Mesa técnica 18-10-2012: comienza la negociación para la modificación de la Orden de Jornada y horario.-

La Consejería acepta sólo algunas propuestas de mejora del texto inicial propuesto por la Administración

Tras la imposición por parte del Gobierno y el Ministerio de Justicia de la jornada general de 37 horas y media semanales, equivalentes a 1625 horas anuales, la Consejería nos ha pasado un proyecto de Orden reguladora de la jornada y horario en Andalucía, que, en conjunto, es bastante más gravoso que el aprobado para otras Comunidades autónomas con competencias en Justicia. Durante la reunión de mesa mantenida ayer, se han aceptado algunas de las propuestas sindicales que suavizan el texto, aunque no de forma plenamente satisfactoria ni mucho menos, pues aún quedan muchas cuestiones algunas de las cuales la Consejería se compromete a estudiar pero sin asegurar que vaya a haber más cambios. De momento, la postura de la Consejería respecto al borrador de Orden y las alegaciones sindicales es la siguiente:

Jornada general.- No se acepta que la jornada sea de 35 horas semanales, ya que el Estado obliga a que sean 37 horas y media. No obstante, estudiará la posibilidad de mantener en el sistema Hermes de control horario los 15 minutos “de cortesía” a la entrada y a la salida.

La jornada se podrá realizar entre las 7.30 y las 15.30, de lunes a viernes, y de 16.00 a 20.00, los lunes, martes y jueves. La parte fija de obligada presencia será de 9 a 14 horas. STAJ ha pedido que se pueda realizar ininterrumpidamente desde las 7.00 a 20.00 de lunes a viernes, y los sábados de 9 a 14 horas; se estudiará por la Consejería, pero es reacia a aceptarlo, especialmente a suprimir la interrupción de 15.30 a 16.00. Nosotros insistimos en que la interrupción de la jornada es contraria a la conciliación e la vida familiar y laboral y vulnera la LOPJ, que establece que la jornada de tarde ha de ser voluntaria e incentivada.

Bolsa de horas.- La bolsa de horas es para completar la jornada anual de 1625 horas de trabajo efectivo, ya que, según la Consejería, con las reducciones de jornada de verano y fiestas locales, no se llega a ese número de horas. Con cargo a la bolsa de horas se realizarán diligencias urgentes e inaplazables y se compensa la atención a diligencias que no pueden interrumpirse y que excedan del horario de trabajo. Hemos solicitado que se clarifique cuál será el funcionamiento de esa bolsa de horas y sus límites, y, principalmente, que se clarifique qué se entiende por diligencias urgentes e inaplazables, arbitrando mecanismos de control que eviten abusos de modo que la utilización de esa bolsa de horas no dependa del libre albedrío de jueces o secretarios judiciales, sino de la necesidad real y contrastada de hacer uso de la misma. También hemos solicitado que en todo caso los excesos horarios computen

Horarios especiales.- Acepta recoger en el texto que los horarios especiales (que podrán establecerse en el futuro y que no serán de más de 40 horas semanales) serán debidamente retribuidos en todo caso.

Atención al público.- De 9 a 14 horas, y hasta las 15.00 en los casos del art. 135.1 de la LEC donde sea necesario. En Registros Civiles el proyecto prevé sólo la posibilidad de establecimiento de jornada continuada u horario de mañana y tarde, previa negociación. STAJ ha solicitado que continúe la jornada de tarde actual y que se recoja así expresamente en la Orden. Lo van a estudiar.

Vacaciones.- Hemos solicitado que pueda disfrutarse por días sueltos. La Consejería estudiará si es viable para su inclusión, en su caso, en el futuro Manual de Vacaciones, permisos y licencias. También hemos solicitado que se posibiliten ausencias excepcionales y debidamente justificadas dentro de la jornada laboral por el tiempo estrictamente necesario por razones de guarda legal de menores y atención a personas mayores o discapacitados. También se estudiará.

Jornada reducida de verano de 32 horas y media semanales.- Se acepta por la Consejería que abarque de 16 de junio a 15 de septiembre, tal como está establecido en la Orden del Ministerio de Justicia. La Consejería estudiará además un ajuste en el horario propuesto, pues con la rigidez en que está previsto en el borrador inicial (de 8.00 a 14.30) no deja margen alguno para flexibilidad horaria.

Jornada reducida fiestas locales.- También se va a revisar pues la jornada prevista en el borrador (jornada única de 8 a 15 sin flexibilidad) es excesiva e incluso más gravosa que la jornada de verano, lo cual es una incoherencia.

Jornada reducida en Navidad y Semana Santa.- No la contempla el borrador, por lo que hemos solicitado que se incluya. La Consejería es reacia porque entiende que no está prevista en la nueva Orden Ministerial, lo cual es absurdo porque tampoco estaba incluida en la Orden antigua, y además en otras CCAA sí se está aplicando esa jornada reducida.

Sábados.- Salvo los servicios de guardia conforme a la normativa que los regula y en los supuestos expresamente previstos, entendemos que el resto sólo debe establecerse como parte flexible del horario y por tanto enteramente voluntaria. Si en un futuro se establecen otros servicios en sábado debe ser únicamente para aquellos casos excepcionales para los que se negocien jornadas especiales, debidamente retribuidas.

Servicios extraordinarios.- Aunque han sido suspendidos por la Junta de Andalucía, ello no obsta a que pueda preverse en la Orden para un futuro, o incluso ahora para casos excepcionales. La Consejería es reacia a incluirlos en la Orden, y mantiene que deben compensarse exclusivamente con cargo a la parte flexible del horario.

Compensaciones horarias.- Hemos solicitado que la acumulación en días de permiso por los excesos de horas realizadas como consecuencia de las necesidades del servicio puedan disfrutarse sin restricciones durante todo el año natural y el mes de enero siguiente. Tampoco parece muy conforme la Consejería con aceptar esta propuesta, remitiendo a lo regulado por el Ministerio que habla de acumulación sólo cuando no sea posible compensar en el mes siguiente con cargo al horario flexible.

Descanso entre jornadas.- STAJ ha solicitado que se establezca en la Orden la obligatoriedad de un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas de trabajo. La Consejería lo remite a una futura negociación de compensaciones horarias para los servicios de guardia, a lo que STAJ ha manifestado que también, excepcionalmente, pueden darse casos de funcionarios que finalicen su jornada después de las 21 horas por necesidades del servicio, sin estar de guardia.

Justificación de ausencias.- Hemos solicitado que la recuperación de horas pueda hacerse durante todo el mes siguiente y no sólo en la primera semana. La Consejería lo va a estudiar.

Días 24 y 31 de diciembre.- El borrador sólo incluye que cuando coinciden en sábado, domingo o festivo, se añade un día de permiso. Hemos solicitado además que quienes trabajen dichos días tengan dos días adicionales por cada uno de ellos.

NUEVA ORDEN DE INTERINOS Y CONVOCATORIA PARA ACTUALIZACIÓN DE LA BOLSA.-

La Consejería no nos ha pasado ningún borrador de nueva Orden de interinos, por lo que le hemos solicitado que lo haga para comenzar su negociación cuanto antes.

Tampoco nos ha dado fecha de publicación de convocatoria para la actualización de la bolsa, poniendo excusas como que es necesario primero informatizar el sistema para hacer más ágil la elaboración de la bolsa y su desarrollo posterior.

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