Protección de Datos: Prohibido grabar y fotografiar a funcionarios en su puesto de trabajo.

La Agencia Española de Protección de Datos se ha pronunciado de manera clara en un informe: La captación por particulares de la imagen de empleados públicos, generalmente a través de teléfonos móviles, y con la finalidad incluso después de la difusión por Internet, no puede enmarcarse en una actividad estrictamente personal o doméstica. Por tanto -añade-, entra en juego la Ley Orgánica de Protección de Datos, que prohíbe dicha toma de imágenes si no media el consentimiento del afectado (aquel que es fotografiado o grabado).

El documento advierte también de que la toma de imágenes no podrá ser utilizada para fines concretos. Cita, concretamente, que las grabaciones no servirán para presentar denuncias en expedientes disciplinarios o incluso penales contra los empleados públicos por parte de sus superiores.

La noticia en elconfidencialdigital.com

Informe completo de la Agencia Española de Protección de Datos

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