Nóminas interinos cesados como consecuencia del concurso

La Consejería informa que para cubrir los plazos posesorios del concurso de traslado ha mantenido a los interinos que ya ocupaban esas plazas hasta que son cesados como consecuencia de la toma de posesión de los funcionarios de carrera trasladados. No obstante, la Consejería nos informa que para evitar tener que hacer nóminas complementarias, los días trabajados del mes de diciembre no se cobrarán por esos interinos hasta la nómina de enero. Sí percibirán íntegramente la paga extra (o la parte proporcional que le corresponda si el tiempo trabajado fuera inferior al periodo de devengo -semestre junio-noviembre-).

Lo que no dice la Consejería es que en algunos supuestos se están efectuando ceses para evitar tener que nombrar interinos durante algún tiempo, ahorrando así la nómina correspondiente, pero perjudicando notablemente a los juzgados afectados por esta medida. Es el caso de plazas ocupadas por interinos que pertenecen a funcionarios de carrera que están en comisión de servicio, y que han obtenido plaza en el concurso de traslado. A estos funcionarios se les está cesando en la comisión de servicios

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