STAJ informa. Novedades sobre “teletrabajo”

Conforme a lo estipulado en el Pacto de la Mesa General firmado en el día de ayer, 14 de septiembre y mientras se mantenga la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, se producen las siguientes novedades en cuanto al teletrabajo:

– Se establece con carácter general la posibilidad de realizar teletrabajo durante el 20 por ciento de la jornada semanal pudiendo solicitarse por cualquier funcionario –salvo excepciones por tipos de puesto-, no circunscribiéndose únicamente a personal que tenga a cargo hijos menores de 14 años o personal perteneciente a grupos de riesgo como ha venido ocurriendo desde el mes de junio por imposición de la mesa general. No obstante, es necesario adaptar lo acordado en mesa general a las peculiaridades de la Administración de Justicia, para lo cual se celebrará próximamente mesa sectorial.

En caso de personal perteneciente a grupos de riesgo, el porcentaje de presencialidad se determinará según la evaluación de riesgos que se haya realizado respecto al mismo, pudiendo llegar la modalidad no presencial al cien por cien de la jornada semanal, sin perjuicio de lo que se establezca para nuestro sector.

– Hasta que se proceda a la reapertura ordinaria de los centros educativos, asistenciales o de conciliación familiar, el personal con hijos menores de 14 años o personas dependientes a su cargo puede compatibilizar la prestación del servicio mediante teletrabajo con una presencia del 20 por ciento de la jornada semanal. De haberse producido ya la reapertura de estos centros, debe entenderse que no es aplicable ya esta medida.

A raíz del Acuerdo de Mesa general, por la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal se ha dictado la siguiente nota:

NOTA SOBRE LA APLICACIÓN DEL PACTO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN COMÚN DEL PERSONAL FUNCIONARIO, ESTATUTARIO Y LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA POR EL QUE SE APRUEBA EL PROTOCOLO DE MEDIDAS ORGANIZATIVAS PARA LA APLICACIÓN TEMPORAL DEL RÉGIMEN DE TRABAJO NO PRESENCIAL EN EL MARCO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19

Con fecha de 14 de septiembre de 2020 se ha firmado el Pacto de la Mesa General de negociación común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía por el que se aprueba el protocolo de medidas organizativas para la aplicación temporal del régimen de trabajo no presencial en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, cuyo objetivo ha sido establecer medidas organizativas y criterios para la aplicación temporal para la prestación de servicios en régimen de trabajo no presencial en tanto se mantenga la situación de crisis sanitaria para todos los empleados públicos de la Administración de la Junta de Andalucía, incluido el personal de la Administración de Justicia.

El Pacto firmado aporta como principal novedad medidas de conciliación como es el reconocimiento a todas las personas incluidas en su ámbito de aplicación cuyas funciones sean susceptibles de teletrabajo, la posibilidad de un día de teletrabajo semanal. Esta novedad representa un importante beneficio ya que permite, a un gran número de empleadas y empleados públicos una mejor conciliación.

El presente protocolo producirá efectos desde el día 16 de septiembre hasta que se determine el fin de la crisis sanitaria producida por el COVID-19. No obstante, y pese a que las medidas y criterios establecidos en el Protocolo son aplicables al personal de la Administración de Justicia, las particularidades propias serán analizadas y trabajadas en una Mesa Sectorial posterior de la que derivará un documento específico para el colectivo de Justicia.

Por su parte, la Instrucción 8/2020 de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, mediante la que se recoge para el personal de la Administración de Justicia las medidas contenidas en el Pacto de la Mesa General de Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, de 19 de junio de 2020 en desarrollo del apartado IV, punto 5, del Plan de Incorporación progresiva de la actividad presencial de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por acuerdo de la citada mesa general de 8 de mayo de 2020 y ratificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de mayo de 2020, queda sin efecto a partir del día 15 de septiembre de 2020, tal y como se establecía en su apartado cuarto.

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