Se delimitan por UPADS y por Servicios, especificándose, dentro de estos, las tareas fundamentales que corresponden a cada sección. No se pueden asignar funciones de otra sección salvo en situaciones muy excepcionales, debidamente justificadas y limitadas temporalmente; sin el acuerdo, el Secretario judicial director del servicio podría, en cualquier momento y sin limitación alguna, asignar a cada funcionario cualquier tarea. En cualquier caso, el reparto de funciones por cuerpos que hace la Orden Ministerial sigue pareciéndonos muy defectuoso, (hay funciones duplicadas, otras no corresponden a los funcionarios a quienes se le asignan). En realidad, esto es la consecuencia de la defectuosa y ambigua redacción que se dio a muchas funciones cuando se reformó la LOPJ en el año 2003, cuyo texto en este aspecto, recordemos, fue pactado entre CSIF y el gobierno Aznar.

4º.- Guardias: se diferencian expresamente en las RPTs los puestos que las realizarán, tanto en UPADs (las de Instrucción), como en los Servicios Comunes; así, quienes ahora las realizan, las seguirán realizando con la misma frecuencia y cuantía que en la actualidad, da igual si permanecen en la UPAD o si se adscriben a un servicio común. Además, se pueden pedir en concurso de traslado ordinario; sin el acuerdo, esto no habría sido posible.

5º.- Retribuciones: Se garantizan expresamente las actuales en todos los casos, y en algunos puestos, se incrementan notablemente (en algunos diferenciados, y en todos los específicos, cuya cantidad se incrementa, y se crean además para todos los cuerpos); sin el acuerdo, algunos funcionarios podrían ver disminuir sus retribuciones, y no se garantizaba el acceso a los puestos singularizados de los funcionarios pertenecientes a las escalas a extinguir. ADEMAS: los planes de actuación continuarán percibiéndose, y se negociará un complemento de productividad. Hemos pedido la conversión de los planes por VSM en complemento específico.

7º.- Puestos con horarios especiales, dedicación especial, y otros con características de especial penosidad, no pueden ser cubiertos en el acoplamiento con carácter forzoso; sin el acuerdo, el carácter forzoso podía aplicarse en todos los casos.

También hoy se ha visto el borrador de RPT de Burgos y de Murcia. Os resumimos muy brevemente, aunque sufrirán algunas modificaciones, tras nuestras alegaciones; hay que destacar que todas las diferenciaciones de puestos se han logrado gracias a los acuerdos suscritos por el STAJ; no obstante, en cuanto a las retribuciones, hemos pedido su revisión, pues algunas nos parecen muy escasas:

BURGOS: En las UPADs se diferencian los puestos por tipo de jurisdicción, y dentro de los servicios, se diferencia por secciones, a las que se podrá concursar, creándose las siguientes:

Þ Servicio Común general (SCG): sección de registro, reparto y estadística; sección de actos de comunicación; sección de otros servicios.

Þ Servicio de ordenación del procedimiento (SCOP): sección civil/contencioso/social; sección penal.

Þ Servicio común de ejecuciones (SCE): sección civil/contencioso/social; sección penal.

Además, se crean los siguientes puestos singularizados (se cubren por concurso específico):

DENOMINACIÓN

CUERPO

Jefe de sección de registro y reparto (SCG)

GESTIÓN

Jefe de sección de actos de comunicación (SCG)

GESTIÓN

Jefe de sección de otros servicios (SCG)

GESTIÓN

Jefe de equipo adjunto civil (SCOP)

GESTIÓN

Jefe de equipo adjunto contencioso y social (SCOP)

GESTIÓN

Jefe de equipo adjunto sección penal (SCOP)

GESTIÓN

Jefe de equipo adjunto ejecución civil, contencioso y social (SCE)

GESTIÓN

Jefe de equipo adjunto sección ejecución penal (SCE)

GESTIÓN

Gestión Asistencia a Víctimas (SCG)

GESTIÓN

Jefe de equipo de recepción, admisión y ordenación de diligencias (SCG)

TRAMITACIÓN

Jefe de equipo de auxilio (SCG)

AUXILIO

El incremento en el complemento específico en los puestos singuralizados respecto de los genéricos está entre 2.000 y 2.815 euros anuales, según los cuerpos y puestos

También se crean los siguientes puestos diferenciados dentro de UPADs y Secciones (se accede por concurso genérico): Todos los que hacen guardia; Gestores personal colaborador y enlace fiscal; Gestor estadística; Gestores actos de comunicación; Tramitadores diligencias actos de comunicación; Auxilios actos de comunicación; Gestores y Tramitadores equipo de apoyo; Tramitadores atención al público.

MURCIA: En las UPADs se diferencian los puestos por tipo de jurisdicción, y dentro de los servicios, se diferencian por secciones, a las que se podrá concursar, creándose las siguientes: (recordemos que en Murcia la NOJ todavía afecta sólo a C-A y Social -unipersonales y colegiados-, y Juzgados de lo Penal):

Þ Servicio Común general: sección de registro, reparto y estadística; sección de actos de comunicación; sección de otros servicios.

Þ Servicio de ordenación del procedimiento: sección de contencioso-administrativo; sección social; sección penal.

Þ Servicio común de ejecuciones: sección de contencioso administrativo y social; sección de subastas electrónicas; sección penal.

Además, se crean los siguientes puestos singularizados (se cubren por concurso específico):

DENOMINACIÓN

CUERPO

Jefe de sección de actos de comunicación (SCG)

GESTIÓN

Jefe de sección de otros servicios (SCG)

GESTIÓN

Gestión Asistencia a Víctimas (SCG)

GESTIÓN

Jefe de equipo adjunto contencioso-administrativo (SCOP)

GESTIÓN

Jefe de equipo adjunto social (SCOP)

GESTIÓN

Jefe de equipo adjunto sección penal (SCOP)

GESTIÓN

Jefe de equipo adjunto ejecuciones contencioso y social (SCE)

GESTIÓN

Jefe de equipo sección ejecución penal (SCE)

GESTIÓN

Jefe equipo de recepción admisión y ordenación diligencias (SCG)

TRAMITACIÓN

Jefe de equipo de auxiliares (SCG)

AUXILIO

El incremento en el complemento específico en los puestos singuralizados respecto de los genéricos está entre 2.000 y 2.815 euros anuales, según los cuerpos y puestos

También se crean los siguientes puestos diferenciados dentro de UPADs y secciones (se accede por concurso genérico): Todos los que hacen guardia; Gestor actos de comunicación en Centros Penitenciarios; Gestores actos de comunicación con horario sólo tarde; Gestores actos de comunicación horario mañana; Tramitador diligencias en Centros Penitenciarios; Auxilios actos de comunicación con horario sólo tarde; Auxilios actos de comunicación horario mañana; Gestores equipos de apoyo; Gestores atención al público con dedicación especial; Tramitadores equipo de apoyo; Tramitadores atención al público con dedicación especial; Auxilios atención al público con dedicación especial.

Tanto en Burgos como en Murcia se crean también puestos de libre designación (3 Gestores en cada ciudad); desde el STAJ hemos mostrado nuestra rotunda oposición, ya que estamos en desacuerdo, por principio, a este tipo de puestos.

En los últimos días hemos recibido también los borradores de RPTs de Melilla, Logroño, Ciudad Real y Cáceres, a las cuales presentaremos también nuestras alegaciones. Tenemos a vuestra disposición todos los borradores de RPTs que nos ha facilitado el Ministerio hasta el momento a los sindicatos representativos (STAJ, CCOO, UGT Y CSIF), para quien desee consultarlas.

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