STAJ informa. Modificación Ley 20/2011, del REGISTRO CIVIL

El Ministerio facilita a las CCAA y las organizaciones sindicales el texto de la propuesta de modificación

Descarga nuestra hoja con completa información sobre la reforma y tabla comparativa Ley 2011 y propuesta de reforma.

Una vez analizado el documento presentado por el Ministerio, puede resumirse en los siguientes puntos fundamentales:

  • El Registro civil permanece dentro de la Administración de Justicia, pero sin jueces.
  • Los Letrados A.J. serán los Encargados del nuevo Registro Civil.
  • Los puestos de trabajo de las Oficinas Generales del registro civil sólo podrán ser cubiertos por personal de los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.
  • Se mantiene el modelo organizativo previsto en la Ley de 2011: una Oficina Central y al menos una Oficina General en cada Comunidad Autónoma.
  • Se elimina de la ley el límite máximo de 3 Oficinas Generales por Comunidad Autónoma, que preveía la Ley de 2011. Corresponde a éstas y al Ministerio de Justicia, en sus respectivos ámbitos, el diseño, creación y organización de las oficinas generales.
  • El mapa actual del Registro Civil con sus 431 oficinas sólo se mantiene hasta que se desarrolle definitivamente la aplicación tecnológica para la implantación del folio único personal. A partir de ese momento, sólo permanecerán las oficinas que decidan Ministerio y Comunidades Autónomas en sus respectivos ámbitos, como Oficinas Generales de Registro Civil, con sus correspondientes Relaciones de Puestos de Trabajo.
  • Los Juzgados de Paz mantienen igualmente sus funciones actuales de Registro civil, sólo hasta que se implante definitivamente la aplicación tecnológica. A partir de ahí sólo tendrán funciones de recepción de solicitudes y documentación. Los Jueces de Paz podrán también celebrar matrimonios (posibilidad introducida en la reforma de 2015). En esto tampoco hay cambios.

STAJ no acepta ahora, como tampoco aceptó en 2011, este modelo de estructura de Registro Civil, aunque se mantenga en la Administración de Justicia. Así lo hemos expresado al Ministerio en las alegaciones presentadas antes de disponer el texto, y así lo reiteraremos en las que presentemos en los próximos días. STAJ apuesta por un Registro Civil que mantenga oficinas en todos los partidos judiciales y en los Juzgados de Paz, con plenas competencias y con reconocimiento de las funciones que en la materia realizamos los funcionarios de Justicia.

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Puedes ver también AQUÍ las alegaciones presentadas por STAJ tras la reunión de mesa sectorial, las cuales serán completadas en los próximos días una vez que el Ministerio ya nos ha facilitado el texto de la propuesta.

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