STAJ informa. Ultima hora. MEDIDAS PENDIENTES DE CONCRECION PARA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN ANDALUCIA

La Consejería acaba de comunicarnos que tras lo decidido hoy por Función Pública, a partir del día 22 de junio serán de aplicación las siguientes medidas en cuanto a personal de riesgo y personal con menores a cargo:

1.- Las personas consideradas especialmente sensibles por estar incluidas en alguno de los grupos vulnerables definidos por el Ministerio de Sanidad no se incorporarán al trabajo presencial hasta tanto no se valore su situación personal y profesional.

2.- Las personas que aleguen tener un menor de 14 años o tener al cargo personas mayores, dependientes o con discapacidad afectadas por el cierre de centros sociales de carácter residencial y centros de día:

A. Podrán solicitar la compatibilización del trabajo presencial con el no presencial cuando las funciones que desempeñen sean susceptibles de ser desarrolladas en ese régimen de trabajo. La parte de la jornada que se desarrolle en la modalidad de trabajo presencial será como mínimo del 20% de la jornada semanal, y se desempeñará en días alternos o bien mediante turnos rotatorios.

Asimismo, podrán solicitar la aplicación de fórmulas de flexibilización de la jornada laboral sin sujeción a los límites previstos en su normativa de aplicación y, en su caso, turnos rotatorios, siempre con garantía de la adecuada prestación de los servicios públicos y sin menoscabo de su jornada y horario.

B. Para el caso de las personas cuyo puesto de trabajo tenga asignadas funciones que no son susceptibles de ser desarrolladas en régimen de trabajo no presencial, podrán solicitar la aplicación de fórmulas de flexibilización de la jornada laboral sin sujeción a los límites previstos en su normativa de aplicación y, en su caso, turnos rotatorios, siempre con garantía de la adecuada prestación de los servicios públicos y sin menoscabo de su jornada y horario.

En el caso de que ambos progenitores o responsables de la persona dependiente tengan la condición de personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía o de sus entidades, no podrán disfrutar de estas medidas simultáneamente. Asimismo, también habrá de acreditarse mediante declaración responsable que no hay otra persona que pueda cuidar del menor o del mayor, dependiente o persona con discapacidad al cargo.

El procedimiento para solicitar la compatibilización y/o flexibilización será publicado por la Dirección General en los próximos días. LA SOLICITUD DEBERÁ PRESENTARSE ENTRE LOS DÍAS 22 Y 24 DE JUNIO.

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