Prensa: Las cuentas de juzgados y tribunales ganaron 150 millones en intereses en 2013.

Los depósitos y consignaciones judiciales, como las fianzas, supusieron unos ingresos de cerca de 7.000 millones de euros que, al igual que otros activos, producen intereses financieros.

El Ministerio de Justicia ingresó el año pasado cerca de 150 millones de euros en concepto de intereses bancarios por la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales, según han confirmado a EXPANSIÓN diversas fuentes de la Administración de Justicia.

Se trata de la cuenta común a la que van a parar los ingresos que se realizan en los juzgados de toda España en concepto de fianzas, embargos judiciales, garantías, cauciones o cualquier otro tipo de abono que ciudadanos o empresas realicen ante los órganos judiciales.

Buena parte de este dinero se devuelve a sus propietarios (pero sin intereses) o va a parar a la parte contraria cuando se resuelve el conflicto a su favor, lo que hace que haya un flujo constante de entradas y salidas de capital. También una parte de esos ingresos corresponde al Ministerio de Justicia, como los depósitos para la interposición de un recurso, cuyo fin es disuadir a quienes reclaman sin fundamento jurídico.

Nuevo concurso para la gestión de la cuenta

Banco Santander es la entidad que gestiona actualmente la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales, después de que Banesto –ahora integrado en Santander– ganara la adjudicación en 2009, en un concurso al que también se presentó BBVA, banco que se había encargado durante años de esta función.

La adjudicación se hizo por un período de cuatro años con posibilidad de dos de prórroga. Según fuentes de Justicia consultadas por este diario, es probable que a lo largo de este año, y de cara a 2015, se vuelva a sacar a concurso la adjudicación de esta cuenta. La regulación establece que el Ministerio de Justicia debe designar la entidad de crédito que preste el servicio de apertura y gestión de las cuentas y que el concurso debe tener en cuenta las mejores condiciones económicas y técnicas ofrecidas por los licitadores.

El TC impidió a Cataluña y Andalucía gestionar su parte

La gestión de la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales es competencia exclusiva del Estado, a pesar de que haya comunidades autónomas con competencias transferidas en materia de Justicia. Así lo aclaró el Tribunal Constitucional cuando, en 2006, dio respuesta a la intención de dos comunidades autónomas –Andalucía y Cataluña– de exigir la parte que les correspondía de estos beneficios.

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