ACLARACION ADJUDICACION PLAZAS TRAMITACIÓN LIBRE ANDALUCIA OEP 2010

Según nos informa los Servicios de Gestión de RR.HH.de la Admón de Justicia,  a efectos de la solicitud de plazas ofertadas al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, turno libre, publicada en el BOE con fecha 9 de julio de 2010, a continuación se explica los criterios adoptados por el Servicio de Gestión de RR.HH. de la Admón. de Justicia, para la adjudicación de las mismas, al objeto de aclarar las posibles dudas que se planteen con respecto a la misma:

1º.- La adjudicación se realizará por riguroso orden de prelación según la puntuación conseguida en el proceso selectivo.

2º.- Los opositores podrán solicitar las plazas ofertadas tanto en el Anexo I como en el Anexo II. En el orden de solicitud de plazas se podrán intercalar tanto órganos judiciales del Anexo I como órganos Judiciales del Anexo II. Si en el órgano judicial existen varias plazas, el órgano judicial se reflejará una sóla vez en la solicitud.

3º.- Si al adjudicatario, por su orden de prelación,  le correspondiera una plaza del Anexo I , ésta le será adjudicada con carácter definitivo.

4º.- Si al adjudicatario, por su orden de prelación, le correspondiera una plaza del Anexo II, ésta le será adjudicada con carácter provisional. Dicha adjudicación estará condicionada a la resolución definitiva del Concurso de Traslados convocado por Resolución de 28 de abril de 2011 (BOE nº 120 de 20 de mayo). En caso de que en la Resolución definitiva del Concurso, no se ocupe la plaza provisional adjudicada al opositor del Cuerpo de Tramitación, ésta le será adjudicada con carácter definitivo en Resolución posterior de la DG de Oficina Judicial y Cooperación.
En caso de que la plaza adjudicada provisionalmente se ocupe en el Concurso de Traslados por el titular definitivo, se adjudicará nueva plaza con carácter provisional al funcionario del Cuerpo de Tramitación desplazado, el cual estará obligado a participar en el próximo Concurso de traslados que se convoque para adquirir su plaza con carácter definitivo. Los opositores que estén obligados a participar en el Concurso de Traslados próximo que se convoque, podrán solicitar plaza en cualquier ámbito de todo el territorio nacional.

5º. – En caso de que al opositor, por su órden de prelación, le correspondiera una plaza en un órgano judicial incluido tanto en el Anexo I como en el Anexo II, para la adjudicación se atenderá en primer lugar a la(s) plaza(s) incluida/s) en el Anexo I , la cual se le adjudicará con carácter definitivo si ésta no se hubiera adjudicado con anterioridad. En caso de que la plaza(s) incluida(s) en el Anexo I se hubieran adjudicado con anterioridad, se atenderá en segundo lugar a adjudicar la plaza de dicho órgano judicial incluida en el Anexo II, adjudicandose la misma con carácter provisional, siendo de aplicación a dicho opositor lo establecido en el punto 4º.

6º.- En caso de no corresponderle ninguna plaza en órgano judicial de la forma descrita en el punto 5º. Se continuará con el orden de petición de plazas establecido por el opositor en su solicitud, siguiendo el mismo criterio de adjudicación establecido anteriormente.

7º.- En caso de que al opositor no le corresponda ningún destino incluido dentro de los 50 primeros  puestos de trabajo solicitados, se seguirá el orden de preferencia por provincias. Dentro de cada provincia, el orden de adjudicación será atendiendo primero a las plazas no adjudicadas del Anexo I y en segundo lugar, a las plazas no adjudicadas del Anexo II.

Los opositores que hayan remitido ya su solicitud y decidan modificarla, podrá remitir una nueva solicitud dentro del plazo establecido en la Resolución. Si la van a adelantar por fax o por correo electrónico, se ruega que en el mismo indiquen que la solicitud que remiten sustituye a la anteriormente remitida. Debido a que se han recibido multitud de solicitudes sin firmar por el interesado, se recuerda que no olviden firmar la misma.

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