Aclaraciones a la devolución de las cantidades retenidas en diciembre de 2012.

Las cantidades que nos tienen que devolver en la próxima nómina en concepto de Derechos Pasivos y Mutualidad son las siguientes:

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-Las cantidades en concepto de derechos pasivos, sólo se devolverán a los funcionarios de carrera que ingresaron antes del 1-1-2011.  Los funcionarios que ingresaron posteriormente a  esa fecha tienen unos descuentos mensuales por Mugeju y por cotizaciones a la SS por contingencias comunes, al estar integrados en el Régimen General a los efectos de pensiones. En las pagas extras no se produce descuento alguno por cotización a la SS, ya que dicho descuento se realiza en las doce mensualidades.

-La forma de hacer esta devolución no será el pago en nomina de esos conceptos, lo que harán será no descontar esos conceptos en la nómina del mes de abril, compensando el descuento del mes de diciembre con el no descuento del mes de abril. El efecto práctico es el mismo, será cobrar unas cantidades adicionales.

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