“COPAGO” FARMACÉUTICO: ¿CÓMO AFECTARÁ A LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA?

Desde el día 1 de Julio entra en vigor el “copago” farmacéutico. Además, más de 400 medicamentos dejarán de estar financiados.

Vamos a intentar explicar la cuestión trasladando esta medida al ámbito de los funcionarios de Justicia. En primer lugar, esta medida afecta a los que están dentro del Régimen General de la Seguridad Social, que en el ámbito de la Admón. de Justicia son los funcionarios interinos.

Los funcionarios titulares ingresados con posterioridad al 1 de enero del 2011 están en el Régimen general a los únicos efectos de jubilación (cobro de pensión y edad de jubilación), por lo tanto a ellos no les afecta esta medida, aunque a los titulares afecta otra, como ya veremos.

La medida, no obstante, no entrará en vigor en el País Vasco, y en Cataluña entrará en vigor después del verano. En Cataluña además, hay que pagar también 1 euro por receta.

FUNCIONARIOS EN EL RÉGIMEN GENERAL (INTERINOS).

Hay que diferenciar entre funcionarios que se jubilen y funcionarios en activo.

¿Cuánto pagarán los funcionarios interinos en activo?

Depende de su renta. Para quienes ingresen menos de 18.000 euros al año no habrá cambios y seguirán pagando lo que hasta ahora, un 40 % del coste total del medicamento. Desde 18.000 euros hasta 100.000 euros de renta el usuario pasará a pagar la mitad del medicamento y, cuando supere los 100.000, financiará el 60 %.

¿Cuánto pagarán los funcionarios interinos que se jubilen, que continúen en el régimen general?

También depende de la renta que perciban. Los pensionistas con ingresos menores de 18.000 euros mensuales, pagarán el 10% del medicamento hasta un máximo de 8 euros el mes. El máximo mensual será de 18 euros para los que ingresen más de 18.000 euros al año y, para quienes ingresen más de 100.000 euros, el máximo a pagar será de 60 euros al mes.

Cuidado, que habla de ingresos, no sólo renta del trabajo o pensión de jubilación; esto significa que a la renta de trabajo o a la pensión de jubilación hay que sumar también otros ingresos, como alquileres que se perciban, dividendos de acciones, etc.

¿Y si se excede de este gasto?

Si el pensionista supera los 8, 18 o 60 euros al mes que tiene como máximo, los servicios de salud reintegrarán de forma automática las cuantías aportadas de más en la cuenta corriente donde el usuario tenga domiciliada su pensión, sin que el ciudadano tenga que hacer ningún trámite. Solo si adquiere los medicamentos fuera de su Comunidad tendrá que presentar las recetas y los tickets para solicitar el reintegro. El dinero se abonará en un plazo de entre tres y seis meses. Ya veremos si lo cumplen o no.

Excepciones al “copago”.

Los parados que no reciban prestación alguna por desempleo quedarán exentos de pagar por los medicamentos, al igual que las personas con rentas no contributivas (también las de integración social), los discapacitados con una discapacidad superior al 65% o quienes necesiten medicamentos por un accidente de trabajo o enfermedad profesional.

¿Cómo se sabe cuánto debe pagar cada usuario?

Gracias a unos códigos -desde el 001 hasta el 006- que indican cuál es su nivel de pago. Estos códigos son el resultado de un cruce de datos entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y Hacienda, de forma que todo usuario de la Seguridad Social tiene asignado ya su propio código, que aparecerá en la receta emitida.

¿Qué pasa con los medicamentos que ya no se financian?

Existen, además, 426 fármacos que el Sistema de la Seguridad Social deja de financiar y en consecuencia el usuario tendrá que pagarlos en su totalidad. En principio no desaparecerán del mercado.

FUNCIONARIOS DE MUGEJU (TITULARES)

Para el caso de los titulares nada ha cambiado.

¿Cuánto pagarán los funcionarios titulares en activo?

Los funcionarios titulares en activo seguirán aportando lo mismo que hasta ahora, el 30 % del medicamento, con independencia de su nivel de ingresos y sin que exista ningún límite de gasto.

¿Cuánto pagarán los funcionarios titulares jubilados, del régimen de MUGEJU?

Se seguirá pagando lo mismo que hasta ahora, el 30 % del medicamento, sin que exista límite máximo y con independencia del nivel de ingresos. Esto lleva siendo así desde siempre. De toda la vida los funcionarios de MUGEJU (también MUFAFE e ISFAS) pagan el 30% de los medicamentos cuando se jubilan.

Por lo tanto, los funcionarios titulares pagan siempre lo mismo, un 30% del medicamento tanto en servicio activo como en situación de jubilación, sin que exista límite máximo de gasto ni nivel de ingresos. 

En MUGEJU se trata mejor a los funcionarios que en el Régimen General mientras se esté en servicio activo, pero peor cuando el funcionario se jubila, puesto que hay que seguir pagando el 30% del medicamento. Hay que tener en cuenta que salvo excepciones, el grueso del gasto médico se realiza en los últimos años de vida, es decir en la jubilación.

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