GUARDIA DE 24 HORAS EN CÓRDOBA. NOTA ACLARATORIA DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA

 

El pasado lunes 13 de junio, todos los sindicatos de justicia con representación en Córdoba, mantuvimos un breve encuentro con el Coordinador de Justicia de la Delegación, José Antonio Soriano, en el que tratamos someramente sobre varios temas (nuevo juzgado de instrucción, segunda guardia de juicios inmediatos de faltas, sala de vistas, juzgado de 24 horas, etc).

Después del encuentro uno de los sindicatos ha realizado una hoja informativa sobre la reunión en la que afirma lo siguiente: “ … la semana pasada … nuestra Federación de Empleados en Madrid se puso en contacto con el C.G.P.J. y el Ministerio de Justicia, informándonos el C.G.P.J., que está a la espera del Informe favorable de nuestra Comunidad Autónoma y la aprobación presupuestaria por parte del Ministerio para la creación del 24 horas en nuestra Ciudad”.

Esta información de ese sindicato la ha leído el Coordinador de Justicia de la Delegación y nos ha enviado un correo electrónico –suponemos que a todos los sindicatos-, con el título “ACLARACIÓN”, en el que nos comunica para conocimiento del personal que existe un “error” en la información dada, haciendo una “aclaración en evitación de malentendidos”.

Nos aclara, y citamos textualmente entrecomillado:

“El procedimiento legalmente previsto para la deseada instauración del Juzgado de 24 horas en nuestra ciudad está regulado en el artículo 59.5 del Acuerdo de 15 de Sept de 2005 del CGPJ por el que se aprueba el Reglamento 1/2005 de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, y se debe iniciar conforme a dicho precepto, una vez tengamos 8 juzgados de instrucción, con el acuerdo de la Junta de Jueces de Instrucción de Córdoba, posteriormente la aprobación del mismo por la Sala de Gobierno del TSJA, que lo elevará al CGPJ para su aprobación, previo informe (favorable) del Ministerio de Justicia y de la Junta de Andalucía.”

A continuación, nos dice lo siguiente, (citamos literalmente entrecomillado):

“Ese procedimiento formal obviamente no se ha iniciado aún, ya que aún no se ha producido el requisito principal habilitante (la puesta en marcha del Juzgado nº 8), y su hito primero será el Acuerdo de la Junta de Jueces, su hito segundo deberá ser el acuerdo de la sala de gobierno del TSJA y al final del proceso deberá ser el CGPJ quien solicitará, esperamos, al Ministerio y a la Junta el informe preceptivo a ambos, solicitud que obviamente aún no se ha podido producir. Por todo ello, es imposible que el “CGPJ esté a la espera del informe favorable de nuestra Comunidad Autónoma y la aprobación presupuestaria por parte del Ministerio” ya que el procedimiento no se ha iniciado aún y no se ha solicitado informe alguno.”

De todos es conocido que la Administración Autonómica se ha comprometido en diferentes ocasiones a través de sus máximos representantes, a informar favorablemente la iniciativa cuando se le solicite el parecer, ya que antes no tendría sentido ni serviría para nada, porque la competencia es exclusiva del CGPJ.” Termina aquí el mensaje recibido.

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