EL STAJ solicita que a los funcionarios en prácticas se les abonen los complementos correspondientes al puesto que ocupen hasta su toma de posesión

El STAJ ha solicitado al IAAP que, dado que los funcionarios en prácticas del cuerpo de auxilio judicial (que no eran interinos), van a continuar hasta su toma de posesión como funcionarios de carrera en el último Juzgado donde estén haciendo las prácticas, se aplique lo previsto en el artículo 449.3 de la L.O.P.J., que establece que “Si las prácticas se realizasen desempeñando un puesto de trabajo, el importe señalado en el apartado primero se incrementará en las retribuciones complementarias de dicho puesto.” Es decir, a las retribuciones que vienen percibiendo como funcionarios en prácticas (sueldo base + pagas extraordinarias), habrá que sumar los complementos (general de puesto y específico) que correspondan al puesto de trabajo en el que continúen hasta su toma de posesión como funcionarios de carrera.

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