STAJ informa. BOE activación fase 2 desescalada Administración de Justicia

En el BOE de hoy 23 de mayo se publica la Orden JUS/430/2020, de 22 de mayo, por la que se activa la Fase 2 del Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19.

MINISTERIO DE JUSTICIA

Estado de alarma. Administración de Justicia

Como ya os informamos anteriormente, esta fase comienza el próximo martes, 26 de mayo, e implica que la plantilla presencial en términos generales pasará a estar entre el 60 y el 70%, salvo los Juzgados, Fiscalías e Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses en servicio de guardia que contarán con toda la dotación de personal que preste dicho servicio.

Según esta Orden, sólo se establecerán turnos de tarde cuando el número de funcionarios que acuda a cubrir el turno de trabajo impida garantizar el mantenimiento de las medidas de seguridad y se establecerán en las condiciones previstas en el anexo III de la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo.

No serán llamados a formar parte de los turnos presenciales aquellos que tengan reconocidos permisos por patologías susceptibles de agravarse por efecto del COVID-19, en tanto no se verifique por el servicio de prevención en qué condiciones puede prestar servicio en situación de seguridad.

Tampoco será llamado a formar parte de los turnos presenciales el personal que tenga reconocidos permisos por razón de deber inexcusable, sin perjuicio de su preferencia para formar parte de los turnos de tarde, si ese horario se ajusta a sus necesidades. El permiso por deber inexcusable durante esta fase afectará a los empleados con hijos/hijas menores de 14 años, o con personas mayores de esta edad dependientes a su cargo que necesitasen atención para realizar actividades básicas de la vida diaria, y que no pudieran flexibilizar su horario de trabajo con las alternativas existentes, o que no pudieran desarrollar su actividad ordinaria en la modalidad de teletrabajo.

Los funcionarios voluntariamente acogidos a la modalidad de teletrabajo participarán en los turnos presenciales cuando sea imprescindible para completar los porcentajes de prestación de servicios en régimen presencial.

Estas cuestiones, no obstante, en el caso de Andalucía deberán ser concretadas en la resolución que se adopte para nuestro ámbito, para lo cual hay señalada mesa sectorial para el próximo día 25 de mayo.

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