JORNADA REDUCIDA EN SEMANA SANTA

SEMANA SANTA 09

Días 6, 7, 8 y 13 de abril, se establece una jornada horaria de trabajo de:

9 a 14 horas.

(Art 6.- 2, de la ORDEN de 31 de octubre de 2007, por la que se determina la jornada y el horario en el ámbito de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el calendario laboral.(BOJA 9 de Noviembre de 2007): La jornada de trabajo será entre las nueve y las catorce horas los tres días hábiles de Semana Santa y Lunes de Pascua.
-En cumplimiento del apartado 1 del artículo 135 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, respecto de la presentación de escritos sometidos a término, en las unidades previstas en este apartado deberá permanecer hasta las quince horas el personal necesario para la recepción y registro de los mismos-.)

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