Entró en vigor la reforma de la normativa concursal

El BOE del sábado 6 de septiembre ha publicado el Real Decreto Ley 11/2014, de 5 de septiembre, de medidas urgentes en materia concursal. Esta reforma pretende garantizar la plena coherencia del conjunto de la normativa concursal después de las novedades introducidas en el régimen de los acuerdos de refinanciación por el Real Decreto Ley 4/2014, de 7 de marzo.

La norma completa las medidas ya implantadas para la fase preconcursal y persigue dar solución a algunas carencias y problemas detectados en la fase concursal. En concreto, se establece un mejor engranaje entre el convenio concursal y los acuerdos de refinanciación y se eliminan los obstáculos legales para la venta de empresas o unidades productivas sin cargas.

De forma resumida la parte dispositiva de este decreto-ley consta de un único artículo, dividido a su vez en tres apartados, en cuya virtud se modifican varios preceptos de la ley 22/2003, de 9 de Julio, Ley Concursal. La parte final de este decreto-ley consta de cuatro disposiciones adicionales, cuatro disposiciones transitorias, un disposición derogatoria única y cinco disposiciones finales, modificando la disposición final tercera la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para adaptarla a la reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 17 de julio de 2014, en concreto se da una nueva redacción al art. 695.4 de la LEC en materia de EJECUCION HIPOTECARIA permitiendo el recurso de apelación contra el auto que ordene el sobreseimiento de la ejecución, la inaplicación de una cláusula abusiva o la desestimación de la oposición por la causa prevista en el apartado 1,4º anterior.

La entrada en vigor de este RDLey 11/2014 será efectiva a partir del lunes 8-9-2014.

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