Reproducimos correo electrónico recibido de la Dirección general.
La Instrucción se creó como tal y no como Resolución porque iba a tener una vigencia muy limitada, del 31 de marzo al 9 de abril, esta es la fecha que regulaba la vigencia del Real Decreto 10/2020, y la Instrucción 3 y 4 de 2020, se dicta para adecuar la dotación de plantilla de la Administración de Justicia a dicha norma. Entiendo ahora, por la confusión que hay, que la propia Instrucción en lugar de hacer referencia a la norma por la que se crea, debería también haber hecho expresa mención a su vigencia.
La propia Instrucción dice que sigue vigente la Resolución de la CCAA, que en este caso era la de 24 de marzo. No dudamos, de que la dotación establecida en la Instrucción no haya cubierto los servicios esenciales en el plazo para el que fueron establecidos, pero ahora estamos en otro escenario, y no debe aplicarse la Instrucción porque no está vigente, expiró el 9 de abril.
Sin perjuicio de que hemos vuelto a solicitar el mantenimiento de la dotación prevista en las instrucciones 3 y 4/2020, hemos advertido a la Consejería de la imposibilidad de que, a pocas horas de iniciarse la jornada laboral, pueda darse cumplimiento a la dotación prevista en la resolución de 24 de marzo.
Accede a la resolución de 24 de marzo en el siguiente enlace:
https://stajandalucia.es/wp-content/uploads/2020/03/RESOLUCION-DGOJF-DE-24-03-20-v2.pdf