JORNADA DE VERANO EN ANDALUCIA

El día 16 de junio comienza el periodo de jornada de verano, que se prolongará hasta el día 15 de septiembre, ambos inclusive.

La jornada será de treinta y dos horas y media semanales (en lugar de las 35 de jornada ordinaria).

La jornada se puede realizar entre las siete y treinta minutos y las quince horas, de lunes a viernes, siendo la parte rígida del horario obligatorio entre las nueve y las catorce horas.

En cumplimiento del apartado 1 del artículo 135 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en las oficinas correspondientes (aquéllas que tengan encomendada la recepción y registro de escritos) debe permanecer el personal necesario hasta las quince horas para recepción y registro de escritos sometidos a término.

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