Tras 4 años desde de la supresión de la paga extra de Navidad del 2012, los funcionarios de Justicia aún seguimos reclamando al Ministerio de Justicia y a las CCAA con competencias asumidas en materia de Justicia, la devolución de lo que resta de dicha paga extra. Esta devolución, en general, se hace de oficio para todos aquellos compañeros que no hayan cambiado de ámbito territorial, ni de situación administrativa desde la fecha de la supresión de la paga. En el caso de cambio de ámbito territorial (por concurso de traslados) o de cambio de situación administrativa (jubilación o fallecimiento del funcionario de Justicia, para el caso de los herederos), recordamos que rige el Principio de petición o instancia de parte, es decir, hay que solicitar de forma expresa la devolución, salvo en algunos ámbitos, por ejemplo en Navarra.
A continuación pasamos a explicar cómo está la cuestión en algunos ámbitos territoriales, dado que en Andalucía hay compañeros venidos en concurso de traslado de esos ámbitos.
En ámbito Ministerio recordamos que aún nos deben el 49,73 % de la paga.
La devolución del 49,73% se hará en un único pago (no como el año pasado que nos lo devolvieron en dos partes), y estamos pendientes de que el Ministerio de Hacienda autorice a la Habilitación Central del Ministerio, para que la abone en la nómina del mes de febrero.
El modelo de solicitud de la primera parte es el publicado en el BOE del 2 de enero del 2015, y para la solicitud de la segunda parte es el publicado en el BOE del 24 de septiembre del 2015 (es el mismo modelo).
Los compañeros que actualmente se encuentran prestando servicios en otro ámbito, o se han jubilado, deben estar a la espera para saber si lo tienen que solicitar, como las otras dos veces, o se devolverá de oficio.
En la Comunidad de Madrid, la devolución se efectuará en 4 partes. A pesar de que la Dirección General de Justicia de la Comunidad de Madrid no ha dictado resolución expresa, ni tampoco ha abierto de forma expresa un plazo para solicitar la devolución, en lo que parece una actuación de mala fe, antes de Navidad ya se pudo solicitar la devolución de la segunda parte y actualmente ya se puede solicitar la devolución de la tercera parte.
El modelo para la solicitud es único y es el mismo que para solicitar la primera y la segunda parte.
En el Principado de Asturias la devolución se efectuará en 4 tramos, y ya se puede solicitar el tercer tramo, debiendo solicitarlo de forma expresa aquellos compañeros que se encuentren prestando servicios actualmente fuera del Principado, mediante el modelo formalizado publicado en el BOPA el pasado 20 de enero.
Respecto de Cataluña, recientemente el Parlamento de Cataluña aprobó una Resolución en la que se garantiza el cobro de lo que queda pendiente de la paga de 2012 (tan sólo se ha recuperado un 25%, y por lo tanto resta el 75%) en los ejercicios presupuestarios 2016 y 2017, y como fecha máxima de percepción el 31 de marzo de 2018, pero sin especificar ninguna fecha concreta.
Recordamos que los compañeros de Cataluña, al igual que los de Andalucía, han sufrido la eliminación de una paga extra también durante los años 2013 y 2014 (a través del descuento en el complemento autonómico en cuantía igual a la paga extra), en estos casos no por parte de Gobierno Central, sino por parte del Gobierno regional de Cataluña.
Respecto de la recuperación de estas últimas pagas extras, el Parlamento de Cataluña tan sólo acordó obligar a la Mesa General de la Función Pública de Cataluña a establecer un calendario de negociación para la recuperación de las pagas de los años 2013 y 2014, sin más.
En el caso de la Comunidad Foral de Navarra, el año pasado se abonó un 25%, y en la nómina de enero del 2016 se abonará otro 25%. El abono se hará por transferencia al número de cuenta, pues en Navarra no hace falta solicitud si los funcionarios no han cambiado de cuenta bancaria.
El 50% restante no lo quieren pagar hasta los años 2017 y 2018, un 25% cada año; los compañeros de Navarra ya han iniciado movilizaciones conjuntas exigiendo la devolución, y dado que no están aprobados los Presupuestos Generales de Navarra para el 2016, cabe la posibilidad de que el Gobierno Foral rectifique en su propósito.
En la Comunidad Valenciana, la Administración está abonando, sin problemas, la totalidad de la paga extra tan sólo con solicitarlo por vía administrativa, dado que están aplicando el fallo de varias sentencias que obliga a ello.
Respecto de Andalucía, tan sólo se ha abonado un primer tramo, del 24,04%, a principios del año 2015. No se ha abonado nada más, a pesar de que el Gobierno regional de Andalucía reconoce que la deuda existe, y el deber de devolución, recogido en el Real Decreto-ley 10/2015 y en la Ley de Presupuestos Generales del Estado del año 2016. STAJ ha exigido la suspensión de la negociación de la implantación de la Nueva Oficina Judicial, desde que se iniciara esta en diciembre de 2015, hasta que se abone la extra de diciembre de 2012 o al menos se establezca un calendario de pago y devolución de otros derechos. De momento no se sabe cuándo se hará efectiva la devolución del 75% restante.
Señalar que los compañeros de Andalucía, al igual que los de Cataluña, también hemos sufrido la supresión del equivalente aproximado a una paga extra en los años 2013 y 2014, por parte del Gobierno regional, a través de la disminución todos los meses de su complemento provisional específico. Ese recorte en Andalucía ha supuesto un 5% del total de las retribuciones anuales de cada funcionario de Justicia. De la recuperación de estas cantidades, tampoco se sabe nada.