ALCANZADO PREACUERDO CON EL MINISTERIO DE JUSTICIA PARA LA IMPLANTACIÓN DE LA PRIMERA FASE DE LA OFICINA JUDICIAL E N TERRITORIO NO TRANSFERIDO

Adjunto os remitimos la hoja conjunta de todos los sindicatos con representación en la Mesa del Ministerio de Justicia. Aunque la negociación solo afecta a territorio no transferido, consideramos de interés para todos esta información, dado que el modelo que adopte el Ministerio en relación con la Nueva Oficina Judicial será copiado en buena medida por las Comunidades Autónomas con competencias.

 

Finalmente y tras hacer una reivindicación unitaria se ha conseguido arrancar esta propuesta que también os adjuntamos del Ministerio de Justicia y que recoge las reivindicaciones fundamentales de los trabajadores, que STAJ y los demás sindicatos venimos exigiendo a la Administración.

 

Inicialmente la hemos valorado positivamente, pero hemos solicitado un plazo para estudiarla y dar traslado de ella a los trabajadores para su valoracion.

 

 

Fuera de los puntos de acuerdo que recoge la hoja conjunta  cabe destacar también los siguientes puntos a petición de STAJ:

 

– Hemos solicitado que los TPA que actualmente están adscritos a SCNE se les garantice que sigan percibiendo los 2 puntos que en la actualidad perciben como complemento de penosidad. Se trata de garantizar efectivamente que no habrá merma de retribuciones de ningún tipo.

 

– Que en relación a los planes de actuación (por ejemplo los existentes en los Juzgados de Violencia contra la Mujer de territorio no transferido) solicitamos al Ministerio que se respeten (este problema no existiría en Andalucía, dado que aquí el complemento por violencia es fijo y por tanto estaría garantizada su percepción en todo caso)

 

–  Asimismo solicitamos que cuando el Director de un Servicio Común Procesal atribuya  a los funcionarios con carácter excepcional funciones propias de secciones diferentes a las de la que esté adscrito tengan un límite temporal y se recoja así en la resolución que lo acuerde. El Ministerio contesta que no lo regulará ya que la expresión temporal lleva implícita nuestra petición.   

 

Es indudable que este principio de acuerdo se ha conseguido en gran medida gracias al esfuerzo y el saber estar en todo momento de STAJ en las diferentes reuniones de Mesa de Negociación y agradecemos la colaboración y la unidad sindical, como siempre hemos reclamado, que ha supuesto unidad de los trabajadores del colectivo al que representamos.

STAJ TU REFERENCIA EN JUSTICIA.

 

TEXTO DE LA HOJA:

 

 

LOS CUATRO SINDICATOS REPRESENTATIVOS ARRANCAMOS DEL MINISTERIO UNA PROPUESTA QUE RECOGE LAS REIVINDICACIONES ESENCIALES DE LOS TRABAJADORES

 

Madrid, 3-03-2010

 

Tras varias horas de negociación, los cuatro sindicatos hemos conseguido que el Ministerio presente una nueva propuesta, plasmada por escrito en un documento que os resumimos a continuación, y que en principio valoramos positivamente, pendiente de un análisis más exhaustivo:

 

– Plantillas: Se garantiza que no habrá disminución en las plantillas. Además, se incrementarán con el 75% de los refuerzos actuales (38-40, aproximadamente, de los 53 actuales), distribuyéndose entre las ciudades piloto según las características y necesidades estructurales de las mismas.

 

– Adscripción de puestos en secciones: A efectos de adscripción de puestos, los servicios comunes se diferenciarán por secciones, en aquellos que tengan esta estructura organizativa. Se posibilita así el traslado entre secciones mediante concurso de traslado.

 

Se determinarán las funciones por cuerpos y por servicios, determinándose además las funciones principales que correspondan a cada sección.

 

Los secretarios directores podrán atribuir funciones propias de otra sección únicamente en los siguientes casos:

 

Þ     Tiene que ser mediante resolución motivada.

Þ     Sólo para garantizar la correcta prestación del servicio.

Þ     Se arbitrarán mecanismos de voluntariedad para realizar dichas funciones.

Þ     Tendrá carácter temporal y no modifica la adscripción del funcionario afectado a la sección en que esté destinado.

 

La adscripción definitiva a otra sección diferenciada sólo podrá realizarse mediante los mecanismos previstos en la LOPJ y el Reglamento (redistribución, reordenación o modificación de las RPTs)

 

Guardias.- Se garantiza su realización y retribución a los que actualmente prestan tal servicio. Si alguno de los que ahora realiza la guardia cambia de destino, su plaza se convierte en vacante y se podrá cubrir por concurso de traslado ordinario.

 

Retribuciones.- Se garantiza que ningún funcionario verá disminuidas las retribuciones complementarias fijas que ahora percibe, y las mantendrá mientras no se produzca un cambio de puesto voluntario.

 

Puestos diferenciados y puestos singularizados.- Se amplían los diferenciados y se garantiza que habrá puestos singularizados para todos los cuerpos, y ambos independientemente de que pertenezcan a los cuerpos o a las escalas.

 

Acoplamiento.- Se garantiza la voluntariedad, y en todo caso será objeto de negociación.

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